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miércoles, 22 de enero de 2020

S&P cree que modificar la normativa laboral "podría ser algo positivo"

MADRID.- La agencia de medición de riesgos Standard & Poor's (S&P) ha asegurado este miércoles que la modificación de la normativa laboral "podría ser algo positivo para la confianza en el mercado de trabajo" español si contribuye a reducir la precariedad y el paro juvenil y de larga duración.

En un encuentro con medios para presentar sus perspectivas para 2020, el director de Ratings Soberanos de S&P, Marko Mrsnik, ha señalado que si la reversión de la reforma laboral supone volver a la situación previa a esta norma "sería algo negativo", pero que si permite reducir la precariedad podría ser algo positivo.
La agencia prevé que la economía española crezca este año un 1,7 % y un 1,6 % en 2021, por debajo de las estimaciones del Gobierno, que sitúa el repunte en un 1,8 % en cada uno de los ejercicios.
Mrsnik ha explicado que el crecimiento de la economía española se basará "prácticamente" en la demanda interna, tanto consumo como inversión, apoyado por la mejora del mercado de trabajo, especialmente si mejora la retribución del sector privado como en el público.
En ese sentido, ha apuntado que espera que la tasa de paro acabe este año en el 13,2 % y en el 12,7 % el próximo.
La agencia calcula que el déficit público cerrará este año en torno al 2 % del PIB, por encima del 1,7 % comunicado por el Gobierno a Bruselas, tras un retraso en el proceso de consolidación fiscal.
Asimismo, también augura "una lenta" reducción de la deuda pública, que podría ser más rápida si el Gobierno afrontara la reducción del déficit de la Seguridad Social, aunque descarta "tensiones en el mercado de deuda" y espera que el perfil de deuda siga mejorando y la vida media de la deuda, creciendo.
S&P no prevé cambios en la calificación crediticia de España a corto plazo.
Mrsnik también ha señalado que espera un crecimiento de la economía de la zona euro del 1 % este año, debido a la debilidad de Alemania e Italia, y ha descartado una recesión, en parte gracias a la política del Banco Central Europeo, que no espera que cambie los tipos hasta 2022.

miércoles, 15 de enero de 2020

Empleo en 'Renfe' con 2.500 puestos de trabajo en los dos próximos años

MADRID.- Renfe acaba de anunciar que con motivo de refuerzo en sus plantillas de trabajo en los dos próximos años cubrirá 2.500 puestos de trabajo.

Durante este nuevo año 2020 se avecinan grandes cambios en el mercado ferroviario, y es por ello que Renfe los afrontará reforzando sus plantillas de trabajo con nuevos trabajadores, un total de 2.500 puestos de trabajo que cubrirá a lo largo de estos dos próximos años.Oferta de empleo Renfe.
Para ello en esta ocasión Renfe ha decidido contratar los servicios externos de dos grandes empresas especializadas en la selección de personal. 
 Según ha recogido el diario La Información y también como así figura en la documentación de adjudicación de los contratos que se encuentran disponibles en la plataforma de contratación del sector público, dicha contratación de personal se llevará a cabo por estas dos grandes empresas.
Psicólogos Empresariales Asociados SA, que opera a través de People Experts se encargará de la selección de los puestos de trabajo relacionados con:
  • Operadores comerciales de Renfe, (400 puestos de trabajo)
  • Operadores de mantenimiento y fabricación de Renfe (400 puestos de trabajo)
Desarrollo, Organización, Personas y Productividad SL se encargarán de la selección de 850 puestos de trabajo para los puestos ligados a:
  • Conducción
  • Cuadro técnico
  • Estructura de Dirección
Así bien, estarán repartidos en estos cinco grupos la oferta de empleo público de Renfe con estos 2.500 puestos de trabajo a cubrir en los dos próximos años, además Renfe deberá de afrontar un importante número de jubilaciones durante los próximos años, aproximadamente se estima que serán unos 900 empleados los que se jubilarán durante los próximos ocho años.

martes, 7 de enero de 2020

El temor al final de la reforma laboral dispara los despidos

MADRID.- La incertidumbre política y económica ha generado una percepción negativa en las empresas de cara a 2020 y las está llevando a anticipar despidos, que cerrarán 2019 previsiblemente en máximos de los últimos cinco años. 

En los diez primeros meses de 2019, 604 empresas han ejecutado despidos colectivos que han afectado a 24.437 trabajadores, un 50% más que un año antes, por lo que es previsible que al cerrar el pasado año el número de perjudicados se sitúe cerca de los 35.875 que se produjeron en 2014. 
La mayor parte de esas extinciones de contratos están fundamentadas en pérdidas actuales (11.308 trabajadores), seguidas por las causas organizativas (6.275) y de producción (2.066), según los datos que arroja la estadística del Ministerio de Trabajo. 
También los despachos de abogados laboralistas han percibido un incremento de este tipo de actuaciones, algo que atribuyen a decisiones de las empresas anticipándose a unas eventuales dificultades en el futuro. 
La presidenta de la asociación de abogados laboralistas Asnala, Ana Gómez, ha advertidoque están contabilizando un incremento de los expedientes de regulación de empleo como forma de prevención ante “los rumores” de que el nuevo Gobierno pueda “endurecer las causas de despido objetivo”.
En línea con este incremento de los despidos, los datos de paro registrado también muestran un peor comportamiento del desempleo, que alcanzó los 3,19 millones de parados en noviembre con una caída interanual del 1,7%, frente al ritmo del 5,5% con el que se reducía a comienzos de año. 
También la encuesta de población activa (EPA) del tercer trimestre refleja esta moderación en la reducción del paro interanual, que ha pasado de caer al 11,6 % a comienzos de año a hacerlo al 3,36 %, un ritmo que no se registraba desde 2014.
Para la patronal de las agencias de colocación Asempleo, estos datos “indican una evolución diferencialmente más negativa en el desempleo” que en la ocupación, cuyo incremento se está moderando también pero a un ritmo más lento. Además añade que las causas de este mayor deterioro “podrían estar relacionadas con el aumento de la población activa o con cambios en las decisiones de las empresas ante un entorno incierto”. 
Fuentes de Asempleo aseguran que las empresas dan por descontado que el eventual Gobierno nacido del pacto PSOE-Unidas Podemos llevará adelante cambios laborales, entre los que se encuentra el endurecimiento de las condiciones para ejecutar despidos colectivos. “Todas las empresas dicen que una de las estrategias que van a adoptar es reducir las plantillas”, algo que podrían estar comenzando a ejecutar ante las dificultades que podrían encontrarse en 2020, año en el que además las previsiones económicas también se moderan, explican desde Asempleo. 
Por otro lado, también perciben un aumento en la población activa, que se ha incrementado en 234.700 personas en el último año, debido a que, ante un periodo de incertidumbre laboral en el ámbito familiar, otros miembros comienzan a buscar empleo o a trabajar.
Desde el ámbito sindical, el mayor número de despidos colectivos de los últimos meses responde a “lo laxa que es la regulación laboral”, según explicaba recientemente el secretario general de CC OO, Unai Sordo, en rueda de prensa. 
“Las empresas multinacionales están eligiendo España para deslocalizar parte de su producción y destruir empleo, por lo sumamente fácil que es llevar a cabo un ERE de extinción”, aseguraba Sordo.
Desde el Gobierno en funciones, el secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, descartaba a principios de mes que los datos de empleo y desempleo muestren un incremento de los ERE. 
“Para empezar, no son ERE, son expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), que no indican pérdidas de puestos de trabajo”, explica Granado, quien añade que entre los primeros apenas se han registrado, salvo los generados por la quiebra de la empresa turística Thomas Cook, que han afectado a 1.100 personas. 
Y es que las suspensiones de contratos aumentan a un ritmo del 71,4%, hasta afectar a 44.697 trabajadores en los diez primeros meses del año, debido a los ERE ejecutados en la industria, principalmente en la de fabricación de automóviles. 
En un ERTE el trabajador no pierde su puesto de trabajo, pero sí es dado de baja en la Seguridad Social y puede solicitar el cobro de su correspondiente prestación por desempleo durante el tiempo que esté sin trabajar.

domingo, 29 de diciembre de 2019

Empleo recomienda regular el control horario a trabajadores a través de los convenios colectivos


MURCIA.- La directora general de Diálogo Social y Bienestar Laboral, Manuela Marín, recomendó hoy que el control horario a trabajadores, obligatorio desde la entrada en vigor del DecretoLey 8/2019 de 8 de marzo, se regule a través de los convenios colectivos. La intención es que estas normas recojan de la manera más exacta posible las particularidades en cuanto al tiempo de presencia de los empleados o los horarios de entrada y salida, y de esta manera se facilite la labor posterior de los inspectores de Trabajo.

