viernes, 29 de mayo de 2009

El TSJRM desestima la querella contra la jueza del caso Tótem

MURCIA.- La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado la querella presentada por el empresario y promotor gallego, dueño de la firma Inmonuar y uno de los principales imputados en el 'caso Tótem', Manuel Núñez Arias, contra la juez instructora del caso, María Asunción Navarro, por prevaricación y detención ilegal, según informaron fuentes del citado tribunal en un comunicado.

El texto de la querella, que fue presentada el pasado mes de abril ante el TSJ, considera el Auto de la jueza ordenando su detención un "montaje policial y mediático sin precedentes".

"Era totalmente innecesaria la fuerza actuante, en total de 40 a 50 guardias civiles, con toda clase de medios, armas, perros, vehículos especiales, etc, lo que era un dispositivo propio para la represión o detención de presuntos delincuentes inmersos en redes de terrorismo, narcotráfico, pederastia, tráfico de armas, etc, y de peligrosidad y virulencia contrastada", asegura.

Tras relatar las consecuencias para la salud de Núñez que supuso su estancia en prisión durante cinco días, así como el "escarnio y vejación pública" que le supuso el registro de su domicilio y despacho profesional y su ingreso en la cárcel, la querella afirma que la conducta de la jueza sustituta "no es casual, sino que presuntamente obedecía a razones muy distintas a la persecución y esclarecimiento de los delitos que se imputan, sino aprovechamiento para un grupo político en su pugna con otro".

Y es que, agrega la querella, la jueza sustituta "es sobrina de Alfonso Navarro, un relevante concejal del PSOE en el Ayuntamiento de Murcia y que fue vicepresidente segundo de la Asamblea Regional" y desvela que "no deja de ser llamativo que, unos días antes de producirse las primeras detenciones, la querellada estuviera en el restaurante 'El Chaleco' de Alhama con el entonces ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, que a la sazón en aquellas fechas hacía campaña política, pues se presentaba a las elecciones generales como diputado del PSOE por Murcia".

La querella también recoge que la jueza sustituta "formaba parte del contubernio que había formado el PSOE, el fiscal jefe y ella como familia directa de un alto representante de ese partido en Murcia", y reprueba que "no se aclarasen las circunstancias por las que la querellada permanecía al frente del juzgado sin haberse resuelto el concurso convocado por el Consejo General del Poder Judicial, que lo hizo meses después de estar ella interviniendo en esta causa".

En este sentido, la Sala argumentó su decisión de desestimar la querella en algunas razones, como que "los hechos relatados en la querella carecen de relevancia jurídico-penal, por lo que procede la inadmisión a trámite de la misma, y posterior archivo de las actuaciones".

Asimismo, la Sala alegó que "la primera afirmación que se hace en la querella es que el asunto le fue turnado al Juzgado de Instrucción Nº 4 de Totanta sin causa que lo justifique, cuando lo hace dando cumplimiento a las normas de reparto"

Además, el fallo aclara que "no existe detención ilegal, pues consta en la certificación de la Sala Civil y Penal del TSJ de Murcia, que Manuel Núñez Arias fue puesto a disposición del Juzgado de Totana a las 7.45 horas del 29 de noviembre de 2007, que el siguiente día se realizó la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para resolver sobre la situación personal del mismo y el Auto de 1-12-2007 decretó prisión provisional de Núñez Arias, pudiendo ser la misma eludible si prestaba fianza de 150.000 euros".

"Resulta sorprendente también que se diga que la juez sustituta firmó el Auto aceptando la inhibición en fecha 18 de mayo de 2007, dos meses antes de ser nombrada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cuyo acuerdo se publicó el 14 de julio de 2007", según el TSJ.

En este sentido, indica que "el Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge que su nombramiento abarca desde el 1 de septiembre de 2006 hasta el 31 de agosto de 2007, por lo que tampoco es cierta la afirmación de que el 18 de mayo de 2007 no estaba nombrada".

1 comentario:

Anónimo dijo...

Sí, pero el efecto propagandístico y el daño ya está hecho. ¿Por hacer perder el tiempo al TSJRM no hay ninguna sanción ejemplar a este empresario ladrillero? No solamente llevan a la ruina todo lo que tocan, sino que además dificultan y entorpecen la justicia de todos.