
Precisamente el magistrado instructor, en el punto cuadragésimo quinto del citado documento judicial, sostiene que "todo procesado debe prestar la correspondiente fianza para garantizar las responsabilidades pecuniarias que en definitiva puedan declararse procedentes [...]. Dichas responsabilidades pecuniarias deben incluir las correspondientes multas que pudieran imponerse en el caso de cohecho y de blanqueo de capitales".
Estos son dos de los presuntos delitos que se imputan a Roca (en la imagen), a los que Torres añade los supuestos continuados de malversación, fraude contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales como jefe de una organización, falsedad, tenencia ilícita de armas, tráfico de influencias, prevaricación y contra la ordenación del territorio.
A otros de los acusados relacionados con la Región de Murcia, caso del empresario Tomás Olivo, el juez le atribuye los presuntos delitos de cohecho y blanqueo de capitales, mientras que a la mujer de Roca, María Rosa Jimeno Jiménez, y en el resto de los naturales de Los Alcázares, el magistrado ha visto un posible delito de blanqueo de capitales con carácter continuado y pertenencia a una organización delictiva.
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