La concreción a la hora de especificar los detalles sobre esos horarios y su posible flexibilidad en determinadas fases de la jornada laboral servirá no solo para clarificar los criterios técnicos a tener en cuenta por los profesionales de la Inspección de Trabajo sino también para evitar sanciones de los mismos.
Manuela Marín participó recientemente en una reunión con el resto de responsables autonómicos en esta materia, que fue convocada en Madrid por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, y que contó con la presencia del director general de Trabajo de la Administración central, Ángel Allué.
Algunos de los detalles sobre el control horario que pueden recogerse en el convenio colectivo son el personal para el que no es de aplicación el registro de jornada (por ejemplo, los alumnos en prácticas); la posibilidad de elección del sistema de registro, previa consulta al representante legal de los trabajadores; la catalogación de la formación de la empresa como tiempo de trabajo, o la obligación de que, en caso de subcontratación, sea la empresa contratista la que se encargue del control horario.
En este sentido, la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades va a difundir entre el tejido económico de la Región la idoneidad de incluir dichos aspectos en convenios colectivos, o, en su defecto, en los convenios entre las empresas y los trabajadores.
Manuela Marín resaltó que "las administraciones no obligan a activar un sistema específico de control, sino que, tras consultar a los representantes legales de los trabajadores, debe ser implantado por la empresa y documentado por medios electrónicos o manuales. Tanto la Administración central como las autonómicas coincidimos en que lo ideal es que todas las particularidades más allá del horario de entrada y salida aparezcan recogidas en los convenios colectivos".
El encuentro entre el Gobierno central y las distintas autonomías abordó también la inclusión de cláusulas que recojan que la jubilación forzosa debe de llevar aparejada una mejora de la estabilidad y calidad del empleo. Esto puede traducirse en la estipulación de la contratación indefinida de nuevos trabajadores, para asegurar un relevo generacional.

viernes, 20 de diciembre de 2019

La Inspección de Trabajo consigue solo con una carta que empresas regularicen 81.700 contratos en fraude

MADRID.- La autoridad laboral también destapa abusos y fraude sin que sus inspectores pongan un pie en los centros de trabajo. Una sola carta "informativa" de la Inspección de Trabajo, en la que advierte a las empresas de que han detectado un presunto fraude en la contratación de sus trabajadores, logra que los empleadores regularicen miles de puestos de trabajo de manera "voluntaria". Este año, entre agosto y octubre, se han beneficiado de esta actuación 81.714 trabajadores, según el Ministerio de Trabajo y recoge www.eldiario.es

De estas 81.714 personas, 59.359 trabajadores han pasado de tener contratos temporales a indefinidos en sus empresas y 22.355 empleados que tenían contratos a tiempo parcial han logrado ampliar sus jornadas laborales. En el caso de 12.305 trabajadores los incrementos de la jornada son iguales o superiores al 50% respecto a lo que figuraba en sus contratos hasta el momento, por lo que se presume que sus empleadores mantenían la mitad de su jornada o incluso más en la economía sumergida.
Son los resultados de la primera fase de los Planes de Choque aprobados por el Gobierno contra la temporalidad y la parcialidad abusivas, que se aplicaron por primera vez el año pasado y que el Ejecutivo volvió a lanzar este 2019. En total, este año se mandaron 85.000 misivas a empresas presuntamente incumplidoras, que afectaban a un total de 238.015 empleados, lo que supuso un aumento de las compañías y trabajadores alcanzados. 
¿En qué consisten estos planes y cómo detecta la Inspección de Trabajo los presuntos incumplimientos? Las campañas cuentan con dos fases. En la primera, la autoridad laboral da un plazo para las regularizaciones "voluntarias", como las denomina el Ministerio. La Inspección de Trabajo envía las cartas con los presuntos incumplimientos a las empresas, tras detectar indicios de fraude a través de la Herramienta de Lucha contra el fraude. Se informa en las misivas de los datos obtenidos e insta a las compañías a regularizar los contratos de forma "voluntaria" o justificar que se está cumpliendo con la ley (si es el caso) en el plazo de un mes.
La segunda fase de los planes pasa por comprobar qué han hecho las empresas con estos avisos. Cuando los empleadores no modifican los contratos, o solo lo hacen parcialmente, son "objeto de una actuación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para la comprobación de tales extremos", recoge la instrucción de la autoridad laboral que dirige la actuación de los inspectores.

Se repite la efectividad de 2018

El Gobierno de Pedro Sánchez volvió a lanzar estos dos Planes de choque este año después de considerar que habían tenido muy buenos resultados en su primera puesta en marcha, el año pasado. En las campañas de 2018, se transformaron 61.445 contratos temporales fraudulentos en indefinidos –el 76% de los afectados por el plan– y 8.824 personas con contratos abusivos a tiempo parcial vieron ampliar su jornada de trabajo –el 17,5% de los casos analizados–.
Si se atiende solo a la primera fase del año pasado y de este 2019, se observa que por el momento se repite la efectividad de los planes, e incluso se mejora un poco en el caso de la temporalidad abusiva.
En la etapa de regularizaciones "voluntarias" de 2018, las empresas convirtieron en indefinidos a 51.941 trabajadores temporales (el 64,50% del total de trabajadores alcanzados por esta campaña). En el plan contra la parcialidad fraudulenta, las cartas motivaron la ampliación directa de la jornada de 7.591 personas (el 15% del total de trabajadores analizados).
Este año, el porcentaje de efectividad en esta primera fase mejora un poco en la campaña contra la falsa temporalidad (66,5%) y se mantiene igual en el plan sobre contratos parciales (15%).
El Ministerio de Trabajo explicó el año pasado la menor efectividad de la campaña contra la parcialidad abusiva por la mayor dificultad para detectarla, para lo que esperaba que el nuevo registro de jornada obligatorio facilitara la tarea de la Inspección de Trabajo. El control horario está en vigor desde el pasado 12 de mayo, pero muchas empresas aún no lo han implantado pese a ser obligatorio. El sector de la banca, por ejemplo, firmó esta semana el acuerdo con los sindicatos sobre el registro y se ha dado tres meses para implantarlo.
Fuentes del Ministerio de Trabajo precisan que la modificación de contratos parciales "efectivamente sigue siendo baja si la comparamos con la conversión en indefinidos, pero dentro de esto, la Inspección está razonablemente satisfecha" con los resultados. Estas fuentes oficiales reconocen que "el registro de jornada tiene una implantación lenta", pero añaden que "poco a poco va dando resultados".
En el Ministerio recuerdan en cualquier caso que "ahora hay que esperar a la fase de inspección" y que los resultados finales dependerán de "si efectivamente los indicios de incumplimiento detectados eran tales o si por el contrario son jornadas parciales justificadas".

lunes, 16 de diciembre de 2019

Desigualdad de género en el trabajo, según el Foro Económico Mundial


GINEBRA.- La desigualdad de género en el ámbito laboral se ha incrementado este año y, a este ritmo, habrá que esperar 257 años para lograr la paridad, alertó el Foro Económico Mundial (WEF).

