viernes, 24 de agosto de 2018

Las agencias de colocación se ceden a las Comunidades Autónomas

MADRID.- El Tribunal Constitucional acaba de determinar que las competencias en políticas activas de empleo referidas a las agencias de colocación privada deben ejercerse por las comunides autónomas. El fallo del Alto Tribunal, de finales de julio, declara inconstitucional parte del artículo 33.2 del texto refundido de la Ley de Empleo, según informa la Asociación Nacional de Agencias de Colocación, Anac, que agrupa a algo menos de 400 agencias de tamaño pequeño y medio, según publica hoy elEconomista.

Esta sentencia establece que son las comunidades autónomas con competencias en materia de políticas activas de empleo las responsables de recibir la declaración para operar como agencia de colocación, quedando suprimida la competencia del Sepe (Servicio Público de Empleo Estatal) para recibir la declaración responsable cuando la agencia de colocación pretenda actuar en más de una comunidad o exclusivamente por medios telemáticos.
De este modo, una agencia de colocación que opere de manera telemática o con sedes en varias autonomías deberá elegir qué servicio público de empleo autonómico va a tener como referencia para la gestión de su actividad.
Para la Asociación, esta sentencia da un paso más hacia la descentralización de la intermediación laboral, reduciendo la actuación del Sepe. La solución adoptada por la sentencia duplica los procesos administrativos para aquellas agencias de colocación que tengan más de un centro de trabajo en distintas regiones teniendo que repetir el proceso de autorización en tantos servicios de empleos autonómicos como centros de trabajo en distintas comunidades tenga la empresa, lo que supone "un aumento en los tiempos de espera de respuesta por parte de las distintas Administraciones Autonómicas, un retroceso del RD Ley 8/2014 y un efecto disuasorio para que grandes agencias gestionen su autorización formal", detalla Anac en un comunicado.
La sentencia deja en una situación peculiar a las agencias de colocación que operan exclusivamente por medios telemáticos ya que según el RD 1796/2010 esta modalidad de agencia opera en todo el territorio nacional tanto en la casación de ofertas y demandas de empleo como en la atención de usuarios.
Su gestión dependía hasta ahora del Sepe, pero con la entrada en vigor de la sentencia del TC, las agencias telemáticas han de elegir con qué servicio público de Empleo autonómico quieren operar. De las casi 2.000 agencias de colocación en 2017, el 23% operaban de forma telemática.

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