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jueves, 20 de marzo de 2025

La Fiscalía alerta del aumento del 28,9% en las agresiones sexuales a menores de 16 años en la Región en 2024

 MURCIA.- El fiscal superior de la Región de Murcia, José Luis Díaz Manzanera, ha advertido este jueves del incremento del 28,9% de las agresiones sexuales a menores de 16 años y del 60% de las violaciones durante el año 2024 con respecto al ejercicio anterior en la comunidad autónoma.

Díaz Manzanera ha hecho estas declaraciones antes de participar en una reunión de coordinación con la Policía Nacional con el fin de mejorar en la persecución por la vía penal de los delitos cometidos fundamentalmente por organizaciones y grupos criminales.

Así, ha revelado que las agresiones sexuales han experimentado un aumento del 19,8%, con un total de 1.139 casos, mientras que las violaciones han pasado de 5 a 8, lo que supone un incremento del 60%, y, en el caso de las víctimas menores de edad se ha registrado una quincena, lo que representa un ascenso del 114%.

"El número total puede considerarse no excesivo, pero sí es significativo el porcentaje de aumento", ha señalado al respecto.

El fiscal superior ha puesto especial énfasis en el incremento de los delitos contra la libertad, que han crecido un 16,5%, particularmente los casos de acoso --con +43,9%, hasta los 154-- y las violaciones cometidas por mayores de edad a menores.

También se han incremento los homicidios (+30%); las amenazas a familiares (+24,5%); los delitos contra el patrimonio (+11,5%); el fraude tributario (+75%); los delitos contra los trabajadores (+59,6%); los relacionados con la seguridad del tráfico (+8,6%) y el tráfico de drogas (+4,2%).

En el ámbito de los delitos medioambientales, Díaz Manzanera ha destacado un aumento "significativo", especialmente en lo referente a patrimonio histórico (con siete, +133,3%), ordenación del territorio (92, +104,4%) y delitos contra la flora y fauna (+500% y +300%).

Asimismo, ha destacado el "ligero" descenso de los delitos de violencia contra la mujer y violencia de género. 

"Es un aspecto que siempre he dicho que es muy difícil rebajar a través de la sanción penal, es más bien un tema cultural y educacional", ha puntualizado Díaz Manzanera.

En concreto, ha señalado que los delitos relacionados con la violencia doméstica han ascendido a 2.489 (-7%) y los de violencia doméstica habitual a 831 (-22%).

Ha expresado su preocupación por el aumento de delitos de acoso que involucran a menores, tanto cuando son autores como víctimas.

 "El problema se sigue consolidando, y una de las causas puede ser la facilidad con la que los menores acceden a las nuevas tecnologías", ha indicado.

Díaz Manzanera ha anunciado la próxima implementación de un nuevo sistema de interconexión telemática con la Policía Nacional, que permitirá una comunicación más eficiente.

 "Estamos ultimando una aplicación específica de dirección de investigación a través de la cual las fuerzas policiales podrán dirigirse a la Fiscalía por vía telemática", ha explicado.

Respecto a la situación judicial en la Región, el fiscal ha criticado la falta de medios personales. 

"Somos posiblemente los peores dotados de España en cuanto a infraestructuras personales", ha denunciado, insistiendo en la necesidad de aumentar los recursos para acortar los periodos de respuesta judicial.

El fiscal superior ha contextualizado estas declaraciones en el marco de una reunión anual de coordinación con la Policía Nacional, en la que se abordan temas de criminalidad y se prepara el terreno para la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal, que asignará la instrucción de lasa causas penales a la Fiscalía, despareciendo los juzgados de instrucción.

Díaz Manzanera ha subrayado la importancia de estas reuniones para mejorar la persecución de delitos y analizar las causas del aumento de la criminalidad en determinados ámbitos. 

"Estas reuniones redundan en beneficio de los ciudadanos a la hora de conseguir éxito en la investigación de delitos", ha concluido.

Además, ha defendido el juicio rápido como proceso penal para agilizar los casos en los que están involucradas bandas y organizaciones criminales.

Así, ha comentado que, aunque es "muy complicado" porque estos casos "no son de tramitación sencilla", sí hay "muchos supuestos", sobre todo en los que tienen que ver con autores multirreincidentes, en los que "se puede plantear el que se lleve por la vía de juicio rápido".

Al hilo, ha recordado que en la Región más del 60% de los juicios son rápidos, y siete de cada diez de ellos, conformidades.

 "Por esa vía se agiliza mucho y a su vez se favorece al delincuente la posibilidad de que si se tramita por juicio rápido se pueda rebajar un tercio la condena en base a la conformidad que pueda prestar", ha agregado.

Por su parte, el jefe superior de Policía de la Región de Murcia, Ignacio Fermín del Olmo, ha alertado sobre los riesgos de Internet para los menores y ha reclamado medidas urgentes para garantizar su seguridad digital.

 "Internet no fue diseñado para ser seguro", ha manifestado.

Del Olmo ha destacado la necesidad de implementar medidas que considera fundamentales para combatir los delitos en línea. 

"La identificación de usuario en Internet a través de medios biológicos, como la huella dactilar, sería crucial para perseguir penalmente al autor", ha explicado.

El responsable policial ha mostrado su preocupación por el acceso temprano de menores a contenidos inapropiados.

 "Nos estamos encontrando con un fenómeno muy preocupante: el acceso a pornografía de menores de 9 años a través de teléfonos móviles", ha señalado.

Ha subrayado que los protocolos actuales de Internet identifican equipos, no usuarios, lo que dificulta la persecución de delitos.

 "A través de redes sociales, uno puede fingir identidades que no son verdaderamente las del autor", ha advertido.

Del Olmo ha insistido en la importancia del control parental y ha alertado sobre los riesgos que pueden derivarse de esta situación.

 "Esto crea un escenario realmente preocupante que puede dar lugar a situaciones de acoso, agresiones sexuales e incluso violaciones", ha manifestado.

Del mismo modo, ha matizado que un aumento de la tasa delictiva no significa necesariamente más inseguridad.

 "Puede ser consecuencia de un buen trabajo por parte de todos los estamentos implicados", ha explicado el responsable policial, que ha destacado la profesionalidad de los equipos en la Región.

miércoles, 19 de marzo de 2025

La Región volvió a superar en 2024 la tasa de litigiosidad media nacional, con 162,29 asuntos por cada mil habitantes

 MURCIA.- Los órganos judiciales de la Región de Murcia recibieron durante 2024 un 16,1 por ciento más de nuevos asuntos que el año anterior al haberse registrado un total de 254.555, cinco puntos por encima del crecimiento medio nacional.

La capacidad de resolución de los tribunales de la comunidad también creció considerablemente y el total de asuntos resueltos (228.735) experimentó un incremento interanual del 27,7 por ciento, más del doble del aumento en el resto del país (13,2 %). Pese a ello, los asuntos que quedaron en trámite a 31 de diciembre (206.805) aumentaron un 15,4 por ciento.

Los datos de la actividad de los órganos judiciales durante el pasado año están incluidos en el informe sobre la Situación de los órganos judiciales, elaborado por el Servicio de Estadística y hecho público hoy por el Consejo General del Poder Judicial, que muestra cómo el número de nuevos asuntos aumentó en todos los órdenes jurisdiccionales durante 2024 y sobre todo en la jurisdicción Civil y Social.

Para el correcto análisis de la evolución de las tasas de ingreso y resolución hay que tener en cuenta que, en el primer semestre de 2023, periodo utilizado para la comparación, confluyeron dos huelgas en la Administración de Justicia, con especial incidencia en la Región de Murcia, que supusieron una importante paralización de la actividad judicial, cuya recuperación se empieza a observar en los datos ahora publicados.

En el orden Civil, los órganos judiciales registraron 116.894 asuntos en 2024, lo que equivale a un incremento del 28,4 por ciento respecto al año anterior. Esta jurisdicción mostró una elevada capacidad de resolución: los asuntos resueltos sumaron 93.669, un 45,7 por ciento más que en 2023. Por último, la pendencia creció un 20,9 por ciento al quedar en trámite 130.315 asuntos.

