MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia 
(TSJ) de la Región de Murcia no ha admitido el recurso presentado por 
Ecologistas en Acción, que reclamaron la anulación de once planes 
parciales aprobados por el ayuntamiento de esta capital y que afectaban a
 terrenos protegidos.
Entre los promotores de esos planes, según se recoge en la 
sentencia, se encontraban las empresas Resort Tres Molinos, Venalcampo 
Golf y Promociones y Construcciones Zapata.
Como solicitud principal, Ecologistas en Acción pidieron al 
TSJ que declarara la nulidad radical de esos planes, y, de forma 
subsidiaria, que se condenara al Ayuntamiento de Murcia a iniciar la 
revisión de oficio y declarar la nulidad de sus actos.
La organización demandante expuso que a los planes 
combatidos se había adscrito suelo con protección específica, al estar 
ubicado dentro de Lugares de Interés Comunitario (LIC), Parque Regional o
 Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), como sistemas 
generales y generadores de aprovechamiento urbanístico.
Para los recurrentes, lo expuesto no tenía amparo en el Plan
 General de Ordenación Urbana de Murcia ni en el texto refundido de la 
Ley del Suelo, "constituyendo una causa de nulidad determinante del 
inicio del procedimiento de revisión de oficio".
En cuanto a la petición principal, la Sala dice que la misma
 no puede admitirse porque se ha producido una desviación procesal, ya 
que en la vía administrativa lo que se solicitó fue que se iniciara el 
procedimiento de revisión, mientras que en la vía contenciosa se ha 
reclamado es la declaración de nulidad radical y absoluta.
En cuanto a la solicitud planteada de manera subsidiaria, el
 TSJ señala que tampoco puede ser estimada, ya que los planes generales 
tienen la consideración de disposiciones de naturaleza reglamentaria, lo
 que veda su impugnación a los particulares.
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