miércoles, 2 de marzo de 2022

El Tribunal Superior de Nueva Zelanda pone fin al mandato de vacunación de Jacinda Ardern: "Es una grave violación de los derechos humanos"


CANBERRA.- La primera ministra de Nueva Zelanda, Jacinda Ardern, se tambaleó después de que un Tribunal Superior dictaminara que su mandato de vacunación representaba una "grave violación de los derechos humanos" de los neozelandeses. 


Este caso histórico significa que la Policía y la NZDF no pueden ser despedidos por negarse a tomar la vacuna experimental. Este caso se utilizará para derribar todos los mandatos ilegales de Ardern en Nueva Zelanda. 


El juez Francis Cooke dictaminó que ordenar a los agentes de Policía de primera línea y al personal de Defensa que se vacunen o se enfrenten a la pérdida de su puesto de trabajo no era una infracción "razonablemente justificada" de la Carta de Derechos.
 

El abogado de los policías y del personal de Defensa que se encuentran en el centro de la demanda pide ahora que los trabajadores suspendidos vuelvan a sus puestos de trabajo inmediatamente, afirmando que muchos han prestado décadas de servicio a su comunidad y siguen comprometidos con su trabajo.

La impugnación, presentada por un grupo de empleados de las fuerzas de defensa y de la policía, cuestionaba la legalidad de dictar una orden en virtud de la Ley de Respuesta de Salud Pública Covid-19 para exigir la vacunación a los empleados de primera línea.

La impugnación fue apoyada por un grupo de 37 empleados afectados por el mandato, que presentaron declaraciones juradas por escrito al tribunal.

El ministro de Relaciones Laborales y Seguridad, Michael Wood, la subcomisaria de policía, Tania Kura, y el jefe de personal de las Fuerzas de Defensa de Nueva Zelanda, el brigadier Matthew Weston, presentaron declaraciones juradas en defensa del mandato.

En la actualidad, 164 de los casi 15.700 miembros de la plantilla de la policía se vieron afectados por el mandato tras elegir no vacunarse. En el caso de la NZDF, el mandato afectó a 115 de sus 15.500 efectivos.

El grupo se basó en dos aspectos de la Carta de Derechos: el derecho a rechazar un procedimiento médico y el derecho a la libertad religiosa.

En cuanto al argumento de la libertad religiosa, varios de los que presentaron alegaciones se refirieron a su objeción fundamental a tomar la vacuna de Pfizer, dado que se había probado con células derivadas de un feto humano.

El juez Cooke estuvo de acuerdo con la alegación, diciendo que "la obligación de recibir la vacuna a la que una persona se opone porque ha sido probada en células derivadas de un feto humano, potencialmente un feto abortado, implica una limitación a la manifestación de una creencia religiosa".

Sin embargo, el juez Cooke no estuvo de acuerdo con las afirmaciones más amplias de los demandantes de que exigir la vacunación es incompatible con la posesión de creencias religiosas de forma más general.

"No acepto que una creencia en la integridad corporal y la autonomía personal de un individuo sea una creencia o práctica religiosa. Más bien me parece, en las circunstancias de este caso, que es una creencia en el concepto secular al que se refiere el artículo 11 de la Ley de la Carta de Derechos de Nueva Zelanda."

El juez Cooke también se mostró de acuerdo con la afirmación de que el mandato vulneraba el derecho a rechazar un procedimiento médico.

El juez dijo que, aunque está claro que el gobierno no está obligando a los empleados de la Policía y de las NZDF a vacunarse contra su voluntad y que siguen teniendo derecho a negarse a la vacunación, el mandato presenta un elemento de presión.

"La presión asociada a la renuncia al empleo implica un límite al derecho a conservar ese empleo, que los principios anteriores sugieren que puede considerarse como un importante derecho o interés reconocido no sólo en el derecho interno, sino en los instrumentos internacionales", declaró el juez Cooke.

Pero al examinar las dos demandas, el juez Cooke también consideró si el mandato entraba o no en las definiciones establecidas en la Ley de Respuesta a la Salud Pública Covid-19.

El tribunal aceptó que la vacunación tiene un importante efecto beneficioso para limitar las enfermedades graves, la hospitalización y la muerte, incluso con la variante Omicron. Sin embargo, era menos eficaz para reducir la infección y la transmisión de Omicron que en el caso de otras variantes de Covid-19.

"En esencia, la orden que ordenaba la vacunación del personal de la policía y de las NZDF se impuso para garantizar la continuidad de los servicios públicos, y para promover la confianza del público en esos servicios, más que para detener la propagación del Covid-19. De hecho, el asesoramiento sanitario proporcionado al gobierno fue que no se necesitaban más mandatos para restringir la propagación del Covid-19. No estoy convencido de que la continuidad de estos servicios se vea materialmente favorecida por la orden", dijo el juez.

"El Covid-19 supone claramente una amenaza para la continuidad de los servicios policiales y de la NZDF. Esto se debe a que la variante Omicron en particular es muy transmisible. Pero esa amenaza existe tanto para el personal vacunado como para el no vacunado. No estoy convencido de que la orden suponga una diferencia material, incluso debido a las pruebas de los expertos ante el tribunal sobre los efectos de la vacunación en Covid-19, incluyendo las variantes Delta y Omicron".

El juez Cooke desestimó otra alegación según la cual el mandato afectaría de forma desproporcionada a los maoríes.

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