En la jurisdicción Penal ingresaron 116.116 asuntos, con un incremento interanual del 5,5 por ciento; se resolvieron 115.185 asuntos, un 14,6 por ciento más respecto a 2023, y quedaron en trámite 52.574 asuntos, lo que supone un incremento del 6,4 por ciento respecto al ejercicio anterior.

En la jurisdicción Contencioso-Administrativa, la entrada de 6.342 nuevos asuntos registró un ascenso moderado, del 3,5 por ciento. Pero, sí crecieron de forma significativa el número de asuntos resueltos, en un 26,2 por ciento, al sumar 6.650. En este orden jurisdiccional se logró contener la pendencia siendo los 6.991 asuntos que quedaron en trámite al final del año, un 1,3 por ciento menos que en el ejercicio anterior.

El ingreso de 15.203 nuevos asuntos en la jurisdicción Social supuso un incremento del 27,7 por ciento respecto a 2023. El número de asuntos resueltos creció un 45,7 por ciento respecto al año anterior al alcanzar la cifra de 13.231. Los que quedaron en trámite al final del año fueron 16.925, un 13,9 por ciento más.

La tasa de litigiosidad en el conjunto de España en 2024 fue de 160,41 asuntos por cada 1.000 habitantes. Las Comunidades Autónomas que mostraron una tasa de litigiosidad superior a la nacional fueron Canarias (212,51), Madrid (178,39), Asturias (165,37), Andalucía (163), Murcia (162,29) y Baleares (162,12).

lunes, 17 de marzo de 2025

Los órganos judiciales de la Región registraron 3.293 demandas de disolución matrimonial en 2024

 MURCIA.- Los órganos judiciales de la Región de Murcia registraron 3.293 demandas de disolución matrimonial en 2024, lo que representa un 3,9% más que en registradas en 2023, según datos publicados este lunes por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Tal y como recoge el informe, las demandas de divorcio consensuadas registradas en 2024 fueron 1.646, un 1,5% más en términos interanuales, mientras que los divorcios no consensuados ascendieron a 1.505, un 4% más.

También se produjo un aumento en las separaciones matrimoniales registradas en 2024. Por un lado, las no consensuadas fueron 45 (+21,6%) y, por otro, las consensuadas 94 (+44,6%). Por su parte, las nulidades matrimoniales de 2024 fueron tres frente a una en 2023.

Poniendo en relación las demandas de disolución matrimonial del total del año con la población a 1 de enero de 2024, el número de demandas de disolución por cada 100.000 habitantes en España fue de 199, mientras que en la comunidad se situaron en 212,3, cuarta tasa más elevada.

En concreto, con cifras superiores a la Región de Murcia solo figuraron Canarias, con 236,4 demandas de disolución matrimonial por cada 100.000 habitantes; Comunidad Valenciana, con 221,9, y Baleares, con 219,9.

Tras la Región se encuentran Andalucía, con 211,6; La Rioja, con 206,7; y Castilla-La Mancha, con 204,6. Por debajo de la media nacional se situaron Galicia, con 195,2; Navarra, con 194,9; Cataluña, con 193,3; Asturias, con 192,2; Cantabria, con 187,9; Aragón, con 184,4; Madrid, con 181,2; Extremadura, con 180,3; Castilla y León, con 169,7; y País Vasco, con 168,1.

En 2024 se presentaron 3.645 demandas de modificación de medidas, un 6,9% más que en el año anterior. Aumentaron las consensuadas un 6,7% y las demandas de modificación de medidas no consensuadas, que alcanzaron la cifra de 2.385, un 6,3% más alta que la registrada en 2023.

lunes, 10 de marzo de 2025

La Fiscalía Anticorrupción abre una investigación a Vox por financiación irregular

MADRID.- La Fiscalía Anticorrupción ha iniciado una investigación contra Vox por presunta financiación irregular, después de que el PSOE interpusiera una denuncia contra la formación de Santiago Abascal el pasado mes de diciembre al considerar que utilizada métodos para captar fondos de manera opaca, además de fondos extranjeros de modo ilegal.

Así lo ha adelantado 'El Independiente' y han confirmado fuentes fiscales, que han señalado que el fiscal jefe Alejandro Luzón ha acordado iniciar un procedimiento reservado contra Vox esgrimiendo que hay base para indagar en la supuesta financiación irregular.

El PSOE presentó el pasado 13 de diciembre una denuncia contra Vox ante la Fiscalía General del Estado por financiación irregular tras haber hecho un análisis "exhaustivo" de la financiación de la formación liderada por Santiago Abascal y concluir que podría estar incurriendo en un delito de financiación ilegal de partidos políticos recogido en el artículo 304 bis del Código Penal.

Los socialistas aseguraron haber constatado que al menos desde el año 2020 hasta la actualidad, en las mesas informativas que Vox despliega a lo largo de todo el territorio español incorporaba una serie de elementos de captación de ingresos económicos a modo de "huchas" o "cajas de caudales", junto con una serie de elementos de merchandising "con el objetivo de captar fondos en metálico de un modo absolutamente opaco".

Una práctica "absolutamente irregular" a juicio del PSOE que podría haber recaudado 5 millones de euros, que se suman a la ausencia de contabilidad en la que deberían de registrarse "las donaciones anónimas y las ventas promocionales".

En la denuncia también incluyen el préstamo de 6 millones y medio de euros concedido por la entidad MBH Bank Nyrt; un banco húngaro cuyo principal accionista es un fondo estatal húngaro y vinculado al primer ministro, Viktor Orban. 

Según los socialistas, este préstamo infringe la normativa que prohíbe a los partidos recibir financiación de organismos, entidades o empresas públicas extranjeras.

Los de Abascal reconocieron haber recibido nueve millones de euros del banco húngaro MBH para financiar campañas electorales de las elecciones municipales y generales de 2023, asegurando que las entidades bancarias españolas se negasen a prestarles dinero porque "no quieren financiarles".

miércoles, 5 de marzo de 2025

Podemos exige la dimisión de la alcaldesa de Puerto Lumbreras "que será juzgada por prevaricación"

 MURCIA.- El diputado de Podemos, Víctor Egío, ha exigido la dimisión de la alcaldesa de Puerto Lumbreras, María Ángeles Túnez, "que será juzgada por prevaricación", según informaron fuentes de la formación morada en un comunicado.

En concreto, cabe recordar que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Lorca ha ordenado la apertura de juicio oral a la alcaldesa de Puerto Lumbreras por un presunto delito continuado de prevaricación en la tramitación de la ampliación de una granja porcina.

Así, Egío ha señalado que el caso de la ampliación presuntamente ilegal de una granja con más de 35 naves, de la que se acusa a María Ángeles Túnez, "demuestra la complicidad del PP con el lobby porcino, que ha inundado de macrogranjas la Región y que está fuera de control".

"María Ángeles Túnez debe dimitir", tal y como ha afirmado Egío, quien ha expresado así la posición de Podemos con respecto a la apertura de juicio oral contra la alcaldesa de Puerto Lumbreras, acusada de prevaricación por la presunta ampliación ilegal de una granja.

Para el portavoz morado, si Túnez no abandona sus responsabilidades es el presidente del PPRM, Fernando López Miras, "el que debe exigirle que se aparte del cargo y echarla de su partido".

En este sentido, Egío ha recordado que a la alcaldesa "no se la va a juzgar por un delito menor" y que este caso "demuestra lo que Podemos viene denunciando desde hace tiempo".

 Se ha referido a la "complicidad del Partido Popular con el lobby del sector cárnico, con el lobby porcino", un sector "que ha inundado de macrogranjas la Región de Murcia, especialmente el campo de Cartagena, con el daño que supone para el Mar Menor, y que se encuentra absolutamente fuera de control".

