MURCIA.- El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publicó el pasado 26
 de marzo la comunicación de derechos de pago básico correspondientes a 
la campaña 2015. El régimen de pago básico es un nuevo sistema de ayudas desligado de 
la producción que sustituye al anterior régimen de pago único. El valor 
de los nuevos derechos de pago se establece sobre la base de una 
referencia regional, donde el periodo histórico de referencia básico es 
la campaña 2013.
En la Región de Murcia, un total de 12.900 productores pueden 
consultar ya su asignación definitiva a través de la oficina virtual de 
la Consejería de Agua Agricultura y Medio Ambiente 
(https://caamext.carm.es/oficinalvirtual), en la web del FEGA 
(www.fega.es), y, de forma presencial, en las Oficinas Comarcales 
Agrarias y en la Consejería.
El número máximo de derechos de pago básico que puede asignarse a 
cada titular es igual al número de hectáreas admisibles que haya 
declarado en la solicitud de ayuda de 2015, siempre y cuando no sea 
mayor que las incluidas en su solicitud de 2013, en cuyo caso, se le 
asigna igual número de hectáreas que en ese año de referencia.
No obstante, a efectos del número final de derechos, se tienen en 
cuenta las transmisiones de explotación entre productores que hayan 
tenido lugar en las campañas 2014 y 2015, con la consiguiente cesión del
 número de hectáreas admisibles declaradas en la solicitud de 2013.
Por otra parte, en el caso de que el solicitante haya sido 
identificado como pequeño agricultor, y se haya comunicado 
específicamente dicha circunstancia durante el pasado mes de octubre, es
 necesario tener en cuenta que el importe que figura en esta 
comunicación corresponde únicamente al régimen de pago básico. Este tipo
 de solicitantes pueden consultar además el resto de importes que 
conforman su pago completo estimado como pequeño agricultor (pago verde,
 ayudas acopladas y pago complementario a jóvenes).
Asimismo, en sucesivas campañas, la solicitud única del pago básico 
por parte de los productores adscritos al régimen de pequeños 
agricultores consistirá únicamente en una confirmación anual.
En los casos en los que la asignación de derechos proceda de la 
Reserva Nacional, los productores afectados podrán efectuar sus 
consultas a partir de la próxima semana.
Aquellos productores que estén en desacuerdo con los importes o con 
el contenido de la información consultada podrán presentar alegaciones y
 aportar los documentos que consideren oportunos, a partir del momento 
de efectuar la consulta durante el procedimiento de gestión de ayudas. 
Estas alegaciones serán resueltas en la Orden de pago/denegación de 
ayuda que pone fin al procedimiento.
Contra dicha Orden resolutoria cabrá interponer recurso de reposición
 ante la consejera de Agua, Agricultura y Medio Ambiente en el plazo de 
un mes o recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el 
plazo de dos meses.
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