LUXEMBURGO.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró hoy que 
las exenciones fiscales a los astilleros públicos Navantia podrían 
constituir ayudas de Estado ilegales, pero indicó que corresponde a la 
justicia española comprobarlo. 
La exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de la que se 
beneficia Navantia podría constituir una ayuda de Estado prohibida por 
la legislación europea, según la sentencia emitida por el TJUE. El alto 
tribunal comunitario deja en manos del juzgado de la localidad gallega 
de El Ferrol, que inició la consulta sobre el caso, analizar si es así.
En su sentencia de hoy, el tribunal europeo considera que esta 
exención podría constituir una ayuda de Estado, prohibida por la 
legislación europea.
Sin embargo, recalca que el juzgado de Ferrol deberá comprobar si 
efectivamente la exención puede ser considerada una ayuda de Estado 
improcedente en función de varios criterios interpretativos que incluye 
en su sentencia.
El Juzgado contencioso-administrativo nº 1 de El Ferrol consultó 
al Tribunal de Justicia de la UE si esta exención fiscal del IBI 
concedida a la empresa pública Navantia respecto a una parcela de 
terreno propiedad del Estado es compatible con las normativas 
comunitarias sobre competencia.
En concreto, el juzgado gallego se preguntaba si se puede considerar 
que este beneficio fiscal es una ayuda de Estado ilegal a los ojos de 
Bruselas, dado que podría suponer una ventaja selectiva respecto a sus 
competidores. 
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