El Juzgado de Instrucción nº 7 de Lorca pide 12 años de inhabilitación para Túnez y 600.000 euros de multa para el empresario.

viernes, 28 de febrero de 2025

El Supremo reitera que los interinos no pueden ser fijos automáticamente sin proceso de selección

 MADRID.- El Tribunal Supremo ha reiterado, en dos sentencias publicadas este jueves, que el ordenamiento jurídico español no permite convertir en funcionario fijo o equiparable a quien ha recibido nombramientos temporales abusivos sin que medien los procesos selectivos previstos por la ley.

En dos sentencias fechadas el pasado 11 de febrero, la sala de lo contencioso rechaza los recursos de una interina que trabajó durante más de 13 años en los Servicios Centrales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y por un profesor de Enseñanza Secundaria que estuvo en la misma situación durante más de 29 años.

La Sala indica que su criterio, que reitera el expuesto en ocasiones anteriores, no se opone a la directiva europea aplicable ni al fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado mes de junio. 

El TJUE avaló convertir a los interinos en trabajadores con contrato indefinido como medida sancionadora frente al abuso de contratos temporales siempre y cuando «no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la ley». 

El Supremo admite que quien haya sido objeto de nombramientos temporales abusivos, si acredita haber sufrido perjuicios por esa causa, tendrá derecho a ser indemnizado.

Pero el Derecho español, recuerda el Supremo, «no permite convertir al personal temporal de la Administración en funcionario de carrera o personal fijo de la misma equiparable sin que medien los procesos selectivos previstos legalmente para acceder a esa condición». 

Es decir, que deben seguirse procesos respaldados por méritos y capacidad e igualdad, convocados con tal fin y «resueltos con todas las garantías por órganos caracterizados por la objetividad en el desempeño de su función».

miércoles, 26 de febrero de 2025

Fiscalía y acusación particular no ceden en sus pretensiones penales sobre el ex consejero Juan Carlos Ruiz

 MADRID.- Durante su intervención en la sesión del juicio que ha tenido lugar este miércoles en la Audiencia Nacional, la fiscal ha detallado en su intervención los pormenores de la presunta trama de corrupción en el marco de la operación 'Púnica' que afecta al exconsejero del Gobierno de Murcia, Juan Carlos Ruiz, revelando un entramado de adjudicaciones contractuales a cambio de servicios de reputación digital.

La representante del Ministerio Público ha explicado que "el cohecho se produce cuando hay un intercambio: yo te doy algo a cambio de que tú me des un contrato público". Ha destacado que en este caso quedó "suficientemente probado" que existía un acuerdo entre el empresario A.P. y el entonces consejero Juan Carlos Ruiz para obtener contratos a cambio de trabajos de mejora reputacional.

La Fiscal ha señalado que las conversaciones intervenidas demostrarían que se diseñaron los contratos "a medida" para favorecer a una empresa concreta, EICO, "manipulando" los pliegos de condiciones y el precio de licitación. 

"Los empresarios fijaban el precio del contrato", ha subrayado.

Ha explicado que el modus operandi consistía en crear una red de medios digitales para publicar noticias favorables y desplazar informaciones negativas sobre cargos públicos. 

"Necesitaban una red de diarios para redirigir y trabajar la reputación", ha manifestado.

Entre las pruebas presentadas, la fiscal ha destacado conversaciones telefónicas y correos electrónicos que demostrarían la coordinación entre los imputados para diseñar los contratos. 

"No se hablaba de precio con los técnicos", ha revelado.

Ha detallado cómo se creaban estrategias para que las ofertas presentadas beneficiaran siempre a la misma empresa, con llamadas donde se acordaba previamente el contenido de las propuestas. 

"Las otras propuestas tenían que ir con menos tiempo y más caras", ha señalado.

La representante del Ministerio Público ha explicado que el trabajo consistía en crear contenidos en medios digitales para mejorar la imagen de cargos públicos, utilizando técnicas de posicionamiento web y SEO para desplazar noticias negativas.

Finalmente, ha argumentado que los delitos de cohecho y fraude son compatibles al proteger bienes jurídicos diferentes: "El cohecho atenta contra la función pública y el fraude contra el patrimonio de la Administración", ha concluido.

En cuanto a la abogada de la acusación particular, ha detallado la estrategia de reputación online desarrollada para el entonces consejero con el objetivo de posicionarlo como "candidato político". 

"Como expuso A.P., sus empresas eran pioneras en la utilización de internet y las redes sociales para promocionar personas", ha explicado la letrada.

La representante legal ha destacado que la estrategia implicaba la creación de contenidos en medios digitales para mejorar la percepción pública del consejero y ha señalado que el objetivo era posicionarlo como potencial sucesor del entonces presidente del Gobierno regional.

La acusación ha señalado que la empresa EICO utilizaba técnicas como la compra de seguidores en redes sociales mediante bots, llegando a gastar "200.000 euros en noviembre y otros 200.000 antes de mayo" para generar tráfico artificial.

 "Había que conseguir que estas noticias tuviesen movimiento en Google", ha explicado la letrada.

La intervención ha puesto de manifiesto que los servicios se pagaron mediante una "perversión del proceso de contratación pública", utilizando mecanismos como contratos menores y negociados sin publicidad. 

"El servicio real era la reputación del consejero", ha enfatizado la abogada.

La representante legal ha concluido su intervención destacando la posición de la Comisión Europea contra estas prácticas, citando documentos que consideran estas estrategias como una amenaza para "la libertad de expresión y los regímenes democráticos". 

"Los servicios de EICO vulneraban el debate público y el derecho a la información veraz", ha sentenciado. 

El abogado murciano Raúl Pardo Geijo, que ejerce la defensa del ex consejero de Industria y Turismo de la Región de Murcia ha pedido la absolución de su defendido en el marco de la operación 'Púnica' argumentando la ausencia de pruebas y que "no existe absolutamente ningún dato que permita afirmar delito alguno".

Durante su intervención en la sesión del juicio que ha tenido lugar este miércoles en la Audiencia Nacional, Pardo Geijo ha argumentado que los escritos de acusación "parten de un error de base" respecto al objeto del procedimiento.

 "El auto de transformación dice que el consejero se concierta con A.P. para hacerle reputación a cambio de un contrato, pero las acusaciones --popular y pública-- sostienen hechos muy distintos", ha manifestado.

El letrado ha defendido la legalidad del contrato y ha negado cualquier intención de defraudar a la Administración.

 "El contrato es legal, las empresas eran reales y tenían capacidad para realizarlo", ha señalado, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo que avalaría su argumentación.

Respecto al delito de tráfico de influencias, Pardo Geijo ha señalado que no se puede demostrar que su cliente ejerciera presión sobre ningún funcionario. 

"¿Puede afirmarse que mi defendido hiciese algún acto que hubiera alterado la voluntad inicial de la directora del Instituto de Turismo de la Región de Murcia (ITREM)?", ha cuestionado.

En relación al supuesto cohecho, el abogado ha negado cualquier pacto para obtener reputación a cambio del contrato.

 "No existe ningún dato en el procedimiento que permita afirmar que el consejero acordó contratar con Madiba a cambio de realizarle la reputación", ha subrayado.

El letrado ha destacado que su cliente ni siquiera conocía a A.P. en los primeros meses de 2014. 

"En mayo o julio no tenía ni idea de quién era" este empresario, ha manifestado, poniendo en duda la versión de las acusaciones.

Pardo Geijo ha cuestionado la lógica de un supuesto pacto de reputación, señalando que si realmente existiera, los actos reputacionales se habrían realizado inmediatamente después de iniciarse el proyecto, no meses después.

La defensa ha insistido en que no existe prueba alguna de que el contrato del ITREM fuera una excusa para pagar la reputación del consejero. "El contrato era real y respondía a trabajos concretos", ha argumentado.

Finalmente, el abogado ha solicitado la absolución de su cliente, argumentando la ausencia de pruebas y la falta de tipicidad en los delitos imputados.