En su informe anual sobre la paridad en el mundo, el organismo con sede en Ginebra, registró mejoras en todos los ámbitos menos en el laboral.
El estudio, elaborado sobre 153 países, contempla la paridad entre hombres y mujeres en las áreas de salud, educación, trabajo y política, si bien señala que harán falta 99,5 años para conseguir una paridad media global, frente a los 108 del año pasado.
Los países nórdicos siguen dando ejemplo en materia de igualdad. Islandia sigue siendo el país más igualitario del mundo, seguido por Noruega, Finlandia y Suecia. Entre las otras economías del top 10 figuran Nicaragua, Nueva Zelanda, Irlanda, España, Ruanda y Alemania.
Según el informe, la mejora de este año puede atribuirse en gran medida al incremento significativo del número de mujeres en política.
Las esferas de la escolaridad y de la salud están muy cerca de la paridad (96,1% y 95,7% respectivamente), pero "el otro campo de batalla", además de la política, es la igualdad económica, señala el WEF.
Se trata del único indicador que se ha deteriorado este año. Aunque la diferencia en el mundo del trabajo es menor que hace quince años, la brecha se ha incrementado en 2019 hasta 257 años, frente a los 202 del año pasado, con una diferencia salarial global del 40%.
El informe atribuye esta disparidad económica a "la baja proporción de mujeres que ocupan puestos directivos, a la congelación de sus salarios, y a su baja participación en la población activa y los ingresos".
"Uno de los grandes desafíos para colmar esta brecha es la subrepresentación de las mujeres en las actividades emergentes, como la informática de la nube, la ingeniería de datos y la inteligencia artificial", analiza el WEF.
La situación global de la paridad difiere, no obstante, según los países y regiones.
Por regiones, Europa del oeste es la más avanzada en términos de paridad por 14º año consecutivo, habiendo compensado ya el 77% de las diferencias entre sexos, aunque al ritmo actual harán falta 54 años para lograr la igualdad.
La región de América Latina y Caribe necesitará 59 años para lograr la paridad, África subsahariana 95 años y en América del Norte, donde las diferencias entre géneros han mejorado en Canadá pero han empeorado en Estados Unidos, harán falta 151 años.
Estados Unidos sigue su declive, perdiendo dos posiciones hasta la 53º y, según el informe, "las mujeres estadounidenses siguen batiéndose para acceder a los niveles más altos de los puestos ejecutivos" y están "subrepresentadas en puestos políticos de liderazgo".
Siria, Pakistán, Irak y Yemen muestran las brechas de género más pronunciadas de los países analizados, y entre las 20 principales economías mundiales, Alemania ocupa el mejor puesto de la clasificación de igualdad de género, en décima posición, seguida de Francia en la 15ª, Canadá en la 19ª y Gran Bretaña en la 21ª.

martes, 3 de diciembre de 2019

El Gobierno 'tiñe' de naranja la hoja de vida laboral

MADRID.- La Tesorería General de la Seguridad Social está enviando los informes de vida laboral y bases de cotización a 22,5 millones de cotizantes. Su recepción por correo físico ha suscitado expectativas -desvanecidas una vez abierto el sobre- entre quienes llevan 58 meses aguardando por la carta de las pensiones, conocida internacionalmente como la carta naranja, ya que las comunicaciones de cotización han ido en un sobre del citado color. Algo que desde el Gobierno no se atribuye a intencionalidad alguna, pero que los expertos en pensiones consultados por elEconomista interpretan como demasiado casual. "¡Por fin!", exclamaron los citados expertos, al recibir el sobre del citado color, para luego comprobar que se trataba de la información periódica de vida laboral sin incluir ningún cálculo de la futura pensión.

En cualquier caso, si bien se han producido avances y novedades en la provisión de mayor información sobre las cotizaciones que en campañas anteriores, prosigue la espera sine die por la carta naranja llamada a indicar la proyección de pensión a cada trabajador. 
En 2011 se rubricó por ley la obligación de enviarla, y se asumió como un compromiso en la legislatura 2012-2015, pero la disposición a cumplir ese mandato legal ha quedado en suspenso, según fuentes oficiales, en tanto no se regule definitivamente tanto la revalorización de las pagas como la activación del factor de sostenibilidad, elementos ambos de la reforma de las pensiones de 2013 que fueron tumbados por el acuerdo presupuestario del PNV y el PP en abril de 2018.
La demora en el envío de la carta naranja no es un asunto baladí. Tiene notable importancia ya que mina las posibilidades de acierto de los ciudadanos a la hora de ahorrar a largo plazo para complementar la pensión pública, ya que, al ignorarse cuál será su importe, impide hacer una planificación financiero-fiscal correcta, amén de lastrar al sector asegurador y bancario y los operadores de previsión social complemetaria y al conjunto de la economía. España tiene una tasa de ahorro muy baja, lo que supone una gran desventaja y fragilidad de nuestro tejido económico para afrontar futuras crisis.
Así pues, la campaña informativa se está desarrollando desde el 11 de noviembre y sus destinatarios son los trabajadores que han estado de alta en la Seguridad Social en cualquier momento de 2017 y 2018. Incluye información de dos ejercicios porque el citado mailing no se llevó a cabo el año pasado. 
Además de la mayor profusión de datos, cabe destacar de esta campaña que los trabajadores han de comprobar la correspondencia de los datos con la realidad, extremo sobre el que hace una advertencia expresa la Seguridad Social, ya que sobre la realidad de los periodos y bases cotizados girarán los importes de futuras pagas tales como pensiones de jubilación o prestaciones como maternidad o paternidad cuya regulación exige unos periodos mínimos de cotización. Además, la cuantía de las pensiones se deriva de las bases y número de años cotizados.
Al igual que en campañas anteriores, los informes se remiten en papel al domicilio del trabajador si no consta en la base de datos de la Seguridad Social su teléfono móvil, situación en la que están en torno al 30% de los trabajadores que recibirán un mensaje vía SMS. 
En torno al citado mensaje telemático ha surgido un bulo viral indicando falsamente que se trataba de un ataque informático de suplantación de identidad, algo que hay que desoír porque se trata, efectivamente, de la hoja de vida laboral. 
El SMS indicará a los receptores que tienen el documento disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social, en el servicio 'Comunicación de Vida Laboral y Bases de Cotización a los trabajadores', del apartado Ciudadanos/Informes.

Numerosas novedades

Por un lado, junto al habitual informe con datos de la situación actual del trabajador, vida laboral y bases de cotización, se incorpora un segundo Informe bajo el título Información de interés de su cotización en el año 2018, que recibirán los trabajadores por cuenta ajena que hayan estado dados de alta en 2018.
Por su parte, el informe de vida laboral y bases de cotización, que recibirán todos los trabajadores con independencia del régimen en el que estén dados de alta, va a incluir el convenio o convenios colectivos aplicables al trabajador declarado por la empresa, e información de la situación adicional al alta que tuviera el trabajador a la fecha de extracción de la información, como por ejemplo, en el caso de vacaciones no retribuidas. 
Además, el apartado de Bases de Cotización incluirá las bases de 2017, 2018 y desde enero de 2019 hasta el último periodo de liquidación disponible. A los trabajadores con 60 o más años se les ha ampliado la información de las bases de cotización a los últimos 21 años, ya que la cuantía de su futura pensión de jubilación está vinculada con ellas.
El informe que lleva por título Información de interés de su cotización en el año 2018 y que acompañará al Informe de vida laboral y bases de cotización lo van a recibir todos los trabajadores que hayan estado dados de alta en 2018 por empresas que hayan efectuado las liquidaciones de cuotas mediante el Sistema de Liquidación Directa. 
Este informe complementario ofrece información sobre varios aspectos tales como: las bases de cotización por contingencias comunes; en cuanto a las cuotas, el importe calculado acumulado de 2018, distinguiendo la aportación de la empresa y la del trabajador; las relaciones laborales mantenidas en 2018 como empleador de hogar; las situaciones de incapacidad temporal y de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia en 2018; las altas anuladas en 2018 por Autorizados RED, si las hubiera; y la situación sobre el ingreso de cuotas de la Seguridad Social como responsable del ingreso en los casos en que el trabajador es el responsable del ingreso.

martes, 12 de noviembre de 2019

Una de cada cinco empresas incumple el registro de jornada o supera las horas de trabajo

MURCIA.- La Inspección de Trabajo ha sancionado con 1,26 millones de euros a empresas que no cumplían con la normativa en materia de tiempo de trabajo, seis meses después de que entrara en vigor el real decreto que las obliga a llevar un registro de jornada de los trabajadores.

La Inspección ha ejecutado desde abril a octubre 5.363 expedientes relacionados con el registro de jornada y el tiempo de trabajo (3,9% más que en el semestre anterior), de los que 980 han concluido con una infracción (9,8% más).

De esta forma, la Inspección ha detectado infracciones en materia del tiempo de trabajo en el 18,3% de las empresas inspeccionadas.

