miércoles, 29 de enero de 2025

El arrui de Sierra Espuña quiere arruinar el nombramiento de la jueza Uris como magistrada del Tribunal Supremo


MURCIA.- El abogado José Luis Mazón Costa ha impugnado con fecha de este miércoles 29 de enero, mediante recurso de alzada, el nombramiento por el Consejo General del Poder Judicial de la jueza aguileña Consuelo Uris Lloret, perteneciente a Jueces para la Democracia, como nueva magistrada de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, extremo conocido también hoy mismo.


"AL PLENO DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Que quien ha demostrado ser cruel con los animales como decía el filósofo Schopenhauer no puede ser buena persona y alguien que no es buena persona no debería si quiera ser juez (comunicado inserto de la Asociación Protectora del Arruí) deben de ser por mérito y no por PADRINAZGO de un partido favorecido por la labor judicial de la nombrada.

LA ASOCIACION PROTECTORA DE LOS ARRUÍS, representada por su presidente JOSE LUIS MAZÓN COSTA, conforme se acredita en poder adjunto, y domicilio de notificaciones en email: despacho@joseluismazonabogado.com, físico en calle XXX, Madrid, ante el PLENO formula RECURSO DE REPOSICIÓN contra acuerdo de fecha 29.1.25 por el que nombra magistrada del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo a la magistrada CONSUELO URIS LLORET.

VULNERACION DEL DERECHO A LA INDEPENDENCIA DE LOS JUECES, RESPECTO DE LOS GRUPOS POLÍTICOS QUE LES NOMBRAN PARA LA MAGISTRATURA SUPREMA DEL ESTADO, STC 1986 SOBRE NOMBRAMIENTO DE VOCALES DEL CGPJ.

Dijo el TC en su sentencia de PLENO de 1986 (1) que el nombramiento de vocales del CGPJ por los partidos políticos era conforme a la CE siempre y cuando no se hiciera por CUPOS.

Este criterio es aplicable al caso, máxime tratándose no de vocales de nombramiento político sino de MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO que son nombramientos vitalicios que deben de ser por mérito y no por PADRINAZGO de un partido favorecido por la labor judicial de la nombrada.

Afirmamos que la nombrada impugnada SRA URIS ha entrado por el cupo del PP en el nombramiento de magistrados del TS y debido a una ejecutoria de favores prestados al PP desde su condición de magistrada de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Murcia donde ya obtuvo su nombramiento de presidenta por el mismo método, es decir favorecer los intereses del PP en los contenciosos de alta importancia que ella podía controlar. Todo esto es un “secreto a voces” en el foro murciano.

LOS ARRUÍS de Murcia fueron sacrificados con una masacre gratuita que la magistrada no quiso suspender porque estaba ordenada por los que le iban a dar el cargo de presidenta de la sala de lo contencioso del TSJ (como así fue al poco) , y la suspensión conjugó la crueldad de esta mujer, inducida por su condición de notoria trepadora política, con la ambición del escalamiento de puesto gubernativo dentro de la justicia (que siguen el mismo método que el nombramiento de plazas de magistrados del TS, por cuotas por “padrinazgo” por ahora de PP o PSOE) y los arruís y esta asociación defensora fueron perjudicados por la labor de esta magistrada amiga y servidora de los intereses del PP y sus satélites (Gobierno Regional, Ayuntamientos, etc…) como se detallará en el contencioso si el Supremo admite la tramitación como le hizo a los litigantes de “Hay Derecho” en el caso del Consejo de Estado.

JURIDICAMENTE no hace falta demostrar que URIS es servidora judicial del PP y que le ha hecho en Murcia grandes favores, esto explica por qué una jurista de medio nivel puede llegar al Supremo supuestamente reservado para el alto nivel, el “generalato” de la judicatura española. JURIDICAMENTE solo es necesario ver que el fruto de un árbol envenado el sistema de CUPOS por bloques del CGPJ, PP y PSOE y sus satélites, la APM y JYJPD.