 "Procede decretar la absolución de mi representado", ha concluido.

lunes, 24 de febrero de 2025

El Tribunal Supremo rechaza las peticiones del fiscal general sobre las solicitudes de información a Google y WhatsApp

 MADRID.- El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado las peticiones que hizo el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en relación con las comisiones rogatorias enviadas a Irlanda para obtener información de Google y WhatsApp en aras a intentar recuperar el contenido eliminado de sus dispositivos electrónicos, indicando que acceder a lo solicitado por el jefe del Ministerio Público supondría trasladar la decisión a un "juez extranjero".

El magistrado Ángel Hurtado responde a un escrito presentado por la defensa de García Ortiz, donde pedía que se informara a Eurojust, para que a su vez lo hiciera a las autoridades irlandesas, de que las comisiones rogatorias estaban recurridas, así como los argumentos por los que se había opuesto.

Hurtado lo rechaza esgrimiendo que "operar como pretende la representación del investigado es dejar en manos de un juez extranjero, que haga valoración de un material, que tendría que pasar por los criterios sujetos a su propia normativa, y, además, en función de las alegaciones de un sola de las partes, con vulneración del principio de contradicción, y esto supondría trasladarle a aquél una cuestión que (...) debe sustanciarse por los tribunales españoles".

En este sentido, recuerda que la comisión rogatoria es un instrumento "de colaboración entre autoridades judiciales de distintos estados para la realización de determinadas diligencias judiciales que acuerda el juez de uno de ellos para su ejecución en otro, donde se encuentran elementos que precisa para su propia investigación el primero, que es quien ha de tomar la decisión que corresponda".

El instructor señala además que la "genérica invocación" que hace García Ortiz "a su derecho de defensa" para sostener tales peticiones es "insuficiente, ya que, de acceder a lo que se pide en los términos que se pide, al margen de trasladar el debate sobre la instrucción de la causa fuera de las presentes actuaciones, además, a un tribunal extranjero, sería en los limitados términos que lo plantea una sola parte, con lo de merma que, para el derecho a la tutela judicial efectiva de otras partes, podría suponer".

Hurtado pidió a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que intentara recuperar el contenido del WhatsApp de García Ortiz, cuyos mensajes borró hasta dos veces el mismo día que le encausó el TS, el pasado 16 de octubre, de acuerdo con la propia UCO; así como el de su cuenta personal de correo electrónico, que también eliminó, en este caso entre el 27 y 28 de diciembre, según reveló él mismo.

En consecuencia, cursó comisión rogatoria a los proveedores de servicios WhatsApp y Google para que aporten cuantos datos obren en su poder respecto de García Ortiz.

viernes, 21 de febrero de 2025

IU-Verdes denuncia a Vox por discursos de odio en la Región de Murcia

 TOTANA.- Izquierda Unida-Verdes de la Región de Murcia ha presentado una denuncia ante la Fiscalía Provincial contra la formación política Vox por la presunta comisión de un delito de odio, tipificado en el artículo 510 del Código Penal. 

La denuncia, interpuesta en representación del coordinador regional de IU, José Luis Álvarez Castellanos, señala diversas acciones y manifestaciones realizadas por miembros de Vox que, según la formación de izquierdas, fomentan la discriminación, la hostilidad y la violencia contra colectivos vulnerables, en particular las personas migrantes y las mujeres.

Entre los hechos denunciados, IU destaca la distribución de folletos con mensajes de contenido xenófobo y racista por parte de Vox en varios municipios murcianos. El 11 de enero de 2025, en Alhama de Murcia, se repartieron panfletos con frases como «Extreme la precaución en esta zona. Partido Popular y Partido Socialista están repartiendo ilegales aquí». 

 Del mismo modo, en Cartagena, los días 18 y 19 de enero de 2025, la formación desplegó propaganda con el lema “El reparto de ilegales”, lo que, a juicio de IU, criminaliza a la población migrante y genera alarma social.

Otro episodio señalado en la denuncia tuvo lugar el pasado 19 de febrero en el mercado semanal de Totana, donde miembros de Vox, incluyendo el diputado regional Ignacio Arcas y el portavoz local Marcos Cano, participaron en un acto de difusión de panfletos con mensajes similares.

Además, la denuncia también hace referencia a la sede regional de Vox en Murcia, donde se mantiene visible propaganda con contenido de odio, y a un vídeo difundido en redes sociales por el teniente de alcalde de Molina de Segura, Antonio Martínez Sánchez (Vox), en el que se vierten mensajes racistas y misóginos.

Izquierda Unida argumenta que estos hechos podrían ser constitutivos de un delito de odio conforme al Código Penal y solicita a la Fiscalía que inicie las diligencias oportunas para investigar los hechos y, en su caso, ejercer la acción penal contra los responsables.

Desde IU han subrayado que este tipo de discursos «atentan contra la dignidad de las personas y no pueden quedar impunes en una sociedad democrática». 

Asimismo, han instado a las instituciones públicas a actuar con contundencia para frenar la proliferación de mensajes que inciten a la discriminación y el odio.

viernes, 14 de febrero de 2025

Vox denunciará en el juzgado al diputado de Podemos Víctor Egío por incitar a la violencia contra los cargos del partido

 CARTAGENA.- El Grupo Parlamentario Vox en la Asamblea Regional de Murcia presentará en las próximas horas una denuncia en el Juzgado de Guardia contra el diputado de Podemos, Víctor Egío, por sus manifestaciones incitando a la violencia contra los cargos electos de Vox.

El portavoz adjunto del GP Vox, el ultra Rubén Martínez Alpañez, ha calificado de "inadmisibles" las declaraciones vertidas por Egío, quien "alentaba e invitaba a todos los cazadores a disparar directamente contra los cargos públicos de Vox, contra todos nuestros diputados y concejales". 

Además, el diputado de Podemos "denigró a todos los cazadores, llamándolos sádicos en su intervención".

"Es intolerable en un Estado de Derecho que aquellos que no comparten su ideología sean objeto de este tipo de ataques. No vamos a permitir que se ultraje el honor y la reputación de todos y cada uno de los diputados de Vox, que trabajan por mejorar España y ofrecer soluciones reales a nuestros compatriotas", ha afirmado Alpañez.

jueves, 30 de enero de 2025

La Audiencia Provincial de Murcia revoca el archivo de las diligencias por homicidio imprudente en la plaza de toros en 2022


MURCIA.- La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia, en un auto notificado este miércoles, ha revocado el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas por un homicidio imprudente en la plaza de toros de la capital en septiembre de 2022, tras el fallecimiento de un hombre que sufrió una embestida mortal cuando entró en la zona de corrales para apuntillar a un toro devuelto, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJMU) en un comunicado.

La resolución relata que, finalizada la corrida, la víctima, un conocido carnicero que había asistido como espectador al espectáculo taurino, se dirigió al desolladero donde estaban los carniceros y cogió un cuchillo para trasladarse a la zona del cuadro donde se da muerte al sobrero, desprovisto de indumentaria adecuada para esta tarea y en el estado etílico.

Los magistrados de la Audiencia Provincial consideran que existen indicios para que el procedimiento siga su curso respecto a los empresarios responsables de la gestión de la plaza de toros y de la venta de la carne de los astados, por posible omisión en la adopción de medidas de seguridad y la ausencia de protocolos para la realización de esta actividad empresarial.

Así, subrayan que, "tal como se deduce del informe de inspección en relación con la empresa", la causa principal del accidente fue "la falta de medidas de prevención total del personal que realiza las labores de puntillero".

El informe apunta, además, que "la causa secundaria fue la falta de evaluación adecuada de este procedimiento, inherente al proceso productivo de la empresa que tiene que finalizar con la muerte del astado en el coso o bien en corrales, recogiendo la figura del puntillero de forma ambigua".

La inspección concluye que, "aun no siendo la víctima una persona que prestara directamente servicios profesionales" para la empresa "ni estuviera dada de alta con el mismo, estaba desempeñando una actividad totalmente necesaria para el objeto social de la entidad que explota la plaza y de la que resultaba beneficiaria".

Los magistrados recuerdan que la víctima no era "un trabajador que prestara servicios profesionales ese día, previamente pactados, con ninguna de las dos empresas, sino que estaba como espectador del evento, y, por tanto, la ingesta de bebidas alcohólicas en mayor o menor medida le estaba permitida, pudiendo consumir a voluntad".