Además, ha llevado a cabo 1.671 requerimientos de información a empresas, el 10,9% más.

Del importe total de las sanciones reclamadas, 113.181 euros han resultado de expedientes exclusivamente relacionados con el registro de jornada, para lo que ha finalizado 505 expedientes, de los que 107 han concluido con una infracción, en tanto que se han realizado 189 requerimientos de información.

Los otros 1,15 millones de euros restantes estaban relacionados con la campaña en materia de tiempo de trabajo, en la que se revisa la existencia de un registro de jornada para utilizarlo como medio de prueba en la realización de la actuación inspectora.

Para ello, se han finalizado 4.858 expedientes, que han concluido con 873 infracciones, y efectuado 1.482 requerimientos.

La Inspección de Trabajo prevé poner en marcha en 2020 una nueva campaña de inspección específica sobre el registro horario, en coordinación con las comunidades autónomas.

lunes, 11 de noviembre de 2019

CC OO denuncia los pedidos a repartidores durante la DANA y critica la alta siniestralidad del sector

MURCIA.- Comisiones Obreras denunció públicamente que «en los peores momentos» de la gota fría de septiembre en la Región y Alicante hubo clientes que realizaron pedidos de comida rápida a repartidores. 

«Es algo terrorífico, los ciclistas y motoristas iban con el agua por la rodilla», criticó el secretario general de Servicios de CC OO, José María Martínez. Además, informó del lanzamiento de una campaña contra la precariedad laboral en el sector de la comida rápida, con la que busca concienciar al consumidor sobre los «abusos» que se cometen en esta industria para que así asuma su «responsabilidad».
Con el lema 'Fast & Precarios, a todo riesgo', la iniciativa denuncia los bajos salarios y las condiciones laborales de camareros, personal de cocina y repartidores. Cada año se producen 2.000 accidentes de moto anuales y un centenar de hospitalizaciones. 
«El objetivo es que los clientes sean conscientes de que detrás de cada pedido hay unas condiciones de trabajo precarias, que detrás de una llamada hay gente que se juega la vida. Por eso el consumidor debe reflexionar sobre cómo y cuándo encarga comida a domicilio», declaró Martínez.
Como ejemplo, citó lo ocurrido durante la DANA de septiembre que barrió la Región de Murcia. Entonces registraron «llamadas de gente que pedía comida a domicilio en los peores momentos» de la tormenta. 
«La responsabilidad social también incumbe al cliente», defendió el secretario general de Servicios de CC OO. En su opinión, la presión social es la mejor forma de que las empresas del sector cambien estas políticas.
Según un informe de CC OO basado en datos de 2016 del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, al año se producen más de 2.000 accidentes de moto en el sector servicios de comidas y bebidas. 
En el 60% de los casos los repartidores son menores de 26 años. Se estima que estas cifras aumentaron debido también al acelerado crecimiento del número de pedidos de comida a domicilio por la llegada de plataformas específicas como Deliveroo, Glovo o Ubereats, con subidas anuales a doble dígito.
«En este sector hay muchísima siniestralidad, tanto en las cocinas como 'in itinere'. Hay accidentes graves que acaban en muertes o tetraplejias», alertó el responsable sindical. También recordó que muchas de las grandes marcas del sector de la restauración especializadas en la llamada «comida rápida» operan como franquicias, y es precisamente en algunas de esas tiendas donde en ocasiones las condiciones laborales son incluso peores.
Según CC OO, hay varios factores que explican las precarias condiciones laborales del sector. Entre ellos, que los convenios de cada empresa prevalezcan sobre los sectoriales, motivo por el que reclaman cambios en la legislación laboral tras la reforma de 2012. 
Además, también criticaron que haya empresas que externalicen los servicios a través de terceros, como Just Eat con el reparto.
Por último está el caso de las plataformas como Deliveroo, Glovo o Ubereats, cuyos «riders» son tratados como colaboradores, aunque la Inspección de Trabajo ya levantó varios expedientes por considerar que en realidad son «falsos autónomos» y está llevando los casos ante los tribunales.
«Te contratan por muy pocas horas, a tiempo parcial, y si a eso le sumas el bajo salario por hora ves que no da para vivir. Además el tema de la prevención (de riesgos laborales) está bastante olvidado en este sector», censuró el delegado de CC OO en Domino's, Raúl Calderón, quien trabaja como repartidor para esta cadena de pizzerías.
El sindicato organizó en Madrid un acto para lanzar la campaña que contó con la participación de más de un centenar de personas. 
Algunos participantes portaban carteles en los que denunciaban la existencia en el sector de «contratos basura» y «sueldos de miseria», además de hacer hincapié en las «prisas» que exigen las compañías a sus trabajadores para llegar a un mínimo de pedidos por hora.

miércoles, 6 de noviembre de 2019

Solo el 14% de la población activa cuenta con horario laboral continuado europeo

MADRID.- La conciliación laboral constituye un factor clave que las compañías tienen cada vez más en cuenta en sus políticas de empresa para poder atraer y retener talento. La población activa demanda un mayor equilibrio entre su vida familiar, laboral y personal y ese balance depende, en muchas ocasiones, del tipo de jornada y de los horarios de trabajo. 

En este contexto, InfoJobs ha realizado un estudio que revela que solo el 14,2% de la población activa en España asegura contar con horario laboral continuado, a pesar de que es el tipo de jornada que más se desea: el 76,3% querría contar con un horario continuado europeo. Por otro lado, solo un 9,5% de los encuestados afirma no estar interesado en este tipo de horario.
Este tipo de jornada, en las que las 8 horas se realizan de forma continuada o, en algunos casos, con una breve pausa para comer, permite compactar el tiempo que pasamos trabajando y, en consecuencia, concluir antes la jornada laboral y disponer de más tiempo para dedicar la vida personal y familiar. 
Además, de este estudio elaborado por InfoJobs se desgrana que la población activa española prefiere empezar pronto su jornada laboral para poder tener gran parte de la tarde libre. En concreto, un 37% de los encuestados asegura que su jornada ideal debería arrancar a las 8 de la mañana, un 32% adelanta el horario una hora (con entrada a las 7 de la mañana) y un 18% preferiría empezar a las 9. 

Jornada intensiva, la opción que aplican las empresas en ocasiones puntuales 
Si bien en España no contamos con horario continuado como algo habitual, sí es cierto que algunas empresas han comenzado a implementar las jornadas intensivas en las que se realiza todo el horario de forma ininterrumpida y sin pausa para comer. 
Aún sí, y según la encuesta de InfoJobs, el 33% de los trabajadores españoles asegura no poder disfrutar nunca de este tipo de jornada durante el año. Por otro lado, están aquellos casos que disfrutan de una jornada intensiva en momentos puntuales como en agosto (11%), todos los viernes del año (11%) o durante todo el verano, es decir, de mitad de junio a mitad de septiembre (10%).
Según este análisis, no cabe duda de que el tipo de jornada laboral y los horarios están en el punto de mira ahora más que nunca. De hecho, según el ‘I Barómetro del empleo’ de InfoJobs, que analiza las principales preocupaciones de los trabajadores en materia de empleo, el 62% de la población activa se muestra preocupada por el presentismo, los horarios y las largas jornadas de trabajo.
Y es que el hecho de que una empresa ofrezca beneficios sociales, como por ejemplo poder conciliar vida laboral y profesional a sus trabajadores, es un aspecto fundamental para mantenerlos motivados y, en definitiva, para retenerlos dentro de la compañía. 

Metodología del informe: 
Encuesta online realizada a un panel independiente representativo de población activa española. La encuesta se ha realizado en febrero de 2019 a una muestra de 2.865 personas y es representativa del total de población activa (fuente: EPA 2018T4) por Edad, Sexo y CCAA. Error muestral: 3,56% para un intervalo de confianza del 95%.

martes, 22 de octubre de 2019

Podemos advierte de que el Gobierno propone el “despido gratis” en un informe

ZARAGOZA.- El candidato de Unidas Podemos al Congreso de los Diputados por Zaragoza, Pablo Echenique, ha advertido de que el Gobierno de España ha propuesto el "despido gratis" o la llamada "mochila austríaca" en un informe enviado por el Ministerio de Economía a la Comisión Europea.

