El nuevo organismo, que tendría estatus de autoridad independiente con un director no militante en partidos y con personal sacado de oposiciones, podría tambien impedir a empresas contratar con la administración pública durante tres años. En el caso de personas físicas la sanción más alta es de 400.000 euros.
Así lo han explicado este jueves el portavoz de Sumar en el Congreso, Íñigo Errejón, junto a los diputados del grupo plurinacional Enrique Santiago y Verónica Martínez, para presentar en rueda de prensa dicha proposición de ley, ya anunciada en su día por la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz.
En este sentido, Errejón ha indicado que la corrupción implica el "secuestro del Estado por los comisionistas y las tramas corruptas" y que, ante su gravedad, optan por tomar medidas frente a la "pelea de gallos de PP y PSOE.
Asimismo, ha avanzado que enviarán el texto a todos los grupos y ha lanzado que esta ley debería "salir por unanimidad" y se quiere "rescatar a la política de la corrupción".
Mientras, Santiago ha avanzado que Sumar traerá al Congreso una batería de 40 medidas contra la corrupción y que la oficina que plantean vela por el buen manejo de los recursos públicos, sobre todo cuando se estima que la corrupción en España ha costado unos 100.000 millones de euros.
De esta forma, el dirigente de IU ha defendido que este organismo pretende acabar con todos estos "espectáculos" empresas constituidas "exprofeso" de "comisionistas" para "cometer crímenes", que facturan "millones de euros y no tienen personal".
"Tienen un ordenador y muchos coches de lujo", ha censurado.
Según explica, la creación de esta oficina resulta pertinente ya que España tiene obligaciones legales pendientes desde la aprobación de la Ley de Protección de Denunciantes de Corrupción, como establecer una Autoridad Independiente que vele por los informantes.
Así, su iniciativa ahonda en los apartados que ya contiene la norma aprobada el año pasado y cree que la oficina de prevención podría estar aprobada si hay unanimidad a finales de año.
De esta forma, la filosofía de la propuesta de ley es que esta oficina, que tendrá rango de agencia independiente, es prevenir el uso correcto de todo el dinero público de origen estatal, por lo que se atañe directamente a la administración central y de forma indirecta a comunidades y ayuntamientos cuando hagan empleo de fondos estatales.
En este sentido, el texto impulsado por Sumar concierne también al sector público estatal en su conjunto, las Cortes Generales, la Defensoría del Pueblo, el Tribunal de Cuentas, el Consejo de Estado, las Fuerzas Armadas y los cuerpos policiales, cualquier entidad con una participación mayoritaria del Estado.
En el apartado sancionador, se recoge el impedir las funciones de dicha oficina, no entregar la información requerida, ocultar documentación sobre la investigación abierta o manipular la información demandada, denuncias falsas, entre otros supuestos.
De esta forma, se estipula en las infracciones más graves multas que oscilan entre 30.001 a 400.000 euros si las responsables son personas físicas y de 600.001 hasta un millón de euros si son personas jurídicas.
Adicionalmente, podrá imponer la prohibición de concesión de subvenciones públicas o cualquier tipo de ayuda, así como beneficios fiscales, durante un plazo máximo de cuatro años; o la prohibición de contratar con el sector público durante tres años. Y con independencia de las sanciones, los responsables de tramar un posible caso de corrupción deberán "restituir los daños producidos e indemnizar a los perjudicados".
También a personas individuales y sociedades que sean perceptoras de subvenciones, créditos, avales y ayudas públicas, incluidos partidos, sindicatos y organizaciones empresariales, unido a cualquier contratista o sub-contratista de concesiones estatales.
La iniciativa de Sumar recoge que el director de este organismo no podrá estar afiliado a ningún partido, sindicato o asociación empresarial o profesional, tendrá un mandato de cinco años y será elegida por el Congreso por mayoría de tres quintos de la cámara en primera votación; o por mayoría absoluta pasados seis meses del primer intento.
Asimismo, la propuestas que se elevan procederán tanto de los grupos parlamentarios como de la sociedad civil.
Uno de los elementos destacados es que este organismo tendrá funciones de investigación sobre posible destino irregular de fondos públicos, pudiendo indagar su el uso privado o a tercero si hay sospechas de presuntas corruptelas. Por ejemplo, se pauta la tramitación de denuncias ante actos u omisiones que lleven a fraude, conflicto de intereses u otra actividad ilegal.
Así, los funcionarios al servicio la potestad de inspección pudiéndose personales en entidades del sector público para examinar expedientes y registros, acometer entrevistas a sus miembros con los debidos derechos que guarda la ley (incluidos la obligación de guardar silencio y asistencia letrada) o requerir documentación tanto a instituciones como a entidades y personas que manejen fondos públicos.
Otro apartado es poder requerir a entidades bancarias información de movimientos de cuentas y operaciones financieras.
De esta forma, el cuerpo de inspección de la oficina será seleccionado por oposición y tendrán la consideración de autoridad estatal, con presunción de veracidad, además de poder contratar peritajes.
Todo ello, precisa el texto, sin perjuicio de las actuaciones propias de entidades como el Tribunal de Cuentas, la Intervención General del Estado, la Fiscalía o la autoridad judicial, de colaborar aportando información y suspender sus actuaciones si se inicia un procedimiento penal.
Por otro lado, se recoge el deber de colaboración con la oficina de todo cargo público y que la oficina, aparte de su régimen sancionador, deberá informar de la justicia de hechos presumiblemente constitutivos de delito.
Entre las funciones de prevención, el texto normativo elevado por Sumar al Congreso concede a esta oficina la labor de detectar riesgos de corrupción y crear un sistema preventivo de alerta temprana ante posibles irregularidades o malas prácticas administrativa.
De esta forma, entre sus funciones se encuentran la elaboración de un código de conducta a personal con altas funciones ejecutivas y obligar a que el sector público disponga de un sistema interno de prevención de corrupción.
Dichas entidades tendrán que remitir esas medidas con carácter bi-anual a la oficina y detallar los mecanismos puestos en marcha. Por otro lado, podrá requerir a administraciones, entidades perceptoras de fondos públicos y personas físicas información sobre su actuación interna ante la corrupción.
Otra de las disposiciones es la creación de un buzón destinado a
recibir denuncias o quejas, para decidir si abre expediente informativo
sobre autoridades o altos cargos. A su vez, se establece que las
actuaciones de investigación no podrá exceder de seis meses, con
posibilidad de extenderlos otro semestre si la complejidad del caso lo aconseja.