MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de
la Región ha desestimado el recurso presentado por la empresa P.E.,
S.A., contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura
(CHS) de agosto de 2014 que denegó su solicitud de concesión de un
volumen anual de 2,5 millones de metros cúbicos de aguas desalinizadas
porque se iban a destinar a ampliar regadíos.
La sentencia indica que
la recurrente pidió el dictado de una sentencia en la que se declarara
la procedencia de la concesión de aguas que había hecho, que procederían
de la desaladora de Torrevieja.
Los caudales, según se
indicaba en la solicitud, irían destinados al riego de determinadas
parcelas ubicadas en los municipio de Murcia y Mula.
El órgano
judicial, al desestimar el recurso, dice que el Plan Hidrológico de la
Demarcación del Segura, aprobado en julio de 2014, es bien claro cuando
dice que «en ningún caso podrán destinarse los recursos desalinizados a generar regadíos nuevos o a ampliar los actuales».
La
Sala, que tiene como ponente a la magistrada Leonor Alonso, alega que
el órgano de cuenca no aceptó la solicitud porque la Oficina de
Planificación Hidrológica, en su informe de mayo de 2014, indicaba que
el agua iba destinada a la puesta en riego de superficies que eran de
secano, sin que se hubiera acreditado en el procedimiento que la misma
estuviera asumida por el Plan Nacional de Regadíos.
Y añadía que la
desaladora de Torrevieja fue construida, como se recogía en la
declaración de impacto ambiental, para paliar los efectos de la escasez
de recursos hídricos de la cuenca del Segura y con el objeto de generar
los recursos necesarios para completar las demandas de las zonas que
reciben aguas del trasvase Tajo-Segura, «circunstancias que no concurren
en este supuesto».
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