Los cupos están prohibidos, lo prohibió la STC Pleno 108 de 1986.

Este criterio es aplicable al caso, máxime tratándose no de vocales de nombramiento político sino de MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO que son nombramientos vitalicios que

1 108/1986, de 29 de julio véase fundamento 13 donde reconoce que los cupos por partidos que es notoriamente lo que rige actualmente los nombramientos, van contra la CE

EXTRACTO FUNDAMENTO 13 DE LA STC PLENO 1986:

Ciertamente, se corre el riesgo de frustrar la finalidad señalada de la norma constitucional si las Cámaras, a la hora de efectuar sus propuestas, olvidan el objetivo perseguido y, actuando con criterios admisibles en otros terrenos, pero no en éste, atiendan sólo a la división de fuerzas existente en su propio seno y distribuyen los puestos a cubrir entre los distintos partidos, en proporción a la fuerza parlamentaría de éstos. La lógica del Estado de partidos empuja a actuaciones de este género, pero esa misma lógica obliga a mantener al margen de la lucha de partidos ciertos ámbitos de poder y entre ellos, y señaladamente, el Poder Judicial.

La existencia y aun la probabilidad de ese riesgo, creado por un precepto que hace posible, aunque no necesaria, una actuación contraria al espíritu de la norma constitucional, parece aconsejar su sustitución, pero no es fundamento bastante para declarar su invalidez, ya que es doctrina constante de este Tribunal que la validez de la ley ha de ser preservada cuando su texto no impide una interpretación adecuada a la Constitución. Ocurriendo así en el presente caso, pues el precepto impugnado es susceptible de una interpretación conforme a la Constitución y no impone necesariamente actuaciones contrarias a ella, procede declarar que ese precepto no es contrario a la Constitución.

Vamos a ver que dice el TS, el TC o el TEDH sobre esta cuestión que por cosa parecida a Polonia le han condenado en el TEDH por un sistema que permite “meter la mano” en el nombramiento de jueces del TS a los partidos. ¿Aplicarán a España la misma regla que ya aplicó el TC en 1986 se olvidó del tema?.

La jueza española actual es del OPUS DEI y como suele tener mucha mano el juez español para decir que caso admiten (esto lo dice el ex magistrado TEDH Javier Borrego públicamente), así que no es el OPUS sinómino de justicia sino de intereses ocultos, politiqueos y culto al dinero que para eso lo fundó el falso santo Escrivá un 2 de octubre de 1928 cuando un dios sotánico (y satánico) se le aparece y le ordena crear una secta aberrante.

Los arruís son el otro lado de la existencia, son enviados de la Divina Naturaleza para arruinar a los que contravienen las normas esenciales de la Madre Naturaleza. Esa matanza salvaje que autorizó le pasa factura al trasgresor. Y seguramente afectará al propio juicio final de la persona en los que los jueces al uso no creen, son “ateos de la justicia”.

Quousque tandem abutere Catalina, patentiae nostra?


POR ELLO INTERESO AL PLENO la revocación de dicho nombramiento de fecha de hoy 29.1.25

OTROSI que la representación ya consta acreditada en los archivos del CGPJ en la diligencia informativa del Promotor 345/2018, por lo que no es precisa su nueva aportación.

Madrid 29.1.25

Anexo articulo escrito sobre la ejecutoria de URIS por la protectora de los ARRUIS que ahora salen de sus humildes tumbas animales porque tienen espíritu y deseo de justicia contra la URIS ARRUICIDA.

https://surestepress.wordpress.com/2019/10/02/crueldad-y-sangre-animal-los-arruis-de-murcia-exigen-el-cese-de-la-magistrada-consuelo-uris/

CRUELDAD Y SANGRE ANIMAL: LOS ARRUIS DE MURCIA «EXIGEN» EL CESE DE LA MAGISTRADA CONSUELO URIS


 
La masacre no es “perjuicio irreparable” dijo la magistrada y se quedó tan pancha. Hombre es que si para la matanza estropea su curriculum para que el PP le nombre presidenta.