No obstante, inciden en este punto en que, aunque el fallecido no era empleado directo de ninguno de los dos empresarios, realizó una actividad laboral que beneficiaba a ambos y, por tanto, debían ser garantes de cómo se ejecutaba.

Tras analizar la jurisprudencia que desarrolla el delito imprudente, la resolución subraya que, "no se trata de meros incumplimientos formales, a priori, dignos solo de permanecer en la esfera administrativa o laboral, porque la ausencia de medidas de seguridad era absoluta en relación con la peligrosa actividad a realizar de enfrentarse a un toro bravo".

Y concluye que, "en el supuesto de autos se puede hablar de omisión de la diligencia exigible tanto respecto del empresario de la plaza como del empresario de la carne, en ambos supuestos por omisión, al no haber adoptado las precauciones para evitar que una persona como el fallecido pudiera acceder a la zona del cuadro, a pesar de ir ataviado en pantalón corto, camiseta y sandalias, sin protección de ningún tipo y con un grado de intoxicación etílica elevadísimo, que mermaba considerablemente sus facultades, sin poner reparo alguno".

Y ello ocurrió porque "no existía ninguna medida de control respecto a dicha actividad, y se hizo costumbre dejar pasar al pasillo de acceso al cuadro a cualquier carnicero (véase que no solo entró la víctima sino otro carnicero) que resultara conocido en el entorno", añade el documento.

Por ello, la Sala considera que el auto de sobreseimiento provisional de las actuaciones debe ser revocado y el procedimiento debe continuar respecto a los dos investigados, manteniendo el sobreseimiento provisional de las actuaciones en relación al resto.

miércoles, 29 de enero de 2025

El arrui de Sierra Espuña quiere arruinar el nombramiento de la jueza Uris como magistrada del Tribunal Supremo


MURCIA.- El abogado José Luis Mazón Costa ha impugnado con fecha de este miércoles 29 de enero, mediante recurso de alzada, el nombramiento por el Consejo General del Poder Judicial de la jueza aguileña Consuelo Uris Lloret, perteneciente a Jueces para la Democracia, como nueva magistrada de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, extremo conocido también hoy mismo.


"AL PLENO DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Que quien ha demostrado ser cruel con los animales como decía el filósofo Schopenhauer no puede ser buena persona y alguien que no es buena persona no debería si quiera ser juez (comunicado inserto de la Asociación Protectora del Arruí) deben de ser por mérito y no por PADRINAZGO de un partido favorecido por la labor judicial de la nombrada.

LA ASOCIACION PROTECTORA DE LOS ARRUÍS, representada por su presidente JOSE LUIS MAZÓN COSTA, conforme se acredita en poder adjunto, y domicilio de notificaciones en email: despacho@joseluismazonabogado.com, físico en calle XXX, Madrid, ante el PLENO formula RECURSO DE REPOSICIÓN contra acuerdo de fecha 29.1.25 por el que nombra magistrada del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo a la magistrada CONSUELO URIS LLORET.

VULNERACION DEL DERECHO A LA INDEPENDENCIA DE LOS JUECES, RESPECTO DE LOS GRUPOS POLÍTICOS QUE LES NOMBRAN PARA LA MAGISTRATURA SUPREMA DEL ESTADO, STC 1986 SOBRE NOMBRAMIENTO DE VOCALES DEL CGPJ.

Dijo el TC en su sentencia de PLENO de 1986 (1) que el nombramiento de vocales del CGPJ por los partidos políticos era conforme a la CE siempre y cuando no se hiciera por CUPOS.

Este criterio es aplicable al caso, máxime tratándose no de vocales de nombramiento político sino de MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO que son nombramientos vitalicios que deben de ser por mérito y no por PADRINAZGO de un partido favorecido por la labor judicial de la nombrada.

Afirmamos que la nombrada impugnada SRA URIS ha entrado por el cupo del PP en el nombramiento de magistrados del TS y debido a una ejecutoria de favores prestados al PP desde su condición de magistrada de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Murcia donde ya obtuvo su nombramiento de presidenta por el mismo método, es decir favorecer los intereses del PP en los contenciosos de alta importancia que ella podía controlar. Todo esto es un “secreto a voces” en el foro murciano.

LOS ARRUÍS de Murcia fueron sacrificados con una masacre gratuita que la magistrada no quiso suspender porque estaba ordenada por los que le iban a dar el cargo de presidenta de la sala de lo contencioso del TSJ (como así fue al poco) , y la suspensión conjugó la crueldad de esta mujer, inducida por su condición de notoria trepadora política, con la ambición del escalamiento de puesto gubernativo dentro de la justicia (que siguen el mismo método que el nombramiento de plazas de magistrados del TS, por cuotas por “padrinazgo” por ahora de PP o PSOE) y los arruís y esta asociación defensora fueron perjudicados por la labor de esta magistrada amiga y servidora de los intereses del PP y sus satélites (Gobierno Regional, Ayuntamientos, etc…) como se detallará en el contencioso si el Supremo admite la tramitación como le hizo a los litigantes de “Hay Derecho” en el caso del Consejo de Estado.

JURIDICAMENTE no hace falta demostrar que URIS es servidora judicial del PP y que le ha hecho en Murcia grandes favores, esto explica por qué una jurista de medio nivel puede llegar al Supremo supuestamente reservado para el alto nivel, el “generalato” de la judicatura española. JURIDICAMENTE solo es necesario ver que el fruto de un árbol envenado el sistema de CUPOS por bloques del CGPJ, PP y PSOE y sus satélites, la APM y JYJPD.

Los cupos están prohibidos, lo prohibió la STC Pleno 108 de 1986.

Este criterio es aplicable al caso, máxime tratándose no de vocales de nombramiento político sino de MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO que son nombramientos vitalicios que

1 108/1986, de 29 de julio véase fundamento 13 donde reconoce que los cupos por partidos que es notoriamente lo que rige actualmente los nombramientos, van contra la CE

EXTRACTO FUNDAMENTO 13 DE LA STC PLENO 1986:

Ciertamente, se corre el riesgo de frustrar la finalidad señalada de la norma constitucional si las Cámaras, a la hora de efectuar sus propuestas, olvidan el objetivo perseguido y, actuando con criterios admisibles en otros terrenos, pero no en éste, atiendan sólo a la división de fuerzas existente en su propio seno y distribuyen los puestos a cubrir entre los distintos partidos, en proporción a la fuerza parlamentaría de éstos. La lógica del Estado de partidos empuja a actuaciones de este género, pero esa misma lógica obliga a mantener al margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y entre ellos, y señaladamente, el Poder Judicial.

La existencia y aun la probabilidad de ese riesgo, creado por un precepto que hace posible, aunque no necesaria, una actuación contraria al espíritu de la norma constitucional, parece aconsejar su sustitución, pero no es fundamento bastante para declarar su invalidez, ya que es doctrina constante de este Tribunal que la validez de la ley ha de ser preservada cuando su texto no impide una interpretación adecuada a la Constitución. Ocurriendo así en el presente caso, pues el precepto impugnado es susceptible de una interpretación conforme a la Constitución y no impone necesariamente actuaciones contrarias a ella, procede declarar que ese precepto no es contrario a la Constitución.

Vamos a ver que dice el TS, el TC o el TEDH sobre esta cuestión que por cosa parecida a Polonia le han condenado en el TEDH por un sistema que permite “meter la mano” en el nombramiento de jueces del TS a los partidos. ¿Aplicarán a España la misma regla que ya aplicó el TC en 1986 se olvidó del tema?.

La jueza española actual es del OPUS DEI y como suele tener mucha mano el juez español para decir que caso admiten (esto lo dice el ex magistrado TEDH Javier Borrego públicamente), así que no es el OPUS sinómino de justicia sino de intereses ocultos, politiqueos y culto al dinero que para eso lo fundó el falso santo Escrivá un 2 de octubre de 1928 cuando un dios sotánico (y satánico) se le aparece y le ordena crear una secta aberrante.

