
La sentencia de la Sala confirma la resolución dictada en enero de 2007 por un juzgado de primera instancia de la capital porque, según criterio de sus tres magistrados, «han quedado acreditados los daños aparecidos en las viviendas y cuyo origen se encuentra en los defectos constructivos, que deben ser resarcidos por el promotor y vendedor de las mismas».
La empresa López Rejas no ha conseguido probar que esos daños hayan sido provocados posteriormente por los propios afectados, que lo han demandado ante los tribunales, ni que el indebido asentamiento de la construcción se deba al cambio de algunos tabiques en el interior de las viviendas .
Igualmente la Sala obliga con esta sentencia confirmatoria contra la empresa José López Rejas a que corra con los gastos de reparación de unas filtraciones aparecidas en el aparcamiento del supermercado existente en los bajos del citado edificio de propiedad horizontal y que consta de tres fases.
1 comentario:
La información de esos desperfectos ha corrido bastante por la ciudad, y está en poder de más de uno. Algunos vecinos también las tienen bien detallada.
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