lunes, 9 de marzo de 2020

Solo el 25% de las empresas murcianas aplican recargos a las facturas impagadas

MURCIA.- Tras nueve años de la puesta en marcha de la modificación de la Ley de lucha contra la morosidad, el 58% de las empresas murcianas sigue aceptando plazos de pago más largos a los establecidos inicialmente, según Informe Europeo de Pagos, elaborado por Intrum, compañía líder en gestión y prevención de impagos.

Este hábito viene motivado, en muchos casos, por la falta de conocimiento de la directiva europea antimorosidad, que fija un límite de pago de 60 días para empresas y 30 para las administraciones públicas. Sin embargo, el desconocimiento normativo no afecta solo a los plazos de pago, también a la aplicación de los derechos que otorga. 

Según refleja este informe, en el que han participado más de 12.000 empresas de 29 países de Europa, el 25% de las empresas murcianas reconocen hacer uso, en algunas ocasiones, del derecho de aplicar intereses de demora a las facturas impagadas, un 6% más que el promedio nacional (19%).

De este modo, las empresas murcianas ocupan el quinto puesto en la aplicación de este punto de la directiva, según el cual, los acreedores con facturas impagadas pueden reclamar 40 euros a su proveedor a modo de indemnización por la gestión del cobro de la deuda. 

En el extremo opuesto se sitúan las empresas de Castilla-La-Mancha, donde 4 de cada 10 encuestadas reconocen aplicar esta medida; opción por la que también optan el 33% de las empresas andaluzas y el 30% de las vascas.

Aunque son muchas las empresas españolas que dicen estar familiarizadas con la directiva europea antimorosidad, concretamente un 40%, según el Informe Europeo de Pagos, solo el 5% incorpora siempre el recargo de 40 euros, y un 14% lo hace en algunas ocasiones. 

La suma de ambas cifras implica que el 18% de las empresas españolas hace uso del derecho de aplicar intereses de demora a las facturas impagadas, un 15% menos que el promedio europeo (33%). Esta cifra sitúa a España entre los 11 países europeos que menos uso hacen de este derecho recogido en la directiva europea antimorosidad.

A nivel europeo, España se encuentra casi al mismo nivel que Finlandia en lo que a utilización de recargos se refiere si se tienen en cuenta tanto a las empresas que siempre aplican el recargo, como a aquellas que lo hacen en algunas ocasiones. 

Así, España supera ligeramente a países nórdicos como Suecia o Noruega, donde tan solo el 15 y 14% de sus empresas aplica un recargo de 40 euros a las facturas impagadas.

Por contra, en nuestro país vecino, Portugal, 4 de cada 10 empresas aplican este interés, siguiendo el ejemplo de alemanes (44%), franceses (47%) o italianos (55%). Estos últimos, son los que más uso realizan de este punto de la directiva europea, solo por debajo de los suizos, con un 58% de empresas que aplican intereses de demora a las facturas pendientes.

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