Los arruís son el otro lado de la existencia, son enviados de la Divina Naturaleza para arruinar a los que contravienen las normas esenciales de la Madre Naturaleza. Esa matanza salvaje que autorizó le pasa factura al trasgresor. Y seguramente afectará al propio juicio final de la persona en los que los jueces al uso no creen, son “ateos de la justicia”.

Quousque tandem abutere Catalina, patentiae nostra?


POR ELLO INTERESO AL PLENO la revocación de dicho nombramiento de fecha de hoy 29.1.25

OTROSI que la representación ya consta acreditada en los archivos del CGPJ en la diligencia informativa del Promotor 345/2018, por lo que no es precisa su nueva aportación.

Madrid 29.1.25

Anexo articulo escrito sobre la ejecutoria de URIS por la protectora de los ARRUIS que ahora salen de sus humildes tumbas animales porque tienen espíritu y deseo de justicia contra la URIS ARRUICIDA.

https://surestepress.wordpress.com/2019/10/02/crueldad-y-sangre-animal-los-arruis-de-murcia-exigen-el-cese-de-la-magistrada-consuelo-uris/

CRUELDAD Y SANGRE ANIMAL: LOS ARRUIS DE MURCIA «EXIGEN» EL CESE DE LA MAGISTRADA CONSUELO URIS


 
La masacre no es “perjuicio irreparable” dijo la magistrada y se quedó tan pancha. Hombre es que si para la matanza estropea su curriculum para que el PP le nombre presidenta.


2 OCTUBRE, 2019SEPRESS

ASCENDIDA A LA PRESIDENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DE MURCIA

«COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN PROTECTORA DEL ARRUI»

La ASOCIACIÓN PROTECTORA DEL ARRUI, ante el nombramiento de la magistrada de lo contencioso administrativo Consuelo Uris como presidenta de dicha Sala, nombramiento que es “discrecional” o basado en un criterio libre tomado por vocales del Consejo General del Poder Judicial, estos a su vez designados por los grandes partidos y hasta hoy con mayoría del PP (el mismo partido autor de la mísera y repugnante matanza de los arruis de Sierra Espuña) desea puntualizar ante la opinión pública:

1.-Que, dado el vivo interés público que tiene el nombramiento, pedimos la DIMISIÓN de la magistrada del cargo por el que ha sido nombrada por su dependencia con la política demostrada en el caso de los ARRUÍS o masacre arbitraria y cruel de estas cabras montesas de Sierra Espuña.

2.-Que Consuelo Uris Lloret, magistrada de la Sala de lo Contencioso Administrativo, fue la “ponente” o “cerebro” de la denegación de la paralización de la matanza de los arruís emprendida en Sierra Espuña (de la que nace esta misma asociación) por la Comunidad Autónoma dirigida por el PP, el mismo partido que acaba de nombrar a los cargos judiciales gubernativos como es la presidencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo). La nueva presidenta con los votos de los vocales del PP en el Consejo Judicial (allí se reparten los cargos y Uris es del cupo del PP) tiene las manos teñidas de sangre y sufrimiento animal por lo que nunca debería de haber accedido al cargo de presidenta y aun más, si los jueces fueran real y verdaderamente responsables de sus actos, que no lo son por culpa del gremialismo profesional, debería de estar suspendida de funciones y haber sido juzgada ya por decir que la matanza de los arruís no ocasionaba un perjuicio irreparable a estos, ataque al sentido común de la humanidad que también es un gravisimo incumplimiento de deberes.

3.-Que esta Asociación “ni olvida ni perdona” el daño causado a la especie animal de sus protegidos, ni estos tampoco van a dejar de cumplir el papel que la naturaleza les ha dado de pasar la factura debida por el agravio sufrido. No habrá paz en vida para los ejecutores de la crueldad animal.

4.-Que el nombramiento de URIS es expresión de la interdependencia entre política y cargos judiciales. Es decir es expresión del estado de anomalía de la Justicia y de su profundo descrédito que arruina el edificio y que provocará seguro su desplome repentino.

5.-Que quien ha demostrado ser cruel con los animales como decía el filósofo Schopenhauer no puede ser buena persona y alguien que no es buena persona no debería si quiera ser juez. Debería de estudiarse la revocación de su nombramiento por atacar a la razón humana y al propio género humano naturalmente protector de los animales.

6.-Que sirva la presente como homenaje recordatorio a los cientos de animales masacrados con el concurso decisivo de la magistrada ahora premiada por el Partido Popular, cuyos vocales son mayoría en el Consejo donde se le ha nombrado, el mismo partido que ella beneficio denegando la paralización de la matanza. Los arruís ni le olvidan ni le perdonan.

ERGO, URIS ha entrado desde su notoria normalidad (2) como jurista por los favores realizados con notoriedad a uno de los dos partidos que controlan el CGPJ, el nombramiento de magistrada del TS ha sido el “pago” a no suspender la matanza de los arruis (entre otros varios favores judiciales que se investigarán en el contencioso si es que el TS deja que se discuta el tema que hay que pensar mal para acertar)".

2 Hay jueces de lo contencioso en la misma Murcia, si la cosa iba de cupo murciano porque sale otro benefactor del PP, Juan Martínez Moya (este tiene más nivel que Uris) con mejor perfil que ella usando una expresión “panocha” “para echarle a los cochinos” como se dice en Murcia como sinónimo de abundancia.

martes, 28 de enero de 2025

El TSJ suspende cautelarmente el derribo de viviendas en la Algameca Chica, en Cartagena

 MURCIA.- La Sección 1 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de la Región de Murcia (TSJMU), en un auto notificado este martes, ha acordado suspender cautelarmente la autorización concedida al Ayuntamiento de Cartagena para la entrada en las construcciones sitas en la Algameca Chica, en la ciudad portuaria, y su posterior derribo.

El Tribunal responde así a la solicitud de medidas cautelares en el marco de un procedimiento de apelación de los moradores contra el auto del Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Cartagena, que acordó autorizar la entrada al Consistorio y sin perjuicio de lo que se acuerde posteriormente en la resolución del citado recurso.

El auto apelado concedía autorización al Ayuntamiento de Cartagena para la entrada en las construcciones en la Algameca Chica para ejecutar, de forma subsidiaria, el Decreto del concejal de Desarrollo Sostenible de junio de 2011 que establecía la orden de desalojo, demolición, limpieza y desescombro, según informaron fuentes del TSJMU en un comunicado.

Antes de resolver, la Sala acordó oír a las partes. Los recurrentes alegaron que la ejecución de la orden de derribo podría causarles un perjuicio irreparable, especialmente considerando la presencia de personas con discapacidad en los domicilios afectados, sin que el Ayuntamiento presentara escrito alguno.

Las magistradas recuerdan que en el ordenamiento jurídico rige la regla general de la ejecutividad de los actos administrativos, de forma que la suspensión sólo procede acordarla en aquellos supuestos en los que, previa valoración de todos los intereses en conflicto, la ejecución pudiera hacer perder la finalidad legítima del recurso.

Así, eenumera los requisitos que tradicionalmente ha exigido la jurisprudencia para que proceda acordar la suspensión: que la ejecución del acto ocasione al interesado daños o perjuicios, sin que sea incluible en tal supuesto el caso de que los daños se produzcan a terceros ajenos al recurso planteado; que tales daños y perjuicios sean valorados como un juicio de irreversibilidad, es decir, que sean irreparables, o al menos de difícil reparación; y que se lleve a cabo un juicio de ponderación, en ordena a valorar la medida o intensidad con que el interés público exija la ejecución.

De forma que, sin prejuzgar el resultado final del recurso de apelación, la Sala accede a la suspensión solicitada al entender que, tratándose de unas medidas acordadas en 2011, "demorar unos días más las mismas, no va a perjudicar a los intereses generales, cuando ha sido la propia Administración la que ha dejado pasar más de 20 años sin llevarlas a cabo".

