MURCIA.- La Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e
Investigación ha determinado la puesta en marcha de un conjunto de
medidas extraordinarias para la prevención de incendios forestales
debido a la previsión del episodio de calor extremo que afectará a la
Región de Murcia desde este viernes día 15 hasta el jueves 21 de agosto.
La Resolución de la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción
Climática contempla la limitación del empleo de maquinaria para la
realización de trabajos en terreno forestal, debido a las altas
temperaturas previstas, que suponen un incremento del riesgo de
incendio.
La norma prohíbe expresamente entre los días 15 y 21
de agosto (ambos inclusive), la realización de cualquier tipo de
trabajo que precise el empleo de equipos radiales, soldadura,
desbrozadora de disco o astilladora en la superficie de uso forestal y
en la franja comprendida alrededor de esta en 100 metros de distancia.
Los trabajos en áreas forestales autorizados deberán realizarse entre
las 6.00 horas y las 13.00 horas, siguiendo las pautas marcadas, con
excepción del uso de calderas para extracción de aromáticas o
aprovechamientos apícolas, que podrán ejecutarse entre las 5.00 horas y
las 13.00 horas.
Los trabajos de reparación de caminos que no conlleven
el uso de maquinaria citada quedan exentos de estas indicaciones.
Con el fin de evitar el riesgo de incendio forestal, esta medida
prohíbe asimismo la realización de actividades como el lanzamiento de
pirotecnia a menos de 400 metros de terreno forestal, a excepción de la
terrestre de menos de dos metros de vuelo sobre el suelo.
También se
prohíbe el encendido de fuegos en áreas recreativas y la celebración de
pruebas o competiciones de vehículos a motor que atraviesen terrenos de
monte público o privado.
Se limita asimismo el tránsito rodado
para vehículos y maquinaria a motor por determinados viales que
atraviesen terrenos forestales desde las 6.00 horas del día 15 de agosto
hasta las 7.00 horas del día 21, con excepciones como accesos a
viviendas, propiedades y explotaciones forestales o mineras que se
encuentren en el ámbito forestal.
También será una excepción
el acceso y vuelta entre las 21.00 horas y las 6.00 horas para cazadores
en modalidad de aguardo cuando el recorrido a pie sea de más de tres
kilómetros y en especial pueda afectar a personas con limitaciones de
movilidad.
No se verá limitada la función de vigilancia
medioambiental que pueda ser realizada por los agentes medioambientales y
otras autoridades o empleados públicos, ni los accesos por pistas
forestales asfaltadas cuando por razón de seguridad esté justificado.
Los agentes medioambientales velarán por el cumplimiento de estas
medidas de prevención de incendios forestales y los efectivos de la
Unidad de Defensa contra Incendios Forestales (UDIF) adscritos al Plan
Infomur se mantendrán en estado de alerta.
No hay comentarios:
Publicar un comentario