MADRID.- El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de
inconstitucionalidad interpuesto por el Defensor del Pueblo en relación
con el artículo único de la Ley de la Región de Murcia 1/2026, de 2 de
marzo, de modificación de la Ley 6/1995, de 21 de abril, de modificación
de los límites el Parque Regional de Sierra Espuña.
El
precepto recurrido tiene la siguiente redacción: "Artículo único.
Modificación de la Ley 6/1995, de 21 de abril, de modificación de los
límites del Parque Regional de Sierra Espuña. Se modifica la Ley 6/1995,
de 21 de abril, para fijar los nuevos límites del Parque de Sierra
Espuña, excluyendo del mismo la zona recreativa y monumental de La Santa
y la carretera RM-502 y su zona de afectación, tal y como se adjunta en
el anexo".
El Defensor del Pueblo plantea que la norma
podría vulnerar la competencia estatal sobre legislación básica en
materia de medio ambiente, establecida en el artículo 149.1.23 de la
Constitución. También alega que el artículo impugnado podría ser
contrario al artículo 52 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y al artículo 13.3 del texto
refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real
Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre.
murciaconfidencial@gmail.com / "La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio" (Cicerón) "Toda verdad pasa por tres fases: primero, es ridiculizada. Segundo, se le oponen violentamente. Y tercero, es aceptada como auto-evidente." (Schopenhauer) * Newsletter de opinión e influencia, sin ánimo de lucro ni subvencionado con dinero público o privado, fundado en enero de 1984 por Francisco Poveda, periodista profesional licenciado en la Universidad Complutense desde 1976.
domingo, 28 de junio de 2026
Admiten a trámite el recurso de inconstitucionalidad contra la ley regional que modifica los límites de Sierra Espuña
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