Todo ello valorando a la hora de resolver las especiales circunstancias alegadas por los moradores, "de falta de ingresos y discapacidad de alguno", ya que "nada ha manifestado la Administración al respecto".

 La resolución no es firme y contra ella se puede interponer recurso de reposición.

martes, 21 de enero de 2025

El Tribunal Supremo desestima el recurso de la Junta andaluza contra la revisión del plan hidrológico Tajo-Segura

 MADRID.- La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.

El Consejo de Gobierno andaluz avaló la interposición de este recurso ante el TS el 21 de marzo de 2023 con el fin de que el Estado diera "marcha atrás" en el aumento del caudal ecológico del Tajo hasta los 8,6 metros cúbicos por segundo, lo que supone un "recorte" del trasvase Tajo-Segura, según criticaban desde la Junta.

El Tribunal Supremo ha dado a conocer este lunes, 20 de enero de 2025, que la Sala que ha estudiado este recurso ha rechazado "todos los motivos de nulidad alegados por la Junta de Andalucía en su recurso".

Según han informado desde el alto tribunal en una nota, sobre la falta de informe del Consejo Nacional del Agua, la sentencia "reitera que el criterio de este organismo, preceptivo, pero no vinculante, ha sido válidamente emitido, dando así cumplimiento a la función de participación y consulta que el ordenamiento le encomienda en el procedimiento de elaboración del proyecto de Real Decreto".

La sentencia, ponencia del magistrado Fernando Román, considera que "tampoco se ha omitido el proceso de concertación para la determinación de los caudales ecológicos, como alegaba la comunidad recurrente".

De igual modo, rechaza la impugnación relativa a la infracción de principio de jerarquía normativa, puesto que, "por una parte, el régimen de caudales ecológicos vinculan al resto de aprovechamientos y explotaciones, conforme a la normativa en vigor ecológicos --con la salvedad del abastecimiento a poblaciones--, y, por otra, la procedencia o no de liberar agua para el trasvase se basa en el volumen conjunto de agua existente en los embalses citados, conforme al Real Decreto en vigor, y no en las magnitudes invocadas por la Administración recurrente".

Señala que la parte realiza "una exposición fragmentada e inexacta de los antecedentes legislativos para llegar a la equivocada conclusión de que el caudal ecológico previsto vulnera el caudal mínimo previsto en las normas anteriores reguladoras del trasvase".

En cuanto a la falta de motivación técnica en la fijación de los caudales ecológicos, argumentada por la recurrente, la sentencia subraya que en este caso los elementos de prueba aportados por la Junta de Andalucía "no permiten desvirtuar la fijación de los caudales ecológicos conforme a las instrucciones metodológicas y técnicas contenidas en la Instrucción de Planificación Hidrológica, tras seguirse un complejo procedimiento promovidos desde las demarcaciones hidrográficas y que tiene sobre la base los estudios pertinentes referidos en la MAIN".

Con este recurso, que la Junta defendió también señalando que la modificación que planteaba el decreto objeto de polémica se había acordado sin contar "con informes técnicos ni jurídicos que la respalden" y "de forma unilateral" por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Andalucía se sumó a las medidas judiciales de los ejecutivos de la Comunidad Valenciana y de la Región de Murcia que también iban en contra de una decisión "injustificada" del Estado que, en opinión del Gobierno andaluz, conlleva "un gran perjuicio para el Levante español en general y para el almeriense en particular".

jueves, 16 de enero de 2025

El juzgado de Lo Mercantil concede la prórroga de tres meses a 'Soltec' para negociar su plan de restructuración

 MURCIA.- El juzgado de Lo Mercantil nº 2 de Murcia, en un auto notificado este miércoles, concede una prórroga de tres meses a Soltec Energías Renovables SLU para su proceso de negociación con los acreedores de un plan de restructuración, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) en un comunicado.

La resolución responde a la solicitud presentada el 23 de diciembre de 2024 por la empresa, en la que se pedía la extensión de los efectos de la comunicación de apertura de negociaciones, concedida el 26 de septiembre de 2024, para tres meses.

Esta comunicación de la apertura de negociaciones permite, durante un periodo determinado de tiempo, la negociación entre el deudor y sus acreedores de un plan de reestructuración dirigido a evitar la eventual insolvencia.

El auto establece que la prórroga es concedida conforme al artículo 607 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), dado que Soltec ha aportado la documentación exigida, incluyendo la conformidad de acreedores que representan más del 50% del pasivo afectado. 

Con esta decisión, se mantiene la suspensión de las ejecuciones hasta el vencimiento del nuevo plazo.

La resolución ha sido remitida al Registro Público Concursal y a las autoridades judiciales y administrativas que lleven a cabo algún proceso de ejecución para su inscripción y mantenimiento de la suspensión hasta que finalice el periodo de prórroga.

jueves, 2 de enero de 2025

'Abogados Cristianos' denuncia al presidente de RTVE y Lalachus por la estampita de la vaquilla en las campanadas

MADRID.- La Fundación Española de Abogados Cristianos ha presentado una denuncia contra el presidente de RTVE, José Pablo López, y la presentadora, Laura Yustres, conocida como Lalachus, por posibles delitos de odio y contra los sentimientos religiosos tras mostrar una estampita del Sagrado Corazón de Jesús con la cabeza de la vaquilla del Grand Prix durante las campanadas de fin de año, según ha informado la organización.

Tras el programa, el presidente de la corporación, Pablo López, escribió un mensaje en la red social "X" con la imagen de Lalachus mostrando la estampita en el que decía "Feliz de trabajar con gente que arriesga".

Para Abogados Cristianos, ese mensaje en redes sociales muestra que "la burla contra los cristianos contaba, como mínimo, con su beneplácito o, incluso, fue orquestada por él".

La organización de juristas ha denunciado que se utilice el "ataque a los cristianos" para "generar polémica y así aumentar audiencia, algo que ya ocurrió con la gala de inauguración de los Juegos Olímpicos".

A juicio de la organización, el uso de la imagen del Sagrado Corazón de Jesús como la vaca del Gran Prix, "denota un claro menosprecio y burla hacia los ritos y símbolos del catolicismo y supone una vejación, una injuria y un ultraje hacia los sentimientos religiosos y las creencias católicas".

Abogados Cristianos ha indicado que "el rechazo" de la televisión pública hacia los cristianos es cada vez más evidente y ha quedado patente, siempre según la entidad, con la contratación de "Mr Jagger, un youtuber famoso por sus continuas vejaciones hacia los católicos".

"Si seguimos viendo este tipo de ataques es porque parece que contra los cristianos, todo vale", ha argumentado la presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, para quien "estos comportamientos no pueden quedar impunes si se quiere poner freno a la cristianofobia, cada vez más presente".

Por su parte, el Observatorio para la Libertad Religiosa y de Conciencia (OLRC) ha responsabilizado al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, de las ofensas y ataques de cualquier naturaleza que se produzcan a partir de ahora contra los creyentes.

En un comunicado, ha criticado que el ministro "ha apoyado la inaceptable burla de las campanadas de Fin de Año contra los católicos y ha anunciado su intención de reformar, es decir derogar, el delito de ofensas religiosas".

"La reacción de Bolaños demuestra que lo sucedido en la televisión pública es un paso más de la hoja de ruta gubernamental contra los derechos y las libertades de los creyentes", ha manifestado el Observatorio, al tiempo que ha recalcado que "trabajará para impedir que los ataques a la libertad religiosa y las ofensas, burlas y vejaciones a los que profesan una confesión religiosa queden impunes".

sábado, 28 de diciembre de 2024

Denuncian a la Fiscalía Anticorrupción de Murcia por desatención en el caso del aeropuerto de Corvera


MURCIA.- El abogado José Luis Mazón ha presentado una denuncia disciplinaria contra el fiscal anticorrupción de Murcia, Juan Pablo Lozano, y su superior, el fiscal jefe José Luis Díaz Manzanera, por archivar un expediente relacionado con la prescripción de una deuda millonaria vinculada al aeropuerto de Corvera.