Ésta es una de las cuestiones que ha abordado Unidas Podemos en un debate económico celebrado en el centro cívico de La Almozara en la capital aragonesa, en la que ha participado el secretario de Economía de la formación morada, Nacho Álvarez.
Ambos han alertado de que la desaceleración económica anunciada por los economistas pueda transformarse en una crisis, cuya carga vuelva a recaer sobre la mayoría social, y han apuntado que para que eso no ocurra Unidas Podemos deberá estar en el próximo Gobierno de España.
En declaraciones a los medios de comunicación, Echenique ha criticado que en precampaña otras fuerzas políticas prefieran hacer “electoralismo” con Cataluña o hablar continuamente de la “momia de Franco en helicóptero”, y ha señalado que frente a esto Unidas Podemos va a poner en la agenda política “los problemas de la gente”.
En concreto, ha alertado de que el Ministerio de Economía ha enviado un informe a Bruselas en el que propone la llamada “mochila austríaca o despido gratis”, que consiste en que el trabajador vaya acumulando la cantidad económica que la empresa debería abonarle como indemnización por despido.
Pero, según ha puntualizado Echenique, este “despido gratis” no aparece en castellano, sino en lo que ha llamado lenguaje neoliberal con la siguiente definición: Sistema de Cuentas Individuales de Capitalización para la Movilidad.
“Para que nos entiendan los aragoneses y los españoles, despido gratis; no lo paga la empresa, lo pagas tú”, ha recalcado y ha añadido que esto supone dar una “vuelta de tuerca más” a la reforma laboral del Partido Popular.
Por su parte, el responsable de Economía de Podemos, Nacho Álvarez, quien ha remarcado el riesgo “importante” de que la desaceleración económica acabe en una crisis, ha desgranado algunas de las propuestas económicas de la formación.
Entre ellas figura un “ambicioso plan” de inversiones verdes; el desarrollo de la ley de dependencia o la universalización de la escolarización de 0 a 3 años para continuar con el ritmo de creación de empleo en un momento, ha matizado, en el que España todavía tiene el doble de paro que los países de su entorno.
Además ha planteado la derogación de la reforma laboral que, a su juicio, ha generalizado la precariedad y un nuevo marco de relaciones laborales que garantice la creación de empleo de “calidad y estable”.

miércoles, 16 de octubre de 2019

La Fremm analiza cómo afecta a la salud laboral la relación entre robots y humanos

MURCIA.- La Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia (FREMM) y sus asociaciones integrantes de fabricantes de maquinaria (Afamur) y de Prevención (Apremetal) ha organizado un ciclo para analizar cómo la inmersión de la empresa en la digitalización afecta a la salud laboral.

La convivencia con los nuevos compañeros de trabajo que traerá la digitalización, los robots, será objeto de análisis en el programa 'Industria 4.0 y Prevención de Riesgos Laborales', que ha programado Fremm en el marco de la Oficina de Transformación Digital de la Región.
El ciclo se compone de dos jornadas técnicas, que tendrán lugar hoy y el próximo 7 de noviembre. Un grupo de expertos estudiarán cómo aprovechar el salto a la Industria 4.0 para avanzar dentro de la prevención de riesgos laborales (PRL).
Los beneficios físicos se dan por sentado, pues los robots asumirán los trabajos que mayor esfuerzo requieren, queda por ver cómo afectará al resto de riesgos y relaciones laborales.

lunes, 9 de septiembre de 2019

El abuso y el fraude en la contratación temporal sale barato en España

MADRID.- La actual legislación española, es un terreno abonado para el abuso y el fraude en la contratación temporal. UGT aboga por cambiar ya esta normativa “tasando con absoluta claridad las causas de la contratación”, ha señalado en una nota de prensa, que recoge Diario16.

El sindicato exige mayor protección legal para los trabajadores, indemnizaciones adecuadas y multas más elevadas y disuasorias para que a los empresarios no les salga barato incumplir la ley. Actualmente, la sanción máxima, sea cual sea el número de trabajadores afectados por el fraude, no supera los 6.250 euros.
Para el sindicato el coste económico de extinguir un contrato temporal en fraude debe ser más caro que el coste de extinción de un contrato indefinido.

Favorece el abuso

La regulación actual sobre contratación temporal favorece el abuso e incentiva el fraude. Y esto es así por el carácter confuso y laxo de la regulación. La normativa debería ir más allá tasando con absoluta claridad las causas de forma que no haya lugar a confusión, ni ambigüedad.

Los casos más extendidos de mala utilización y fraude en la contratación temporal son:

Sector de educación o en la hostelería

Cuando se utilizan contratos, mayoritariamente, eventuales para trabajos de carácter estacional (temporadas estivales, campañas, etc.). La función de los contratos eventuales no es esa, sino dar respuesta a incrementos inesperados o no previsibles de los niveles de demanda o actividad de la empresa.
Cuando se utilizan contratos de obra para cubrir trabajos de carácter permanente o actividades habituales y ordinarias en la empresa.

Contratas y subcontratas

A los trabajadores y trabajadoras de contratas y subcontratas se les realizan sucesivos y continuados contratos por obra vinculados a cada contrato mercantil entre las dos empresas.

Primer contrato laboral

El primer contrato, prácticamente en todos los casos de contratos temporales, es contrario a la Ley. Además, en muchas ocasiones, la contratación temporal se dilata en el tiempo a pesar de que la actividad es de carácter permanente.
Cuando esto se produce y el contrato temporal en fraude se convierte en indefinido, la empresa puede optar por dos opciones: reincorporar al trabajador al puesto de trabajo, pocas veces se produce, o el despido improcedente e indemnizarle, con una cuantía económica, algo que al empresario le resulta barato dada la escasa antigüedad de los trabajadores temporales.

Cuando el contrato el contrato temporal fraudulento se transformar en indefinido, ese fraude empresarial carece de consecuencias económicas, ni de otro tipo: todo se reduce simplemente a corregir la decisión del empresario, pero sin sanción alguna.
El fraude en la contratación temporal tiene el mismo coste y las mismas consecuencias que el cumplimiento de la ley.
Para UGT es imprescindible acabar con los alicientes al fraude en la utilización de los contratos temporales. ¿Cómo? “Estableciendo que el coste económico de extinguir un contrato temporal en fraude sea más caro que el coste de extinción del contrato indefinido que habría correspondido hacer”, señala el sindicato. Así se podría evitar que el fraude en la contratación temporal continuara siendo masivo.
Con la actual regulación, a los trabajadores no les merece la pena reclamar judicialmente que ocupan un contrato temporal que en realidad no lo es. Los costes de las reclamaciones son muy superiores a lo que un trabajador temporal medio podría obtener (pierde dinero y no compensa), y la sentencia de fraude no conlleva la estabilidad en el empleo, sino el despido.
Como conclusión a estas tropelías y, para eliminar el fraude en la contratación temporal, se necesita la protección judicial de los trabajadores que denuncien (lo que requiere la necesaria articulación legal) y unas consecuencias económicas más disuasorias para el empresario que hace el fraude. Mientras la ley no sea más estricta y tenga previsiones y consecuencias que sean garantía para su cumplimiento (algo que no ha ocurrido en los últimos 30 años) continuará el fraude masivo.

Insuficientes medios y recursos

Se destinan pocos medios y recursos a perseguir este fraude por la vía de la Inspección de Trabajo y su limitada eficacia de los mecanismos sancionadores. Independientemente del número de trabajadores afectados por el fraude (sean uno o más de 5.000, por ejemplo) la multa no supera los 6.250 euros.
El artículo 7.2 sobre la transgresión de la normativa sobre modalidades contractuales, contratos de duración determinada y temporales mediante su utilización en fraude de ley (…) contempla que van de 626 a 1.250 euros, en su grado mínimo, 1.251 a 3.125 euros en su grado medio y 3.126 a 6.250 euros en su grado máximo. Por tanto, resulta barato infringir la ley.
Ante esta situación, UGT exige una sanción por cada contrato en fraude de ley más elevada y disuasoria y la aplicación de una indemnización al trabajador por el perjuicio sufrido.

miércoles, 28 de agosto de 2019

Las horas extra pagadas caen un 19% tras la entrada en vigor del registro obligatorio de jornada

MADRID.- La entrada en vigor hace tres meses de la norma que obliga a las empresas a registrar la jornada de sus asalariados ha tenido un importante efecto en el número de horas extraordinarias de los trabajadores españoles. Hace 10 años que esta cifra no para de crecer. Al calor de la mejora del empleo, los empleados trabajaron el año pasado 330 millones de horas más allá de su horario, un nivel récord desde 2009. Pero esta tendencia se ha roto desde que el pasado 12 de mayo el Gobierno obligara a fichar, según publica hoy El País. 

