viernes, 14 de febrero de 2025

Una asociación de juristas impugna el nombramiento de 21 magistrados del Tribunal Supremo

 MADRID.- La asociación Preeminencia del Derecho ha presentado recurso de reposición contra el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de nombramiento de 21 magistrados del Tribunal Supremo basándose en que desde 1986 el Tribunal Constitucional dictaminó en una sentencia de pleno que el nombramiento por cupos de los vocales era contrario a la constitución y ese cupo es lo que notoriamente se viene haciendo.

 Por tanto Preeminencia va llevar al Tribunal Supremo el nombramiento de los 21 magistrados aprovechando que el mismo Tribunal Supremo ha reconocido a una entidad jurídica como la fundación hay derecho legitimación para impugnar nombramientos jurídicos, y en todo caso el tema, si no prospera en el TS, se va llevar al Tribunal Constitucional de dónde sale la sentencia de 1986 y en su defecto ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que tiene numerosas sentencias de los asuntos polacos estableciendo que la política no puede meter la mano en los nombramientos jurisdiccionales y esto es lo que se está haciendo aquí notoriamente por el Consejo General del Poder Judicial ya nombrando a una vocal como ponente, de la que se adjunta el informativo de dicho CGPJ.

También se ha impugnado que los vocales que están en el mismo caso puedan emitir una decisión estando contaminados por la misma injerencia de la "alta política" o "política de cloacas del Estado", que es lo que son estos pactos mefistofélicos.
 
Escrito de Preeminencia del Derecho al CGPJ
 
 "LA ASOCIACION PREEMINENCIA DEL DERECHO, legalmente inscrita  como se acredita en poder adjunto, representada por su presidente JOSE  LUIS MAZÓN COSTA, NIF........., con domicilio de notificaciones electrónico en email despacho@joseluismazonabogado.com y físico en calle ...... MADRID, ante el PLENO formula  RECURSO DE REPOSICIÓN previo a la vía contenciosa, en su caso, contra  acuerdo de 29.1.25 por el que nombra magistrados del Tribunal Supremo ya  que dicho nombramiento está viciado porque es obra de vocales del CGPJ  que están nombrados por cupos de partidos políticos (en nuestro caso PSOE  Y PP), esto viola la independencia judicial conforme a la jurisprudencia del  TEDH en los asuntos c. POLONIA y conforme a la doctrina TC PLENO en  su sentencia de 1986 por la cual declaró que los vocales del CGPJ si eran  nombrados por cupo de partidos (que es lo que hace desde siempre) se viola la CE, razón mayor si los nombrados son los magistrados del TS los cuales  todos sin excepción han entrado por estar ungidos por padrinos de sus  respectivos partidos de apoyo, sistema CORRUPTO que viola la CE y el  CEDH y el más elemental sentido de la honestidad. 

El TS reconoció legitimación a la Fundación Hay Derecho para lo judicial  luego la hay para lo administrativo. 

PRETENSIÓN, se acuerde la nulidad de todos los nombramientos de  magistrados del TS operados por acuerdo del pleno del 29 de enero de 2025". 



El recurso de reposición objeto es el nombramiento de la magistrada María Consuelo Uris Lloret como miembro de la la Sala Tercera del Tribunal Supremo y nombramiento de los magistrados para el Tribunal Supremo, según recoge el gabinete técnico del CGPJ en su sección de recursos al responder a Mazón.

No hay comentarios: