MURCIA.- La entrada en vigor de la Ordenanza Municipal
para Luchar contra la Prostitución en el municipio de Murcia ya está
dando sus primeros resultados. Desde el pasado 11 de noviembre y hasta
el 4 de febrero, la Policía Local ha formulado 42 denuncias, 35 de ellas
a prostitutas y siete a clientes.
En concreto, según han especificado fuentes
municipales, 24 de estas prostitutas han sido multadas por ofrecer
directa o indirectamente servicios sexuales retribuidos en espacios
públicos, una infracción considerada leve, y sancionada con hasta 750
euros.
Las once prostitutas restantes han sido multadas por la misma
infracción pero llevada a cabo en espacios situados a menos de 300
metros de distancia de centros docentes, lo que se considera como
infracción grave y es sancionada con una multa de 750,01 a 1.500 euros.
Por su parte, los siete clientes han sido sancionados por
solicitar directa o indirectamente servicios sexuales retribuidos en los
espacios públicos; una infracción grave, sancionada también con una
multa de 750,01 a 1.500 euros.
Todas estas denuncias se han formulado en el barrio de El Carmen
en horario de mañana, tarde y noche, siendo casi todas las prostitutas
ciudadanas extranjeras de entre 18 y 54 años. En concreto, once de ellas
son de Marruecos, tres de Guinea Ecuatorial, tres de Rumanía y una de
España, algunas de ellas han sido denunciadas en varias ocasiones. Por
su parte, los clientes pertenecen a Marruecos, Ghana, Senegal, Ecuador,
Nigeria y Guinea Bissau, respectivamente.
La Ordenanza para Luchar contra la Prostitución en el municipio de
Murcia, dirigida tanto a hombres como mujeres que ejercen esta
actividad, contempla sanciones de hasta 3.000 euros y afecta a todas las
personas, incluidos los menores de edad, que en los siguientes espacios
realicen algunas de las conductas tipificadas como infracciones en la
Ordenanza.
En concreto: ofrecer servicios sexuales retribuidos; solicitar,
negociar o aceptar las personas demandantes servicios sexuales a cambio
de un pago; mantener relaciones sexuales mediante retribución por ellas;
realizar actos de divulgación o publicidad para promover el consumo y
el mercado de la prostitución, así como la explotación y el turismo
sexual.
Asimismo, las conductas favorecedoras del consumo de prostitución u
otras formas de explotación sexual, como acercar a los clientes a los
lugares donde se encuentran las personas en situación de prostitución.
Dichas conductas se agravan cuando se realizan a menos de 300
metros de distancia de centros docentes, educativos y otros espacios con
gran afluencia de público infantil y/o juvenil, así como de lugares de
celebración de cualquier otro acto público con gran afluencia de
personas.
Para los infractores menores de edad, demandantes de servicios
sexuales, se puede permutar la primera sanción firme por medidas
sustitutivas, cuya prestación tendrá carácter voluntario.
Al momento de formular las denuncias, las personas responsables
serán requeridas para que abandonen el lugar y cesen en la conducta
prohibida y en caso de desobediencia a estos requerimientos, se dará
conocimiento a la autoridad judicial.