El resultado es que en el segundo trimestre del año las horas extra pagadas cayeron un 19%, según los datos del INE.
Es pronto aún para analizar a fondo el efecto que el registro obligatorio de jornada ha tenido en la práctica diaria de millones de fábricas y oficinas. Pero la Encuesta de Población Activa ofrece sus primeras pistas. 
Los datos muestran que, en contra de lo que había sucedido en la última década, a principios de este año el número de horas extra que realizan los españoles experimentó un gran bajón, especialmente acusado entre aquellas que se pagan. 
Y la obligación de los empleados de fichar al entrar y salir de su puesto aparece como la causa principal en este cambio de tendencia.
De abril a junio, los trabajadores españoles realizaron seis millones de horas extraordinarias a la semana. Esta cifra supone una caída del 11,7% respecto al mismo periodo de 2018, según el INE. El bajón es aún más brusco al analizar solo las horas que, como marca la ley, el trabajador cobra por haber alargado su jornada laboral: una caída del 19%. 
En cambio, las que no se pagan bajaron tan solo un 2,5%. El número de horas extra del segundo trimestre de este año, que coincide con la entrada en vigor del registro horario, es el más bajo en cinco años.
Un dibujo completamente distinto emerge si se observan los datos del año pasado. El número de horas extra que los trabajadores españoles hicieron en 2018 superó los 330 millones. 
Al analizar solo las pagadas, fueron 166 millones, la cifra más alta desde 2008, según los datos elaborados por la empresa Randstad a partir de la Encuesta de Costes Laborales del INE. Las caídas en los peores años de la crisis fueron constantes. Pero desde 2013 comenzaron a subir hasta acercarse el año pasado al máximo alcanzado al inicio de la crisis. Las cifras, además, revelan que casi la mitad de las horas extra no se pagan.
UGT aplaude los efectos del control horario, una norma que nació con polémica. Fuentes del sindicato explican el descenso de horas extraordinarias por la actitud de muchas empresas ante la nueva norma. 
Ante la tesitura de tener que declarar la jornada efectiva de todos sus asalariados, prefieren racionalizar el horario y eliminar aquellas horas que no sean estrictamente necesarias. Cae el número de horas pagadas por este efecto y lo hacen también las que no se pagan por la obligación de una mayor transparencia en los horarios. 
También ha podido influir un endurecimiento de los criterios para contabilizar las horas extra. “Sin duda, en estos positivos resultados ha influido de manera decisiva la entrada en vigor en mayo de la norma que regula el registro diario, que, a pesar de sus carencias, constituye un importante paso hacia el control efectivo de la jornada laboral”, aseguran en UGT.

Las empresas se adaptan

El Gobierno introdujo el registro obligatorio de jornada para reducir la precariedad en el mercado laboral. Se aprobó el pasado 12 de marzo, pero el decreto que regulaba la medida introducía un periodo de carencia de dos meses, hasta el 12 de mayo, para que las empresas se adaptaran. 
De hecho, tras aumentos considerables en todos los trimestres de 2018, el número de horas extra ya empezó a bajar entre enero y marzo de este año, con una caída del 11%.
“Es difícil saber la causa exacta”, admiten fuentes de UGT. “Pero es muy probable que la expectativa de la aprobación de la norma, que generó gran número de noticias y comentarios, provocara que las empresas anticiparan la reducción del uso de horas extra”, añaden. 
Consideran que esta voluntad de adaptarse antes de que sea estrictamente obligatorio es algo habitual en el mercado laboral, porque las empresas quieren asumir cuanto antes las nuevas reglas para evitar distorsiones. 
En el sindicato admiten que la desaceleración económica que se apuntaba desde principios de año puede haber tenido también cierto impacto, pero creen que el efecto del cambio legal es mucho más significativo, ya que la economía apenas apuntaba entonces esa desaceleración.
Las empresas que no cumplan el registro se exponen a recibir una sanción grave, lo que implica una multa de entre 626 y 6.250 euros. Esta cantidad podrá variar en función del tamaño y facturación de la compañía infractora.

180.000 puestos más si nadie alargara su jornada
En UGT insisten en la importancia de continuar por la senda emprendida este año y reducir más las horas extraordinarias.
Según sus cálculos, si las empresas eliminaran por completo esta jornada adicional que realizan muchos trabajadores se crearían 180.000 empleos a tiempo completo.
Además, el 43,8% de esas horas no se pagaron, lo que, según el sindicato, se traduce en 2.300 millones de euros en salarios brutos perdidos por los trabajadores y unos 650 millones en cotizaciones sociales.
“Si esas horas extra hubieran sido cotizadas se podría reducir el déficit de la Seguridad Social en un 3,5%”, añaden.

martes, 27 de agosto de 2019

Unos 5,2 millones de personas se encuentran infrautilizadas en el mercado laboral español

MADRID.- La recuperación del mercado laboral español suele valorarse por el número y porcentaje de personas que trabajan o están paradas. Sin embargo, entre esos dos colectivos, e incluso en los bordes internos de los mismos, existen otras situaciones que afectan al mercado laboral. Una de ellas es la de la denominada infrautilización laboral, es decir, el cálculo del porcentaje de personas que están desaprovechadas como fuerza de trabajo, según elpais.com

Asempleo, la patronal de agencias de colocación y empresas de trabajo temporal, calcula que en España hay 5,2 millones de personas en esa circunstancia. Eso corresponde a un porcentaje del 22,2%, el menor desde el estallido de la Gran Recesión.
Para encontrar una cifra más baja hay que remontarse al cuarto trimestre de 2008, cuando la infrautilización se situó en el 19,7%. Un trimestre después, lastrada por el gran crecimiento del desempleo, ya rebasaba el 23,3%, según el índice de Asempleo
Este considera en el colectivo de trabajadores desaprovechados, además de a los que se encuentran en paro, a quienes desean trabajar pero no buscan empleo porque se han desanimado y a los denominados trabajadores temporales forzosos, que son quienes tienen un contrato parcial pero desearían tenerlo a jornada completa
Ese es el motivo por el que las cifras de Asempleo difieren de otros cálculos como los que hace la OCDE, donde el porcentaje es mucho mayor porque tiene en cuenta la tasa de inactividad.
Volviendo a las cifras presentadas este lunes por la patronal de empresas de recursos humanos, el grueso del colectivo de personas infrautilizadas, 4,8 millones, se corresponde con parados o empleados por menos horas de las que desearían trabajar. Los 400.000 restantes son los "activos potenciales", personas que han dejado de buscar activamente empleo porque creen que no lo van a encontrar.