La denuncia, remitida a la Fiscalía General del Estado, señala que la Comunidad Autónoma dejó prescribir un crédito de 36 millones de euros que debía ser reclamado a la sociedad Aeromur, liderada por Sacyr y otros socios destacados de la Región de Murcia. 

Según Mazón, esta dejación de funciones favoreció a grandes empresarios vinculados con el Partido Popular.

En el escrito, Mazón acusa a los fiscales de negligencia y falta de diligencia al archivar el caso con lo que califica de “argumentos irracionales y sectarios”. 

El abogado argumenta que la Fiscalía desestimó la denuncia al considerar que las noticias de prensa que alertaban sobre la prescripción eran “meras fotocopias de internet” y que correspondía al denunciante aportar pruebas adicionales, como la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia.

“No tiene sentido que se me exija entregar una sentencia que está disponible en las bases de datos de la Fiscalía con solo pulsar una tecla”, señala Mazón en su escrito.

El abogado también denuncia que la liquidación y sanción contra Aeromur fue presentada por el Gobierno regional en 2019, seis años después de la rescisión del contrato en 2013, lo que resultó en la desestimación del caso por parte del TSJ de Murcia.

Mazón sugiere que la prescripción del crédito pudo haber sido deliberada y acusa a los fiscales de encubrir lo que considera “un favor a las grandes fortunas de la Región”. 

Alega que esta dejación de funciones constituye un presunto delito de prevaricación y pide la apertura de una comisión de investigación en la Asamblea Regional para identificar a los responsables y reclamar la deuda pendiente.

Además, critica duramente la actuación de Díaz Manzanera, afirmando que su nombramiento y continuidad como fiscal jefe están vinculados a favores políticos del PP.

 “Es una estructura institucional que echa pestes por los cuatro costados y la Fiscalía no es ignorante de estas trapacerías”, añade Mazón en su denuncia.

El abogado concluye su escrito solicitando que se investigue a los fiscales por falta de diligencia y por incumplimiento de sus funciones. Asimismo, insta a la Fiscalía General del Estado a revisar el archivo del caso y a considerar la posible reapertura del procedimiento.

Mazón advierte que, de no obtener respuesta, llevará el caso a instancias superiores e internacionales, denunciando lo que considera una grave irregularidad que afecta a las arcas públicas de la Región de Murcia.

La denuncia añade un nuevo capítulo a la polémica en torno al aeropuerto de Corvera, una infraestructura que ha estado en el centro de numerosos conflictos judiciales y políticos desde su construcción.

lunes, 23 de diciembre de 2024

Detenidos en Lorca dos hombres por patronear pateras desde África a la Región

 LORCA.- La Policía Nacional ha detenido en Lorca a dos varones como presuntos autores de un delito de favorecimiento de la inmigración ilegal, al ser considerados responsables de patronear embarcaciones tipo patera para trasladar a numerosas personas desde África hasta las costas de la Región, según informaron fuentes del Cuerpo en un comunicado.

Durante la investigación, agentes especializados pudieron recopilar declaraciones de testigos e indicios para identificar a los dos arrestados como patrones de embarcaciones que habían llegado a las costas murcianas.

Según han explicado desde la Policía Nacional, las travesías marítimas que realizan los patrones de pateras suponen "un verdadero riesgo para la vida e integridad" de quienes viajan en ellas, al realizarse en "embarcaciones muy precarias, sin medidas de protección o seguridad, enfrentándose a condiciones climatológicas adversas y sufriendo los efectos nocivos de la larga exposición al sol y al agua de mar".

La intervención humanitaria que realiza la Policía Nacional junto con el resto de organismos, ONG y asociaciones implicadas en la recepción de inmigrantes, se complementa con una labor coordinada entre diferentes grupos de investigación, con el objetivo de determinar la existencia de organizaciones criminales dedicadas al tráfico de seres humanos.

Los dos arrestados, de origen marroquí, fueron puestos a disposición judicial, decretándose su inmediato ingreso en prisión provisional, a la espera de la celebración del juicio oral. Pueden enfrentarse a penas de prisión de entre 4 y 8 años.

jueves, 19 de diciembre de 2024

El juzgado archiva otra denuncia de la oposición de Calasparra

 CALASPARRA.- El juzgado contencioso/administrativo n°3 de Murcia archiva otra denuncia de los grupos de la oposición de Calasparra, en este caso del Grupo Mixto encabezado por Alonso Torrente.

El pasado mes de abril, el concejal de la oposición de Calasparra, Alonso Torrente, interpuso un recurso en el juzgado en el que acusaba a la alcaldesa de Calasparra, Teresa García y al Equipo de Gobierno de vulnerar sus derechos fundamentales como concejal. 

"Pues bien, el juzgado de lo contencioso administrativo n°3 de Murcia ha archivado definitivamente dicho proceso, ya que no se ha podido demostrar ningún tipo de vulneración de la ley.

Desde el Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Calasparra manifestamos nuestra satisfacción con la decisión, reafirmando nuestro compromiso con la transparencia, el acceso a la información pública y el respeto a los derechos de todos los concejales, tanto del equipo de gobierno como de la oposición.

En el ejercicio de la política y la democracia, las denuncias deben basarse en hechos reales y probados, con el fin de garantizar la justicia y la integridad del sistema democrático. Lamentablemente, la oposición de Calasparra continúa usando los juzgados como una herramienta para deslegitimar el trabajo del Equipo de gobierno municipal.

Las denuncias falsas son un atentado contra la verdad y la transparencia y también socavan la confianza de los ciudadanos en sus instituciones. En este caso particular, las acusaciones infundadas de vulneración de derechos fundamentales carecieron de pruebas objetivas. 

Sin embargo, el daño ya estaba hecho: se había sembrado una sombra de desconfianza y división, que solo sirve para entorpecer el buen funcionamiento del Ayuntamiento y la colaboración entre todos los grupos políticos. Y como ha ocurrido con las innumerables denuncias de la oposición, nadie da explicaciones ni piden perdón por ello.

Los recursos y el tiempo de la justicia se desvían para abordar acusaciones sin fundamento, en lugar de centrarse en los verdaderos problemas que deben ser resueltos y nos demanda la ciudadanía. En lugar de aprovechar el marco democrático para generar propuestas constructivas, los grupos de la oposición eligen el camino de la confrontación sin pruebas.

En este sentido, instamos a todos los representantes políticos de Calasparra a actuar con responsabilidad y rigor, a no utilizar las denuncias como un instrumento de desgaste político sin fundamento, y a centrarse en trabajar por el bienestar de los ciudadanos.

La democracia se construye sobre la base de la verdad, la confianza y el respeto mutuo, y es hora de que dejemos de lado las prácticas que solo sirven para dividir y debilitar a nuestras instituciones.

El equipo de gobierno de Calasparra continuará trabajando con transparencia y con el compromiso de siempre para garantizar que todos los ciudadanos, sin excepción, reciban un servicio público de calidad, basado en los principios fundamentales de justicia, igualdad y respeto".

El PSOE denuncia a Vox en la Fiscalía General del Estado por financiación irregular

 MADRID.- El PSOE ha presentado una denuncia contra Vox ante la Fiscalía General del Estado por financiación irregular al considerar que utilizaba métodos para captar fondos de manera opaca, según ha informado el partido.

Los socialistas presentaron la denuncia el pasado viernes 13 de diciembre tras haber hecho un análisis "exhaustivo" de la financiación de la formación liderada por Santiago Abascal y han concluido que podría estar incurriendo en un delito de financiación ilegal de partidos políticos.

Señalan que al menos desde el año 2020 hasta la actualidad, en las mesas informativas que Vox despliega a lo largo de todo el territorio español incorporaba una serie de elementos de captación de ingresos económicos a modo de "huchas" o "cajas de caudales", junto con una serie de elementos de merchandising "con el objetivo de captar fondos en metálico de un modo absolutamente opaco".

Una práctica "absolutamente irregular" a juicio de los socialistas que podría haber recaudado 5 millones de euros, según los datos obtenidos de las cuentas anuales que Vox publica en su página web, apuntan.