viernes, 16 de noviembre de 2007

El fraude fiscal inmobiliario supera los 300 millones de euros en la Región de Murcia

MÁLAGA.- El fraude fiscal en el sector inmobiliario asciende en la Región de Murcia a 303 millones de euros anuales, según datos de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Con esta cifra, Murcia se sitúa en la novena posición en la clasificación de las 17 comunidades autónomas por su bolsa de dinero negro en el sector constructor e inmobiliario.

Según los datos de Gestha, en la Región hay registradas 10.693 empresas inmobiliarias, que declararon a la Agencia Tributaria un total de 227,9 millones de euros, más de 70 millones menos que el fraude fiscal calculado.

Cataluña, Madrid y Andalucía son las comunidades que encabezan el fraude fiscal en el sector inmobiliario. En el conjunto de España, la evasión fiscal en este sector alcanza los casi 8.600 millones anuales.

Gestha indica en un comunicado que la Ley de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, aprobada hace un año, no ha servido para atajar las dos grandes bolsas de fraude existentes en España: las operaciones de compraventa hechas por empresas constructoras e inmobiliarias y las actividades de las profesiones liberales.

Los datos facilitados ayer son el balance del primer año de aplicación de la Ley de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal, en el que se han investigado 6.516 empresas del sector inmobiliario, un 2,1% del total. Éstas y otras conclusiones han sido presentadas por los técnicos de Hacienda en su VII Congreso Nacional, que hoy se clausura en Málaga.

Según Gestha, la nueva legislación para la lucha contra el fraude no ha contribuido realmente a frenar las operaciones inmobiliarias de carácter especulativo y, por tanto, su repercusión sobre la vivienda se sigue produciendo.

Este impacto se produce, especialmente, a través del mecanismo denominado dar el paso, que consiste en efectuar sucesivas transmisiones no formalizadas en un documento público, u obligando al adquiriente a firmar en la escritura de la vivienda un precio inferior al realmente pagado.

Con el fin de anular estas prácticas, los técnicos proponen considerar transmisiones especulativas de inmuebles todas aquellas que hayan permanecido en el patrimonio del vendedor menos de tres años, siempre que no ocurra una circunstancia objetiva que obligue al cambio de domicilio. Además, apuestan por calificar las plusvalías obtenidas como renta general a declarar dentro de la base imponible general al tipo correspondiente en la escala el IRPF y no al actual 18%, al que tributan las rentas de ahorro.

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