MURCIA.- Alrededor de 4.325 comerciantes, hosteleros
 y pequeños empresarios de Murcia se beneficiarán de la modificación de 
las ordenanzas fiscales aprobada este lunes por el Pleno del 
Ayuntamiento, informaron fuentes municipales en un comunicado.
   Los receptores de las ayudas son 1.555 establecimientos de 
restauración y hostelería; 670 de otras actividades --comercios menores 
que han tenido que cerrar durante este periodo y no son bares ni 
restaurantes--, y 2.100 comerciantes de mercadillos semanales.
   En concreto, la Corporación murciana ha dado el visto bueno a la 
modificación de las ordenanzas que afectan tanto a la ocupación de 
espacios públicos por terrazas como a los mercadillos semanales.
   Así, la tasa por aprovechamiento especial de terrenos de uso 
público con mesas y sillas y la tasa por aprovechamiento especial o 
utilización privativa de la vía pública con mercadillos semanales no se 
liquidarán durante el período de no ocupación, lo que supone un impacto 
económico estimado de 175.000 euros (por mesas y sillas) y 133.340 euros
 (por mercadillos semanales).
    Además, se reducirá el 50% de las tarifas aplicables para el 
segundo semestre de año en ambas tasas. Ello supone un impacto económico
 estimado de 516.250 euros (por mesas y sillas) y 200.010 euros (por 
mercadillos semanales).
   La bajada de la tarifa de la tasa de mesas y sillas beneficiará a 
675 contribuyentes y la de mercadillos semanales a 2.100 titulares de 
licencia.
   Además, los locales afectados por el cese de actividad como 
consecuencia de la declaración del estado de alarma podrán acogerse a la
 cuota mínima de 29,96 euros de recogida de basuras.
   La aplicación será por un bimestre, tiempo equivalente al período 
efectivo de cierre, y tendrá un impacto económico estimado de 335.434 
euros. Esta medida beneficiará a 880 contribuyentes de actividades de 
restauración y hostelería y a 670 de otras actividades.
   Respecto al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, 
se aplicará del tipo impositivo del 2% durante un plazo de 6 meses desde
 su entrada en vigor, lo que tendrá un impacto económico 489.121 euros.
   Esto permitirá que los dueños de establecimientos que tengan que 
realizar reformas para adaptarse a la nueva normativa estatal sólo 
tengan que pagar el 50%.
   El Ayuntamiento no cobrará los precios públicos del alquiler de 
instalaciones deportivas y escuelas infantiles de los servicios públicos
 que se hayan dejado de prestar con motivo del estado de alarma y, en el
 caso de que se haya anticipado el pago, se establecerán  procedimientos
 ágiles de devolución.
   Actualmente, la ejecución de esta medida supone un impacto 
económico estimado de 498.525 euros por el alquiler de instalaciones 
deportivas municipales de Murcia y 105.400 euros por la prestación de 
servicios en las Escuelas Infantiles.
   Igualmente, la Agencia Municipal Tributaria pondrá en marcha de 
medidas complementarias extraordinarias de carácter tributario, que 
incluyen la implementación de medidas de flexibilización en el cobro de 
los Planes Personalizados de Pago (PPP) aprobados hasta la entrada en 
vigor del estado de alarma, mediante la puesta en marcha de 
procedimientos de pago aplazado hasta el 31 de diciembre de 2020.
   También contempla procedimientos de recobro de deudas en período 
voluntario de los tributos de cobro periódico para aquellos cargos en 
cuenta de domiciliaciones que fuesen devueltos por las entidades 
financieras por no haber podido ser atendidos por el contribuyente.
   Asimismo, se modificará el calendario fiscal correspondiente al 
ejercicio 2020 con objeto de aplazar los periodos de ingreso de 
recaudación voluntaria de todos aquellos padrones municipales pendientes
 de aprobación.
   En relación al Impuesto sobre el incremento del valor de los 
terrenos de naturaleza urbana, existe la posibilidad de ampliar el plazo
 establecido de declaración de 30 días hábiles en las transmisiones 
'inter vivos' por un periodo adicional de 15 días naturales desde la 
finalización del estado de alarma y, en el caso de transmisiones 'mortis
 causa', prorrogar el plazo de 6 meses para presentar la declaración del
 Impuesto por otros seis adicionales.
   Asimismo, se ha incluido en la Ordenanza General de Gestión, 
Recaudación e Inspección de tributos locales medidas que garanticen la 
atención a los ciudadanos de forma no presencial en todos los 
procedimientos de aplicación de los tributos, tanto por teléfono, 
mediante grabación de voz, como a través de la Oficina Virtual 
Tributaria, facilitando el acceso a los canales electrónicos de 
tramitación.







