MURCIA.- La magistrada de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de 
Justicia (TSJ) Consuelo Uris ha reclamado una indemnización de 40.000 
euros al letrado José Luis Mazón por haberla acusado en un artículo 
publicado en un medio digital de contribuir al «exterminio» de arruís en
 el parque regional de Sierra Espuña al no suspender la erradicación 
controlada de estos animales emprendida por la Comunidad Autónoma.
En
 la demanda por intromisión ilegítima en el derecho al honor la 
magistrada señala que los comentarios eran de tan gravedad que incluso 
afectaron a su salud, «al saberse denigrada de forma permanente en un 
portal público de libre acceso para cualquiera, lo que provocó un cuadro
 de pérdida notable de peso, dolor epigástrico, acidez y dispepsia».
La
 demanda, que será vista en el juicio que se desarrollará en un Juzgado 
de Primera Instancia de Murcia el próximo noviembre, ha sido contestada 
por Mazón con un escrito de reconvención dirigido no solo contra Uris, 
sino, también, contra el letrado que la defiende, al considerarlo «autor
 intelectual y firmante de la demanda».
Las actuaciones judiciales
 tienen su origen en un auto dictado por la Sala de lo Contencioso del 
TSJ en agosto pasado, del que fue ponente la magistrada, por el que no 
se accedió a decretar la medida cautelarísima de suspensión de la caza 
de arruís que Mazón había solicitado.
En el escrito, se la acusaba
 a ella y también a sus compañeros de tribunal, Rubén Jiménez y Enrique 
Quiñonero, de «haber denegado la paralización de la matanza, pese a que 
le ley les ordena hacerlo cuando de la no suspensión se deriven 
'perjuicios irreparables'».
En el artículo se hacían comentarios 
sobre determinados aspectos de la carrera profesional de los 
magistrados, la forma en que habían llegado a sus puestos y los deseos 
de ascenso de dos de ellos.
La magistrada Uris consideró 
denigrantes los comentarios hechos en el escrito, en especial, uno en el
 que se hacía una equiparación con los exterminios llevados a cabo por 
los nazis.
En su reconvención, el letrado Mazón insiste en sus 
afirmaciones y comenta que a partir del dictado del auto de denegación 
de la suspensión de «la matanza» de los arruís, la magistrada contribuye
 al «exterminio» de estos animales.
Frente a lo alegado en el auto
 de que no se accedía a acordar la medida urgente de suspensión del plan
 de erradicación de arruis porque los daños no se consideraban 
irreparables, el abogado critica esa apreciación al señalar que la 
ponente «parece que entiende que sería posible devolver a la vida a los 
exterminados al final del proceso si prosperan las tesis de la entidad 
recurrente, la Asociación Protectora de los Arruís», que él mismo 
lidera.
El letrado muestra también su sorpresa porque siendo tres 
los magistrados que firmaron la resolución criticada, solo Uris se haya 
considerado difamada.
La demanda de protección del derecho al 
honor pide que se condene al pago de los 40.000 euros al articulista y 
al portal donde apareció su escrito y a publicar la sentencia en este 
medio, donde el texto de la misma debería quedar accesible los mismos 22
 días que duró la permanencia del texto en portada.
 
 
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