Colectivos vulnerables

Pese a la mejoría notable desde 2013, cuando España se situó en cifras de infrautilización próximas al 36%, el presidente de Asempleo, Andreu Cruañas, ha calificado de "inadminisble" que la tasa todavía supere el 20%. 
En unas declaraciones remitidas a los medios por su organización, Cruañas considera que los datos ponen de manifiesto "una ineficiencia del mercado de trabajo que conviene corregir". 
"De lo contrario", ha añadido, "los colectivos más vulnerables laboralmente, como las mujeres, jóvenes y trabajadores poco cualificados seguirán sufriendo los avatares que la coyuntura económica provoque".
Precisamente esos tres grupos presentan tasas de infrautilización muy por encima de la media. Concretamente, entre las mujeres es del 27,9%, entre los jóvenes de 16 a 24 años es del 45,4% y entre personas con baja cualificación, del 43,2%. 
Y solo estos últimos han logrado rebajar su tasa de infrautilización en el último año más que el resto de grupos de su categoría, lo que significa que son los hombres y los trabajadores entre 45 y 54 años los colectivos que más se están beneficiando de la recuperación del empleo. 
Por comunidades autónomas, los datos de Asempleo revelan que Extremadura y Andalucía son las dos más castigadas por el paro y las que tienen mayor porcentaje de personas desaprovechadas laboralmente. Ambas tienen tasas muy similares, con el 31,2% y el 31,1% respectivamente. 
En el extremo opuesto se encuentran Aragón (17,6%) y Baleares (18,2%), aunque el informe señala que en ambas ha crecido el indicador respecto a un año antes.
De la comparativa con países similares, se desprende que la infrautilización es un mal casi endémico en el sur de Europa. España es el tercer país con la tasa más alta, ya que le adelantan Italia (26,4%) y Grecia (25,5%). En cuarto lugar se sitúa Francia, seguida de Chipre y Portugal.

viernes, 21 de junio de 2019

La OIT aprueba una normativa internacional contra la violencia y el acoso en el trabajo

GINEBRA.- El mundo del trabajo se puso este viernes de acuerdo para dar luz a la primera norma internacional de tolerancia cero a la violencia y acoso en el trabajo, sea de tipo física, psicológica, sexual o económica, se produzca fuera o dentro del centro laboral, de forma esporádica o repetitiva.

Más de cuatro años de trabajos y negociaciones "difíciles, y por momentos emotivas y tensas" -como las describieron algunos de los delegados que participaron en ellas- fueron necesarios para llegar a un texto aceptable para gobiernos, empleadores y sindicatos, que votaron masivamente a su favor.
En la última jornada de la conferencia del centenario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Convención para la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Trabajo fue aprobada por 439 votos, frente a 7 en contra y 30 abstenciones, en un sistema único en el mundo y que hace que los gobiernos solo tengan la mitad del poder de decisión.
En el sistema tripartito de la OIT, patronales y sindicatos tienen derecho a voto, pero los del gobierno tienen doble peso.
El nuevo instrumento jurídico cubre todas las categorías de trabajadores, independientemente de su estatus contractual, así como a personas en formación (incluidos aprendices y becarios), así como a aquellos cuyos trabajos han terminado, voluntarios y personas que buscan empleo.
Su aplicación se extiende al empleo informal, que a nivel mundial representa al menos el 60 % del total.
El convenio abarca la violencia de género y reconoce el vínculo que puede existir entre el mundo del trabajo y este tipo de violencia.
Sin embargo y pese a los esfuerzos de patronales y sindicatos, no se incluyó finalmente de forma explícita a las personas LGTBI como un colectivo especialmente vulnerable a la violencia en el trabajo, por oposición de numerosos países.
"En favor del compromiso se optó por una referencia genérica a los grupos vulnerables en lugar de enumerarlos e incluir a los LGTBI, pero lo que está claro es que todos tienen derecho a una vida laboral libre de violencia", reconoció ante la prensa el director general de la OIT, Guy Ryder, después de la votación.
Los negociadores también quisieron dar un enfoque de prevención a este nuevo convenio y para ello los Estados tendrán que identificar -en colaboración con organizaciones empresariales y sindicatos- los sectores, ocupaciones y el tipo de organización del trabajo que más expone a los empleados a la violencia y al acoso.
Se ha pensado, por ejemplo, en los nocturnos, los que se realizan de forma aislada, en los servicios sociales y de emergencia, en hospitales, en el transporte, la educación y el entretenimiento, así como en el trabajo doméstico.
Uno de los temas más polémicos durante las negociaciones fue la definición del ámbito geográfico y de las formas que podía adoptar el acoso, con los sindicatos que promovían un enfoque más amplio que los empleadores, quienes temían asumir responsabilidades que iban más allá de su capacidad de acción.
El convenio considera como lugar de posible violencia no sólo el espacio de trabajo, sino otros entornos como donde los empleados reciben su remuneración, hacen una pausa o comen, y los servicios sanitarios y vestuarios.
También se incluyen situaciones como los viajes de trabajo, las capacitaciones, los eventos sociales en relación al mismo, los lugares de hospedaje facilitados por el empleador y el trayecto de ida y vuelta del trabajo.
Asimismo, se reconoce que la violencia y el acoso pueden ocurrir mediante comunicaciones virtuales vinculadas al trabajo.
Ryder dijo que ahora corresponderá a las organizaciones de empleadores y trabajadores vigilar que los gobiernos busquen rápidamente la aprobación del convenio en sus parlamentos para proceder a su ratificación.
Una vez ratificada por tan solo dos países, la convención entrará en vigor y se convertirá en la 190 que se adopta bajo los auspicios de la OIT en sus cien años de existencia y la primera desde 2011, cuando se aprobó el convenio para la protección de los trabajadores y trabajadoras domésticas.

lunes, 10 de junio de 2019

El registro de jornada podrá descontar pausas e interrupciones al tiempo trabajado

MADRID.- El registro de jornada podrá descontar las interrupciones o pausas que realicen los trabajadores entre el inicio y finalización de la jornada diaria para determinar el tiempo de trabajo efectivo, según el criterio técnico elaborado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El documento, que desde este lunes está en manos del Cuerpo de Inspectores, explica que, si bien la normativa no exige expresamente el registro de las interrupciones o pausas dentro de la jornada diaria que no formen parte del tiempo de trabajo efectivo, el registro de jornada podrá organizarse de manera que se incluyan.
En este sentido, la guía para empresas que elaboró la Seguridad Social ya consideraba conveniente registrar todo lo que forme parte de la jornada laboral, en especial lo relativo a pausas diarias obligatorias legal o convencionalmente previstas, o voluntarias.
De esta forma, decía la citada guía, se permitirá “eludir la presunción de que todo el tiempo que media entre el inicio y finalización de jornada registrada constituye tiempo de trabajo efectivo” y, por lo tanto, retribuíble.
El presente criterio técnico señala que la negociación colectiva o los acuerdos de empresa podrán precisar cómo se consideran todos los aspectos relacionados con el registro de las interrupciones, pausas o flexibilidad de tiempo de trabajo.
Asimismo, el documento elaborado por la Inspección de Trabajo deja claro que para las empresas es una obligación, y no una opción, elaborar el registro de jornada de sus trabajadores e indica que el registro de jornada ha de ser “objetivo”, “fiable”, “veraz” y “accesible”, así como respetar la normativa sobre protección de datos y el derecho a la intimidad de los trabajadores.
El registro deberá ser diario y no serán aceptados como tal ni la exhibición del horario general de aplicación en la empresa ni el calendario laboral ni los cuadrantes por períodos, puesto que sirven para determinar la previsión de trabajo, pero no las horas efectivamente trabajadas.
Los registros deberán permanecer físicamente en cada centro de trabajo o ser accesibles desde el mismo de manera inmediata, y podrán ser consultados por los trabajadores, pero sin obligación por parte de la empresa de entregar copia.
Si la empresa no lleva el registro, pero el inspector tiene la certeza de que se cumple la normativa y no se realizan horas extraordinarias, se podría sustituir el inicio del proceso sancionador por un requerimiento para que se cumpla con la obligación de tener registrada la jornada de trabajo diaria.

jueves, 23 de mayo de 2019

Los inspectores examinarán de forma escrupulosa el registro de la jornada, que debe ser “fiable”

MADRID.- La Inspección de Trabajo no perdonará a las empresas que no cumplan con el registro de la jornada laboral. Según recoge el borrador que han recibido los inspectores de Trabajo, que ya han comenzado a hacer visitas, y que recogen este jueves los diarios ABC y Cinco Días, el registro no es una opción del empresario, sino que se trata de un deber de obligado cumplimiento desde el 12 de mayo.

