MURCIA.- La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia ha suspendido la pena de entrada en prisión impuesta a cuatro de los siete empresarios que fueron condenados el pasado 11 de septiembre tras reconocer haber tenido sexo con menores de edad a cambio de dinero.
Así lo ha notificado la Sala 'in voce' a los condenados en la vista que ha tenido lugar este lunes, en el Palacio de Justicia de Murcia, para examinar la petición de las defensas de suspender las penas de prisión.
No obstante, el fiscal, José Francisco Sánchez Lucerga, se ha opuesto a la suspensión de la pena en el caso del condenado que acumulaba una mayor pena --de 25 meses de prisión--, J.C.A.; así como en el caso de una de las 'mamis' o 'madammes', R.D.T.; y en el caso de uno de los 'taxistas' que transportaba a las menores hasta los clientes.
En cambio, el fiscal sí ha apoyado la suspensión de la pena de entrada en prisión para otros tres empresarios que estaban condenados a cinco, seis y diez meses de cárcel, respectivamente, por delitos de prostitución de menores.
Cabe recordar que a uno de los 13 condenados, de 90 años, ya se le suspendió la pena. Así pues, quedan por declarar otros seis condenados, cinco de los cuales han sido citados este martes, 8 de octubre, y el último comparecerá el 14 de octubre.
En el caso del condenado J.C.A., que acumula una mayor pena de prisión, el fiscal se ha opuesto a la suspensión de la entrada en la cárcel "por los múltiples delitos" que cometió --un total de cinco-- al entender que la "reiteración de los hechos" no le hacen beneficiario de esa medida.
En este caso, el Fiscal ha transmitido al abogado defensor de J.C.A. que, en su opinión, esa reiteración de los hechos "merece una responsabilidad penal".
"Niego que alguien se declare
culpable en aras de obtener un mejor beneficio cuando fuere inocente",
ha señalado el Fiscal.
"No creo que haya un letrado, ni mucho
menos tan avezado" como el de J.C.A. que "aconseje a nadie que, aunque
no lo haya hecho, asuma esa autoría". "Si J.C.A. asumió los hechos, fue
libremente", ha apostillado el representante del Ministerio Público,
quien ha señalado que, si este proceso judicial ha sido una "travesía en
el desierto" para el acusado, "imagínese para las víctimas".
La Sala ha brindado a J.C.A. la oportunidad de pronunciarse para
demostrar que está integrado en la sociedad. "Tengo varias empresas y
las presido todavía; yo estoy reinsertado", ha defendido el procesado,
quien también ha recordado que tuvo un ictus y que lleva marcapasos.
En este sentido, la Sala ha decidido conceder a J.C.A. la suspensión
de pena de forma provisional en base a lo recogido en el Código Penal,
porque en el proceso se ha cometido dilaciones indebidas, entre otras
cosas. Así, ha tenido en cuenta que la pena acumulada por el procesado
no supera los dos años de prisión.
En cualquier caso, la Sala
sí ha condicionado esta suspensión de pena al hecho de que J.C.A. cumpla
una serie de requisitos como, por ejemplo, la prohibición de
aproximarse a las cinco víctimas o comunicarse con ellas durante cuatro
años; así como que no cometa ningún delito en esos cuatro años; y que
siga un programa de conductual de reeducación sexual. "Que usted
encuentre satisfacción con menores no es correcto", ha señalado.
El fiscal también se ha opuesto a la suspensión de la pena para una
de las 'mamis' o 'madames' que regentaban la red de prostitución,
R.D.T.; así como para M.D.T., quien fue condenado a un año y tres meses
de cárcel acusado de ejercer de 'taxista' para la organización,
transportando las menores hasta los acusados.
En el caso de
M.D.T., el fiscal se ha opuesto a la suspensión "porque es una pena de
un año y tres meses de cárcel y porque forma parte del organigrama" de
la organización, tal y como ha añadido.
Cuando la Sala le ha
dado la palabra, M.D.T. ha alegado que tiene "familia" y "trabajo", al
tiempo que está "adaptado a la sociedad".
La Sala ha
suspendido el ingreso en prisión porque la pena de cárcel era inferior a
dos años. No obstante, ha condicionado esta decisión a que el condenado
cumpla una serie de requisitos como, por ejemplo, que no cometa nuevos
delitos durante un plazo de tres años; que se mantenga alejado, al
menos, a 500 metros de las víctimas durante ese mismo periodo; y que
siga un programa de reeducación conductual en materia de sexualidad.
Puesto que el fiscal ha anunciado que recurrirá esta decisión, la Sala ha reconocido que no puede declarar el fallo firme.
El fiscal sí se ha mostrado conforme con la suspensión de la pena a
otros tres condenados, como son J.A.A.L., que había sido condenado a
seis meses de cárcel; A.G.P. que fue condenado a un total de diez meses
de prisión; y J.J.A., que había sido condenado a seis meses de cárcel.
En todos estos casos, el fallo sí ha sido declarado firme al contar
con la conformidad del fiscal, los letrados de la defensa y de los
propios condenados. No obstante, se ha condicionado igualmente la
suspensión a que los condenados no cometan nuevos delitos; se mantengan
alejados de las víctimas; y que sigan el programa de reeducación
conductual en materia de sexualidad.
Cuando la Sala ha dado la
palabra a uno de estos condenados, A.G.P., ha esgrimido que tiene 81
años y que su mujer padece alzheimer. "Siento muchísimo que en la vida
hay momentos que no deberían pasar ni existir", ha remarcado.
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