Eduardo Zaplana es un enfermo de leucemia, y además un preso preventivo en la cárcel de Picassent acusado de  graves delitos de corrupción.
 Son dos identidades que de alguna manera compiten para dominar nuestra 
atención y hacer que nos fijemos en una y nos olvidemos de la otra o le 
restemos importancia.
 Eso es imposible. Cada uno 
puede tener de Zaplana la opinión que desee, pero hay una cosa que debe 
quedar clara. No se hace justicia violentando la dignidad de las 
personas sospechosas de cometer delitos y los derechos que les concede 
la Constitución.
 La justicia debería conceder a Zaplana –encarcelado 
desde mayo– la posibilidad de obtener la libertad bajo fianza o de salir
 de prisión en atención a su estado de salud.  El artículo 508
 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal contempla esa opción: "El juez o 
tribunal podrá acordar que la medida de prisión provisional del 
investigado o encausado se verifique en su domicilio, con las medidas de
 vigilancia que resulten necesarias, cuando por razón de enfermedad el 
internamiento entrañe grave peligro para su salud". 
 
Mantenerlo en prisión con las visitas periódicas a un hospital para su 
tratamiento, como la que se ha producido estos días, es el tipo de 
castigo que no figura en el Código Penal y no admite justificación. Es 
algo que ha caracterizado en ocasiones a la justicia española, tanto en 
el caso de presos preventivos como en el de los que han sido ya 
condenados.
 En el primer ejemplo, los presos 
comienzan a cumplir su pena antes de ser condenados por el alargamiento 
excesivo de la instrucción del caso durante años. En el segundo, los 
internos que sufren "una enfermedad muy grave con padecimientos 
incurables"  tienen inmensas dificultades para que los jueces tengan en cuenta su situación personal.
 Frente al espíritu humanitario y garantista que respiran muchos 
artículos clave de la Constitución, algunos jueces y fiscales se 
comportan con frialdad –eso quizá forme parte del trabajo– y una total 
falta de consideración por las circunstancias personales de cada preso. 
Que algo sea legal –la ley concede un amplio margen para que los jueces 
la interpreten– no significa necesariamente que sea moral o que no sea 
posible otra interpretación.
 Zaplana lleva siete 
meses en prisión preventiva. No ha sido aún juzgado, por lo que el 
sistema de justicia no puede considerarlo culpable mientras no se 
demuestre lo contrario. No creo que el riesgo de fuga deba ser tenido en
 cuenta en su estado de salud. En cuanto a la posible destrucción de 
pruebas, ¿eso justifica que un preso preventivo continúe en la cárcel 
hasta la celebración del juicio dentro de uno, dos o tres años 
convirtiendo en la norma lo que sólo se justificaría de forma 
excepcional? 
La posición del Partido Popular
  El Partido Popular ha reclamado que
 Zaplana pueda abandonar la prisión: "La vida de Eduardo Zaplana está en
 serio riesgo. Se debería tener en cuenta esta circunstancia para que 
siga tratándose su enfermedad desde un hospital y no desde un centro 
penitenciario. Un poco de humanidad".
  Pablo Iglesias ha
 apoyado la petición del PP: "Cualquier preso, haya hecho lo que haya 
hecho, merece que se respete su dignidad si sufre una enfermedad como la
 de Zaplana. La humanidad engrandece a la democracia también cuando se 
enfrenta al crimen".  También lo ha hecho Alberto Garzón: "La humanidad y el respeto a los derechos humanos nos hace mejores como sociedad y democracia".
 Es inevitable recordar otras ocasiones en que el PP puso intereses 
políticos por encima de consideraciones sobre la dignidad de un preso 
enfermo de cáncer.  El senador de Bildu Jon Iñarritu
 recuerda que ahora se está aplicando "la cruel medida" que aprobó un 
Gobierno del PP, la instrucción 3/2017 de Instituciones Penitenciarias, 
"para limitar la excarcelación de los presos gravemente enfermos". 
 Esa medida, aún en vigor, establece que los presos sólo podrán ser excarcelados si su fallecimiento se prevé  "con razonable certeza a muy corto plazo".
 Plantea un umbral tan alto de certidumbre que habría que medir en unos 
pocos meses como mucho –imposible de determinar con total seguridad 
por los médicos que no pueden calcular la fecha exacta de una muerte 
inminente– que en la práctica convierte en muy difícil que un preso en 
esas circunstancias pueda dejar la prisión.
 Se tomó 
esa decisión años después de la polémica por el preso etarra Josu 
Uribetxeberria Bolinaga, al que se concedió la libertad por ser enfermo 
terminal de cáncer y que falleció dos años y medio después de su 
excarcelación. El PP denunció la decisión en los términos más rotundos y
 la asoció a un supuesto pacto político. 
 La 
humanidad en el trato a los presos no depende de la gravedad de sus 
delitos, sino del respeto a la Constitución y de la fuerza moral de 
quienes deben tomar decisiones sobre su situación. La venganza contra 
presuntos asesinos o ladrones no es una alternativa moral ni una premisa
 de la que debe partir el sistema de justicia.
 Es 
cierto que con delitos muy graves esa dignidad exigida puede tener un 
impacto político y social determinado, es decir, puede resultar 
controvertida o difícil de aceptar para muchas personas. Pero que sea 
más difícil políticamente, que haya ciudadanos que no terminen de 
entenderlo, no significa que sea opcional.
 Los 
derechos recogidos por la Constitución no están a expensas de las 
conveniencias políticas de un partido o un Gobierno, ni de las 
prioridades de un juez instructor.
 A ojos de mucha 
gente, ser implacable ante el terrorismo y la delincuencia, como le 
gusta aparentar al PP, obligaría a mantener a Zaplana en prisión, y si 
muere allí, llegar a la conclusión de que ese es su problema, pero no de
 la sociedad ni de la Administración. 
 No es así de 
ningún modo y resulta inmoral plantear el problema en estos términos. 
Por eso, Zaplana debería ser excarcelado mientras la justicia termina la
 instrucción del caso. Morir en prisión no es un castigo que se pueda 
tolerar en una sociedad democrática.
(*) Periodista

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