2 OCTUBRE, 2019SEPRESS

ASCENDIDA A LA PRESIDENCIA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DE MURCIA

«COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN PROTECTORA DEL ARRUI»

La ASOCIACIÓN PROTECTORA DEL ARRUI, ante el nombramiento de la magistrada de lo contencioso administrativo Consuelo Uris como presidenta de dicha Sala, nombramiento que es “discrecional” o basado en un criterio libre tomado por vocales del Consejo General del Poder Judicial, estos a su vez designados por los grandes partidos y hasta hoy con mayoría del PP (el mismo partido autor de la mísera y repugnante matanza de los arruis de Sierra Espuña) desea puntualizar ante la opinión pública:

1.-Que, dado el vivo interés público que tiene el nombramiento, pedimos la DIMISIÓN de la magistrada del cargo por el que ha sido nombrada por su dependencia con la política demostrada en el caso de los ARRUÍS o masacre arbitraria y cruel de estas cabras montesas de Sierra Espuña.

2.-Que Consuelo Uris Lloret, magistrada de la Sala de lo Contencioso Administrativo, fue la “ponente” o “cerebro” de la denegación de la paralización de la matanza de los arruís emprendida en Sierra Espuña (de la que nace esta misma asociación) por la Comunidad Autónoma dirigida por el PP, el mismo partido que acaba de nombrar a los cargos judiciales gubernativos como es la presidencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo). La nueva presidenta con los votos de los vocales del PP en el Consejo Judicial (allí se reparten los cargos y Uris es del cupo del PP) tiene las manos teñidas de sangre y sufrimiento animal por lo que nunca debería de haber accedido al cargo de presidenta y aun más, si los jueces fueran real y verdaderamente responsables de sus actos, que no lo son por culpa del gremialismo profesional, debería de estar suspendida de funciones y haber sido juzgada ya por decir que la matanza de los arruís no ocasionaba un perjuicio irreparable a estos, ataque al sentido común de la humanidad que también es un gravisimo incumplimiento de deberes.

3.-Que esta Asociación “ni olvida ni perdona” el daño causado a la especie animal de sus protegidos, ni estos tampoco van a dejar de cumplir el papel que la naturaleza les ha dado de pasar la factura debida por el agravio sufrido. No habrá paz en vida para los ejecutores de la crueldad animal.

4.-Que el nombramiento de URIS es expresión de la interdependencia entre política y cargos judiciales. Es decir es expresión del estado de anomalía de la Justicia y de su profundo descrédito que arruina el edificio y que provocará seguro su desplome repentino.

5.-Que quien ha demostrado ser cruel con los animales como decía el filósofo Schopenhauer no puede ser buena persona y alguien que no es buena persona no debería si quiera ser juez. Debería de estudiarse la revocación de su nombramiento por atacar a la razón humana y al propio género humano naturalmente protector de los animales.

6.-Que sirva la presente como homenaje recordatorio a los cientos de animales masacrados con el concurso decisivo de la magistrada ahora premiada por el Partido Popular, cuyos vocales son mayoría en el Consejo donde se le ha nombrado, el mismo partido que ella beneficio denegando la paralización de la matanza. Los arruís ni le olvidan ni le perdonan.

ERGO, URIS ha entrado desde su notoria normalidad (2) como jurista por los favores realizados con notoriedad a uno de los dos partidos que controlan el CGPJ, el nombramiento de magistrada del TS ha sido el “pago” a no suspender la matanza de los arruis (entre otros varios favores judiciales que se investigarán en el contencioso si es que el TS deja que se discuta el tema que hay que pensar mal para acertar)".

2 Hay jueces de lo contencioso en la misma Murcia, si la cosa iba de cupo murciano porque sale otro benefactor del PP, Juan Martínez Moya (este tiene más nivel que Uris) con mejor perfil que ella usando una expresión “panocha” “para echarle a los cochinos” como se dice en Murcia como sinónimo de abundancia.

No hay comentarios: