MURCIA/ÁGUILAS.- Ecologistas en Acción de la Región Murciana ha registrado ante la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, dirigida por Juan María Vázquez, un extenso escrito reclamando la inmediata aprobación inicial del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Regional de “Cabo Cope y Puntas de Calnegre”, que dé lugar a su aprobación definitiva por el procedimiento de urgencia, en cumplimiento del artículo 48.5 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia.
Según su portavoz, Pedro Luengo, “no conocemos que en ninguna otra Comunidad Autónoma se mantenga nada menos que todo un Parque Regional, declarado hace más de 6 lustros, sin ningún Plan de Ordenación que establezca las medidas de conservación, así como las normas que garanticen la seguridad jurídica de todos”.
Luengo insiste, además, en la anomalía que supone que se trate del único Parque Regional murciano que carece, no ya de PORN aprobado definitivamente, sino ni siquiera aprobado inicialmente y sometido a información pública.
En este sentido, el escrito denuncia el menoscabo que se produce en el principio constitucional de participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, al escamotearse los “trámites de audiencia a los interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales afectados y de las organizaciones”.
La inactividad de la Administración Regional Murciana en la aprobación del PORN del Parque Regional de “Cabo Cope y Puntas de Calnegre”, aparte de un incumplimiento directo y flagrante de una obligación legal sometida a plazo, ampliamente rebasado, constituye una vulneración asimismo del artículo 45 de la Constitución Española, conforme al cual todos tenemos “derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo”, artículo que también establece la obligación de los poderes públicos de “velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente”.
La aprobación de los PORN es una obligación de las administraciones competentes, concreta y directa, establecida por Ley, pues según el artículo 16.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad “Los recursos naturales y, en especial, los espacios naturales a proteger serán objeto de planificación”.
La organización ecologista afirma en su escrito que, habiendo el legislador regional declarado en el año 1992 el Parque Regional, mediante la Ley 4/1992, de 30 de julio, indicándose además en ella de forma expresa "la urgencia en la adopción de las medidas tendentes a su protección", -que es lo que justifica la declaración sin previo PORN de manera excepcional-, el Gobierno de la Región de Murcia, y en particular el titular de la consejería competente en materia de espacios naturales, mantiene una actitud de flagrante y premeditada inactividad más de 30 años después, atendiendo tal vez a las exigencias de ciertos sectores económicos, poniendo sus intereses privados por encima del cumplimiento obligado de la Ley y la defensa del interés público de toda la ciudadanía.
Recuerdan que dando cumplimento tanto a la Ley 4/1989, de 27 de marzo como a la Ley 4/1992, de 4 de julio, la Agencia Regional para el Medio Ambiente y la Naturaleza acordó en su Resolución de 22 de septiembre de 1993, el inicio del procedimiento de elaboración de determinados planes de ordenación de los recursos naturales, entre los que figura el PORN de Cabo Cope y Puntas de Calnegre.
Además, los ecologistas exigen asimismo que, puesto que en el ámbito del PORN se solapan varias figuras de espacios protegidos que se añaden a la inicial de Parque Regional, concretamente los espacios LIC y ZEPA de la Red Natura 2000, la planificación de dicho espacio ha de ser necesariamente “integrada”, y recuerdan que también existe mandato legal a este respecto, mediante la Disposición adicional tercera Integración de la planificación ambiental de la Ley 6/2012, de 29 de junio, de medidas tributarias, económicas, sociales y administrativas de la Región de Murcia, así como el artículo 29.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
En efecto, en 3 febrero de 2021, se redactó por la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático, de la Dirección General de Medio Natural el documento previo del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Regional de “Cabo Cope y Puntas de Calnegre”, en el cual se ratificó que el PORN de este Parque Regional formaba parte "integral" (por eso se llaman así precisamente) del Plan de Gestión Integral (PGI) de los Espacios Protegidos de la Costa Occidental de la Región de Murcia, es decir, ordenando también los Espacios Protegidos de la Red Natura 2000.
Pues bien, siendo Consejero de Medio Ambiente y también de Agricultura (este detalle es sin duda importante) el actual senador Antonio Luengo Zapata, la Consejería “anuló” por la vía de los hechos, y sin ningún respaldo jurídico, sus anteriores decisiones, excluyendo al Parque Regional de “Cabo Cope y Puntas de Calnegre” de los espacios protegidos incluidos en el Plan de Gestión Integral (PGI) de los Espacios Protegidos de la Costa Occidental de la Región de Murcia.
En efecto, en la "Memoria Justificativa" de la Consulta pública previa a la elaboración del proyecto de Decreto de aprobación del Plan de Gestión Integral de los Espacios Protegidos de la Costa Occidental de la Región de Murcia, que no está firmada ni tiene fecha de elaboración y que se realizó entre el 29 de octubre al 12 de noviembre de 2021, se determinó que "el Plan de Gestión Integral no integrará el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Regional, dado que su aprobación requiere una tramitación específica", lo cual es una mala excusa , ya que ambas tramitaciones son perfectamente compatibles.
Por todo ello, desde Ecologistas en Acción, que junto a otras organizaciones y plataformas ambientales y sociales viene reclamando la aprobación del PORN desde hace más de seis lustros, exigen al actual Consejero de Medio Ambiente y al Gobierno Regional, la inmediata aprobación inicial del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Regional de “Cabo Cope y Puntas de Calnegre”, y su aprobación definitiva por el procedimiento de urgencia, y anuncian que el escrito presentado es el paso previo a un procedimiento contencioso administrativo contra la Administración Regional, por una inactividad injustificada y que es inexplicable por ninguna circunstancia, salvo la de preservar intereses privados de determinados sectores y/o personas aun a costa de incumplir más de 30 años las leyes.
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