jueves, 9 de julio de 2009

La Audiencia Nacional declara nula la doble escala salarial en Repsol, que recurrirá ante el Supremo

CARTAGENA.- La Audiencia Nacional ha anulado en una sentencia notificada ayer la doble escala salarial de los convenios 2006-2008 de Repsol Química, Petróleo y Butano, con lo que unifica en este aspecto los criterios para todo el grupo, según un comunicado remitida por USO.

Fuentes de la petrolera indican que el grupo interpondrá en contra de la sentencia un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

USO asegura que la sentencia estima todas las demandas que el propio sindicato presentó en solitario desde 1995 y sucede a la del Tribunal Supremo, en la que también se anuló la doble escala salarial de los convenios anteriores de Repsol Petróleo y Butano.

Este sindicato señala que la propia Repsol calcula que el coste del cumplimiento de la sentencia asciende a 30 millones de euros. Además, cifra en más de 6.000 los trabajadores afectados por la doble escala salarial en Repsol Química, Petróleo y Butano.

La empresa y los sindicatos firmantes de los convenios, afirma USO, llevan años vulnerando el derecho de igualdad de los trabajadores contratados después del 31 de diciembre de 1994 al negarles su derecho a recibir el mismo complemento de antigüedad que el resto y al establecer con ello una doble escala salarial que afecta especialmente a los jóvenes.

El secretario de acción sindical de USO, José Vía, mostró su satisfacción con el fallo de la Audiencia porque "reconoce los derechos de los trabajadores y homogeneiza el criterio en las distintas empresas del mismo grupo, que estaban aplicando la misma desigualdad como medida de abaratamiento de costes de personal".

"Esperamos enterrar así la discriminación firmada por CCOO, UGT, CC y CTI, que tras dos sentencias del Tribunal Supremo han seguido firmando idénticas cláusulas de doble escala salarial para los años siguientes", añadió.

En su fallo, la Audiencia dice estimar la demanda de conflicto colectivo interpuesta por USO y ordena a la sociedad mercantil "que se abone el complemento de antigüedad de acuerdo a la propia normativa pactada a los trabajadores contratados con posterioridad a 31-12-1994, condenándose, asimismo, a CCOO a UGT y ACTI a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos".

Para USO, la posición de las otras centrales muestra la "hipocresía sindical" de estas organizaciones, que "dejan tirados a los trabajadores cada vez que se firma un documento". "Acaban de hacerlo otra vez para el convenio de 2009-2010, firmado en los primeros días de julio", añade.

Además, según dice, la sentencia deja "en clara evidencia" que los demás sindicatos "defienden más los intereses de la empresa y los suyos propios que los intereses de los trabajadores que representan".

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