MURCIA.- Este lunes arranca el plazo para presentar las solicitudes para la
segunda convocatoria del Bono Alquiler Joven, que concluirá el 30 de
junio. La ayuda consiste en una aportación mensual de hasta 250 euros,
ya sea para el alquiler de una vivienda completa o de una habitación,
siempre que esta constituya el domicilio habitual de la persona
solicitante.
La tramitación se realiza exclusivamente por vía
electrónica, a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma.
Para ello, los solicitantes deberán disponer de certificado digital, DNI
electrónico o sistema Cl@ve.
Una vez presentada la
solicitud, la Administración procederá a verificar los datos aportados y
notificará al interesado mediante correo electrónico o SMS cualquier
novedad relativa a su expediente. Los requisitos de estas subvenciones
los establece el Gobierno central.
Para poder acceder al Bono
Alquiler Joven los beneficiarios han de tener la nacionalidad española o
la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o contar con
residencia legal en España.
También es necesario tener entre 18 y 35
años, ser titular o estar en disposición de suscribir un contrato de
alquiler o cesión, y contar con una fuente regular de ingresos cuya
renta anual no supere tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de
Efectos Múltiples), equivalente actualmente a 21.600 euros anuales.
Además, el precio del alquiler no podrá superar los 600 euros
mensuales en el caso de viviendas completas, ni los 300 euros en el caso
de habitaciones.
La ayuda podrá aplicarse a contratos
formalizados desde el 1 de enero de 2024, o desde una fecha posterior si
el contrato es más reciente, y se podrá percibir hasta el 31 de
diciembre de 2026, siempre que se mantengan los requisitos establecidos y
se justifique el pago del alquiler en los plazos correspondientes.
Y es obligatorio que el solicitante esté empadronado en la vivienda
objeto de la ayuda Para resolver dudas o recibir atención personalizada,
los interesados pueden llamar al teléfono 012 o solicitar cita previa
en la sede de la Consejería de Fomento e Infraestructuras.
Cuando la ayuda esté concedida se realizará un primer pago referido a
los meses con abono justificado, que pueden ir desde el 1 de enero de
2024, o fecha de inicio del contrato si es posterior, hasta tres meses
después.
El resto de los pagos se hará tras justificar y
solicitar el abono del alquiler de los periodos posteriores
correspondientes, tal como lo establece la normativa estatal que regula
estas ayudas.
Hasta la fecha la Comunidad Autónoma ha concedido todas las ayudas de
las solicitudes que cumplían los requisitos del Bono Joven de Alquiler,
por un valor total de 9.321.184 euros y ya se han abonado todas las que
se han justificado, que ascienden a 7.302.506 euros.
Tal y
como establecen las bases, la concesión de la ayuda no implica por sí
sola el pago automático de ésta, sino que las subvenciones se abonan a
posteriori, cuando el solicitante justifica el pago de al menos un
trimestre del alquiler.
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