MADRID.- El BOE ha publicado una orden por la que se 
establecen nuevas condiciones a aplicar en la desescalada en materia de movilidad. Algunas de las nuevas normas se aplican en las zonas de fase 0, fase 1, o en ambas indistintamente. 
Vehículos privados particulares
-Las personas que residan en el mismo domicilio podrán viajar, a partir de la fase 1 de la desescalada
 que ha comenzado este lunes en algunas provincias españolas, en los 
transportes privados particulares y privados complementarios de hasta 
nueve plazas, incluido el conductor, sin necesidad de utilizar 
mascarillas y pudiendo ocupar todas las plazas que tenga el vehículo.
-En los transportes privados particulares y privados 
complementarios de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido
 el conductor, cuando no todas convivan en el mismo domicilio,
 podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que 
utilicen mascarilla y respeten la máxima distancia posible entre los 
ocupantes.
Motocicletas y ciclomotores
-En las 
motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén
 provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), la 
publicación establece que podrán viajar dos personas 
siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o 
que residan en el mismo domicilio, independientemente de la fase en la 
que se encuentre su provincia y siempre siguiendo una serie de 
restricciones. 
El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y
 también por parte del conductor en el caso de motocicletas y 
ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán 
admitidos los guantes de protección de motoristas.
De esta manera, ya en la fase 0, dos personas pueden viajar en la misma moto en todo el territorio nacional, siempre que lleven casco integral ambos pasajeros o utilicen mascarilla o vivan en el mismo hogar.
Transporte público de viajeros
En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor,
 podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos 
respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la 
distancia máxima posible entre sus ocupantes.
Si todos los usuarios conviven en el mismo domicilio, 
podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de 
la del conductor.
La publicación del BOE señala que en los transportes públicos colectivos de viajeros de ámbito urbano y periurbano,
 en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de 
viajeros de pie, se procurará que las personas mantengan entre sí la 
máxima distancia posible, estableciéndose como referencia la ocupación 
de la mitad de las plazas sentadas disponibles, y de dos viajeros por 
cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie.
Furgonetas y camiones
En los vehículos en
 los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de 
una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos 
pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, 
siempre que sus ocupantes utilicen mascarillas y guarden la máxima 
distancia posible. En caso contrario, únicamente podrá viajar el 
conductor.
Autobuses y trenes
La orden también dicta
 que en el transporte público regular, discrecional y privado 
complementario de viajeros en autobús, así como en los transportes 
ferroviarios, en los que todos los ocupantes deban ir sentados, el 
operador limitará la ocupación total de plazas de manera que los 
pasajeros tengan un asiento vacío contiguo que los separe de cualquier 
otro pasajero.
Como única excepción a esta norma, el operador podrá ubicar
 en asientos contiguos a personas que viajen juntas y convivan en el 
mismo domicilio, pudiendo resultar en este caso una ocupación superior. 
En todo caso, en los autobuses se mantendrá siempre vacía la fila 
posterior a la butaca ocupada por el conductor.
Limitaciones a la movilidad en las zonas de fase 0
En cualquier caso, hay que recordar que se mantienen las limitaciones a la movilidad durante el estado de alarma. 
Aunque ya comienzan a flexibilizarse las restricciones, aún hay muchas prácticas que no se pueden realizar en las zonas de fase 0 de desescalada. Por ejemplo, el uso del coche
 -así como el transporte público, la bicicleta y el patinete- está 
permitido para los mismos desplazamientos que ya estaban autorizados 
antes de que se pusiera en marcha el plan de desescalada. Es decir, para
 la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera 
necesidad; asistencia a centros, servicios y establecimientos 
sanitarios; desplazamiento al lugar de trabajo y retorno al lugar de 
residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, 
dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente 
vulnerables; desplazamiento a entidades financieras y de seguros; o por 
causa de fuerza mayor o situación de necesidad. 
Además, también se podrá utilizar para ir a 
establecimientos que están abiertos con cita previa, como peluquerías, 
tiendas de ropa o zapaterías, entre otras.
Por último, la circulación está limitada dentro del municipio del domicilio actual.
Limitaciones a la movilidad en las zonas de fase 1
En esta etapa ya pueden ir en el coche todas las personas que residan en la misma dirección domiciliaria y se podrán desplazar, por ejemplo, a establecimientos hosteleros, terrazas y mercadillos. 
También se podrá usar el vehículo privado para visitar a familia y amigos, porque se permitirán reuniones de 10 personas como máximo. Eso sí, los desplazamientos quedan restringidos a la misma provincia, o departamento de salud, donde se encuentra el domicilio habitual.
 No se permiten desplazamientos entre áreas con diferente fase de 
desescalada. El ministro de Sanidad ha insistido en que se circunscribe 
al interior de la unidad de referencia, que en la mayoría de los casos 
es la isla o la provincia, aunque también ha recordado que en algunos 
casos se han tenido en cuenta áreas sanitarias.
Hay algunas excepciones en las que se permitirá traspasar el límite de la provincia, isla o unidad territorial
 de la que se trate «por motivos sanitarios, laborales, profesionales o 
empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y 
cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de 
fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga 
naturaleza».
También se permite, en la fase 1, la movilidad 
interterritorial entre municipios colindantes de tránsito habitual para 
la realización de actividades socioeconómicas, por ejemplo para reparar 
el coche.
Por último, el Gobierno ha cambiado de criterio y permite ahora los desplazamientos a segundas residencias dentro de una misma provincia, isla o área sanitaria autorizada.
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