Para ello, el Ejecutivo ha dado el visto bueno a un Decreto por el que se atribuyen estas competencias a las consejerías de Presidencia y Administraciones Públicas y de Agricultura y Agua, a través de la Dirección General de Emergencias, y de la del Agua, respectivamente.
La Dirección General de Emergencias se encargará de la aprobación de los planes de emergencia de las presas, embalses y balsas, mientras que la Dirección General del Agua será la responsable de clasificar este tipo de instalaciones, así como de informar sobre los proyectos y las circunstancias que provoquen un cambio en estas infraestructuras o sobre las modificaciones en su concesión.
La Dirección General del Agua también deberá inspeccionar la construcción de nuevas presas, embalses y balsas, y revisar y comprobar la adaptación de las existentes, aprobar sus normas de explotación, evaluar el contenido de las revisiones e informes de seguridad.
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