MADRID.- Una de las excepciones de la limitación de movimiento de personas que establece el decreto de alarma que entra en vigor en España este lunes hace referencia a que las personas podrán "retornar a su lugar de residencia habitual". Este matiz hace referencia sobre todo a los residentes en Madrid que han abandonado la capital en los últimos días. 
Las otras excepciones a la restricción de movimientos son para adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad;
 asistencia a centros sanitarios; desplazamiento al lugar de trabajo 
para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; retorno 
al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, 
menores, dependientes, personas con discapacidad o personas 
especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras; por 
causa de fuerza mayor o situación de necesidad, y para realizar 
cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada. 
Para realizar estos desplazamientos, se permitirá la circulación de vehículos particulares y también el repostaje en gasolineras
 o estaciones de servicio, aunque el Ministerio del Interior podrá 
acordar el cierre de la circulación de carreteras o parte de ellas "por 
razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la 
restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos
 motivos". 
Para realizar estos desplazamientos,
 se permitirá la circulación de vehículos particulares y también el 
repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, aunque el Ministerio 
del Interior podrá acordar el cierre de la circulación de carreteras o parte de ellas "por razones de salud pública, seguridad o fluidez del
 tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos 
por los mismos motivos". 
 
 
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