YECLA.- La entidad bancaria BMN tendrá que devolver a una familia yeclana 70.000 euros
 por anticipos en la construcción de una vivienda que no llegó a 
construirse. Además, según la abogada defensora de los denunciantes, la entidad bancaria ha reconocido en el proceso judicial (mediante allanamiento judicial) que colaboró con un promotor que no cumplió la legislación, según publica http://www.elperiodicodeyecla.com.
La historia se remonta al año 2006 cuando el precio de la vivienda crecía de forma exponencial
 y muchas familias buscaban la denominada “compra sobre planos” para 
ahorrarse algo del dinero final que iban a desembolsar por comprar un 
inmueble. Los demandantes firmaron un contrato privado y se estableció 
un plazo de construcción, durante el cual se fueron abonando anticipos a cuenta por importe de más de 174.000 euros. 
 Según se recoge en la sentencia, el destino de esos pagos no fue para pagar la construcción del edificio
 sino para destinos diversos de la promotora. La vivienda, pese a las 
entregas a cuenta realizadas por la familia, no se escrituró a nombre 
del nuevo comprador.
Después de incumplir el promotor el plazo de entrega y de no levantar las cargas de la hipoteca del promotor, el afectado demandó a la promotora y a su administradora sin conseguir nada.
En este punto, y a través del despacho legal que dirige la letrada Magdalena Rico Palao, el afectado demandó a CajaMurcia (actual BMN),
 puesto que la entidad debió exigir la garantía de devolución de las 
cantidades entregadas mediante aval solidario prestado por entidad 
inscrita en el Registro de Bancos y Banqueros, a la promotora.
Al no hacerlo así, y no verificar la existencia de avales, la sentencia establece que la entidad BMN es la responsable solidaria
 de la devolución de dichas cantidades, dado que  conocía del destino 
del dinero ingresado en sus cuentas (de titularidad de la promotora) por
 los compradores.
Esta situación supone un incumplimiento que, ante la insolvencia del promotor, debe ser indemnizado mediante la devolución del dinero anticipado.
BMN reconoce voluntariamente la devolución de la cantidad de 70.000,00 euros que ya ha devuelto de hecho,
 consignando la cantidad a favor del consumidor afectado, puesto que 
dicha cantidad fue ingresada por el comprador mediante una transferencia
 bancaria realizada en cuenta de la promotora en CajaMurcia (ahora BMN 
SA).
Sin embargo, los afectados entregaron
 a la promotora, a cuenta del precio y en varios pagos, la suma total de
 174.000,00 euros, por lo que, según la letrada de la familia, el pleito seguirá en el Juzgado de Primera Instancia de Yecla por la cantidad restante de 104.000 euros.
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