El Ministerio de Trabajo alude en el borrador a la sentencia de la justicia europea y recuerda a la Inspección que el sistema implantado en las empresas debe ser “objetivo y fiable” y y tendrá que estar documentado para computar la jornada laboral diaria del trabajador de forma escrupulosa, con el tiempo exacto que trabaja.
Por eso, a los inspectores se les insiste en el que en el registro deben quedar claras las interrupciones o pausas que no cuenten como trabajo efectivo y que no se computan como jornada en el registro, “lo que tiene especial importancia en los casos de jornada partida”. 
Es decir, las pausas para comer por ejemplo han de registrarse, pero no así las pausas que “por razón de tipo de jornada o por razones de seguridad y salud deban ser consideradas como tiempo de trabajo“.
En este aspecto, según el borrador que recogen los dos diarios españoles, se hace mención a que la negociación colectiva o los acuerdos de empresa deben ser el “instrumento idóneo para precisar cómo considerar todos los aspectos relacionados con el registro de interrupciones, pausas o flexibilidad en el tiempo de trabajo”.
En el texto además se hace especial mención a la ‘flexibilidad’ de la que presumen algunas empresas y se dice claramente que “no es admisible que, con la invocación de la flexibilidad horaria que brindan las normas laborales, puedan perjudicarse los derechos de los trabajadores y se altere el equilibrio contractual mediante la prolongación indebida de la jornada, mucho menos cuando estas prolongaciones se efectúan sin la necesaria y debida compensación en el tiempo de descanso retribuido o en dinero”.
En el caso de que el registro sea electrónico, la Inspección podrá pedir “la impresión de los registros correspondientes al periodo que se considere, o bien su descarga o su suministro en soporte informático y en formato legible y tratable”.
Si el registro fuera manual, como la firma del trabajador en papel, en el que se apuntan los horarios a mano, “la Inspección podrá recabar los documentos originales o solicitar su copia“. 
Si no hay medios para hacer esa copia, el inspector podría “tomar notas, o tomar muestras fotográficas” y si detecta “incongruencias” entre el registro y la jornada declarada, “podría tomar el original del registro como medida cautelar”. 
En cualquier caso valdrán como registro “el horario general de la empresa, el calendario laboral o los cuadrantes de horarios”.
Hay que tener en cuenta que la documentación se deberá conservar durante cuatro años en cada centro de trabajo y no en las gestorías o sedes centrales de las empresas.
El incumplimiento de estas medidas provocaría una “infracción grave” para la empresa, aunque la sanción no sería automática, ya que el inspector valoraría la intención de la empresa de establecer o no un registro.
En cuanto a las sanciones, la directriz a los inspectores es que el incumplimiento de la ley en materia de registro de la jornada es una “infracción grave”. Sin embargo, la dirección de la Inspección admite que la sanción no será automática y que el funcionario valorará si la empresa ha actuado para negociar con los trabajadores el sistema de registro.
De hecho, si el inspector ve que se cumplen los horarios y hay buena voluntad “podría sustituirse el inicio del procedimiento sancionador por un requerimiento” para que implante el registro.

martes, 14 de mayo de 2019

El Tribunal de Justicia de la UE dictamina que es obligatorio registrar la jornada laboral

LUXEMBURGO/MADRID.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció este martes que los Estados miembros deben obligar a los empresarios a implantar un sistema objetivo, fiable y accesible que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador, informó la corte en un comunicado.

En su sentencia precisa que corresponde a cada país definir los criterios para la aplicación de este sistema, sobre todo la forma que debe tomar, teniendo en cuenta las particularidades de cada sector e incluso las especificidades de determinadas empresas, como su tamaño.
La máxima instancia judicial comunitaria responde así a una petición de la Audiencia Nacional española, que en enero solicitó interpretar dos artículos del Estatuto de los Trabajadores relativos a la jornada laboral, al considerar que podrían incumplir las normas comunitarias por “dejar en manos de los empresarios los descansos semanales y diarios”.
La sentencia se emite precisamente la misma semana en que ha entrado en vigor en España el registro de la jornada laboral, que obliga a todas las empresas a anotar diariamente las horas de trabajo de sus empleados, para controlar posibles excesos y que ha sido introducido a través de un real decreto ley aprobado en marzo pasado.
La opinión emitida este martes por el TJUE avala esta imposición y permitirá a la Audiencia Nacional resolver definitivamente el procedimiento contra Deutsche Bank promovido por el sindicato CCOO, al que se adhirió UGT, para que la entidad establezca un sistema de registro, que estuvo en el origen de la cuestión prejudicial.
En el auto por el que remitió el asunto a la justicia europea, la Audiencia Nacional hizo hincapié en que la norma española -antes de la implantación del registro esta semana- priva en la práctica al trabajador de un medio esencial para demostrar que su jornada laboral ha superado la duración máxima y a los representantes de los trabajadores de un medio necesario para comprobar si se respetan las normas en la materia.
La corte española se basó en la Encuesta de Población Activa (EPA) de 2016 que reflejó que el 53,7 % de las horas extraordinarias realizadas en el periodo de estudio no fueron registradas.
Mediante la sentencia dictada este martes, el Tribunal de Justicia considera que la normativa española, tal cual la interpreta la jurisprudencia, se opone a la Directiva europea relativa al tiempo de trabajo y a la Directiva sobre la seguridad y la salud de los trabajadores en el Trabajo.
Señala que para garantizar el efecto de los derechos que confieren estas normas europeas, así como la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, los Estados deben obligar a las empresas a establecer un sistema de cómputo de la jornada laboral diaria.
El TJUE argumenta que sin este sistema no es posible determinar de manera “objetiva y fiable” el número de horas de trabajo efectivas, su distribución en el tiempo y el número de horas extraordinarias, “lo que dificulta en extremo, cuando no imposibilita en la práctica, que los trabajadores logren hacer respetar sus derechos”.
El TJUE recuerda además que el trabajador “debe ser considerado la parte débil de la relación laboral, de modo que es necesario impedir que el empresario pueda imponerle una restricción de sus derechos”, según un comunicado de la corte.

jueves, 9 de mayo de 2019

La Inspección de Trabajo no multará inicialmente a las empresas sin registro horario que estén negociándolo

MADRID.- La Inspección de Trabajo y Seguridad Social no multará inicialmente a aquellas empresas que carezcan del registro horario de jornada a partir del domingo, fecha de la entrada en vigor de esta medida, siempre y cuando demuestren que están negociando su implantación con los representantes de los trabajadores o que prueben, de buena fe, que están trabajando en ello.

“No habrá multas desde el primer día si acreditan que están negociando el registro o si demuestran que están trabajando en su implantación”, han indicado hoy en fuentes del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Las empresas tendrán que registrar diariamente la jornada de sus trabajadores a partir del próximo 12 de mayo, fecha en la que entrará en vigor la modificación del Estatuto de los Trabajadores referida al registro de jornada.
A principios del pasado mes de marzo el Gobierno aprobó un Real-Decreto ley que obligaba a las empresas a realizar un registro diario del horario de sus trabajadores y para ello les daba un plazo de dos meses que concluye este domingo.
El objetivo de esta medida es medir la duración de las jornadas laborales y, por lo tanto, las horas extraordinarias, y también los descansos, que no pueden ser inferiores a doce horas entre final e inicio de jornada ni a 36 semanales, aunque con peculiaridades sobre su ubicación en el calendario según el sector de que se trate.
Este registro debe incluir el inicio y finalización de la jornada del trabajador, sin perjuicio de la flexibilidad horaria, y se organizará y documentará mediante la negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, por decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores.
La empresa estará obligada a conservar los registros de jornada de sus trabajadores durante cuatro años y deberán permanecer a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En caso de incumplimiento, la cuantía de la sanción puede ir desde los 626 euros si es considerada leve o llegar a los 6.250 euros en caso de calificarse como grave.
Fuentes de Trabajo han explicado que, a lo largo de las últimas semanas, la Dirección General de Trabajo ha recibido numerosas consultas de asesorías y gestorías en relación a la aplicación del registro horario de jornada. Algunas de las preguntas se referían precisamente a qué pasaría si no tienen instaurado desde el primer día este registro.
Las fuentes consultadas aseguran que no habrá inicialmente multas para las empresas que acrediten que están en ello. En caso de que la Inspección pase por una empresa y compruebe que no existe el registro, ésta tendrá que acreditar que está trabajando en su implantación, por ejemplo, mostrando actas de negociación con los representantes sindicales.
En ese supuesto, no será multada, aunque la Inspección comprobará más adelante si ha cumplido con su obligación. “No se trata de castigar a las empresas que demuestran buena fe. El objetivo es que esto se haga y que se haga bien”, señalan desde Trabajo.
Las mismas fuentes han indicado que la Dirección General de Trabajo publicará en los próximos días una guía práctica para empresas sobre el registro horario de jornada.