domingo, 28 de junio de 2026

Admiten a trámite el recurso de inconstitucionalidad contra la ley regional que modifica los límites de Sierra Espuña

 MADRID.- El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Defensor del Pueblo en relación con el artículo único de la Ley de la Región de Murcia 1/2026, de 2 de marzo, de modificación de la Ley 6/1995, de 21 de abril, de modificación de los límites el Parque Regional de Sierra Espuña.

El precepto recurrido tiene la siguiente redacción: "Artículo único. Modificación de la Ley 6/1995, de 21 de abril, de modificación de los límites del Parque Regional de Sierra Espuña. Se modifica la Ley 6/1995, de 21 de abril, para fijar los nuevos límites del Parque de Sierra Espuña, excluyendo del mismo la zona recreativa y monumental de La Santa y la carretera RM-502 y su zona de afectación, tal y como se adjunta en el anexo".

El Defensor del Pueblo plantea que la norma podría vulnerar la competencia estatal sobre legislación básica en materia de medio ambiente, establecida en el artículo 149.1.23 de la Constitución. También alega que el artículo impugnado podría ser contrario al artículo 52 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y al artículo 13.3 del texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre.

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