MURCIA.- La magistrada del juzgado de Instrucción nº 5 de Murcia, María del Mar Azuar, ha procesado al exconsejero de Agricultura Antonio Cerdá y a 16 ex altos cargos de la Comunidad y
directivos de las empresas de ACS investigados en la causa. La
Comunidad Autónoma es considerada a la vez perjudicada y responsable civil
subsidiaria.
En un auto notificado hoy a las partes, la magistrada acuerda que continúe el procedimiento contra 17 de los 20 investigados en
las diligencias abiertas tras la denuncia de irregularidades en el
proyecto de la planta desaladora de Escombreras, actuaciones conocidas
como caso La Sal o caso Desaladora.
En
su resolución, la magistrada ha sacado de la causa a tres socios
minoritarios de la empresa Hydro Management, al considerar que no
intervieron en la gestación de los contratos que obligan a la Comunidad a
pagar anualmente por la explotación de la planta de Escombreras,
mientras que se abre el procesamiento contra los 17 restantes, entre los
que se encuentra el exconsejero Antonio Cerdá.
En
2020 cantidad que tendrán que abonar el Ejecutivo por la explotación de
la planta de Escombreras ascenderá a 21 millones de euros.
El
auto recoge que en la documentación aportada por las partes se llega a
cifrar el valor de la desaladora, más las infraestructuras asociadas, en
175 millones; y, por otro lado, la resolución contractual, con
referencia temporal en junio de 2012, se fijaba en una cantidad que
superaba los 600 millones de euros.
Este juzgado investiga desde hace años la participación de los ex altos cargos de la Comunidad Autónoma y de las empresas del grupo ACS que
intervinieron en los contratos de la planta, mientras que el Juzgado de
Instrucción nº 1 ha abierto otra causa paralela al expresidente del
Gobierno regional Ramón Luis Valcálcel, que está citado a declarar para
el día 16 de marzo.
En la
misma resolución, la magistrada también ordena que continúe el
procedimiento contra las mercantiles Hydromanagement, Tedagua, Cobra
Instalaciones y Servicios SA, Moncobra SA, Cobra Gestión de
Infraestructuras SLU, Hidronostrum SA y Desaladora de Escombreras (estas
dos últimas a través de ESAMUR, adscrita a la Consejería de
Agricultura) como posibles responsables civiles subsidiarios, además de
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en la doble condición de
perjudicada y responsable civil subsidiaria.
La
investigación se centra en los miembros del consejo de administración
del Ente Público del Agua y la Empresa Pública de la Desaladora de
Escombreras, que presidía Antonio Cerdá, en lo que la resolución
denomina "parte pública"; y los administradores o representantes de la
mercantil Hidromanagemet y de la empresa Técnicas de Desalinización de
Aguas (Tedagua), o "parte privada".
El
procedimiento se inició en abril de 2016, aunque las actuaciones
permanecieron secretas "para no perjudicar el resultado de la
investigación" hasta enero de 2018. En esa fecha, y tras la práctica de
numerosos registros la Brigada Central de Investigación y de Blanqueo de
Capitales y Anticorrupción de la Policía Nacional presenta el informe
-que dará nombre al procedimiento- y aporta la documentación
intervenida, clasificada en 60 documentos.
La
instructora, tras practicar numerosas diligencias, recabar informes
periciales, tomar declaración a los investigados, oír a los testigos, y
requerir diversa documentación en orden a determinar la naturaleza de
los hechos y el grado de participación de los investigados, (diligencias
todas ellas enumeradas de forma exhaustiva en el antecedente de hecho
número dos de la resolución), ordena la continuación del proceso por los
trámites del procedimiento abreviado, por si los hechos investigados
fueren constitutivos de delitos continuados de prevaricación,
malversación de caudales públicos/administración desleal, fraude/fraude
de subvenciones y falsedad.
Así,
en una resolución que ronda el centenar de folios, la instructora
sistematiza en 10 epígrafes (de la A a la J) la cronología de la
creación del Ente Público del Agua; la gestación del proyecto de
construcción de una desaladora hasta la constitución de la mercantil
privada Desaladora SA; los tres contratos principales: de construcción
(primero), y arrendamiento de planta (con Hidromanagement) y de
operaciones y mantenimiento (con Tedagua); la fórmula utilizada por el
Ente Público para adquirir gradualmente Desaladora SA a través de la
empresa pública Hidronostrum; el quebranto económico que supuso de forma
anual para la Región de Murcia el funcionamiento del EPA y sus
mercantiles "instrumentales"; la situación económica del cumplimiento o
ejecución de los convenios; la responsabilidad contable; la intervención
de socios fundadores de Hydromanagement; el contrato para la defensa
legal de Desaladora SAU y, por último, el valor de la desaladora y el
perjuicio económico global (al margen de las competencias del Tribunal
de Cuentas).
En este último
punto, el auto recoge que, en la documentación aportada por las partes,
se llega a cifrar el valor de la desaladora, más las infraestructuras
asociadas, en 175 millones; y, por otro lado, la resolución contractual,
con referencia temporal en junio de 2012, se fijaba en una cantidad que
superaba los 600 millones de euros.
Lo
expuesto, según la resolución, se deriva del análisis de la
documentación (unas veces en documentos físicos y otras en soporte
digital) hallados en los registros efectuados tras autorización judicial
a la sede social y las oficinas en la propia planta en la dársena de la
mercantil Desaladora de Escombreras, las dependencias del Ente Público
del Agua, un despacho profesional y en la sede social de
Hidromanagement.
Además, el
auto hace referencia a las distintas actas de Consejos de
administración, el Consejo de Gobierno y las Juntas de las sociedades
afectadas, así como los convenios suscritos con los Ayuntamientos.
Igual
papel relevante se otorga a los informes de la Intervención General, de
la División de Intervención y Fiscalización, de los Servicios Jurídicos
de la Comunidad Autónoma y al informe elaborado por la Unidad Central
de Delincuencia Económica y Fiscal, Brigada Central de Investigación de
Blanqueo de Capitales y Anticorrupción (UDEF-BLA) del Cuerpo Nacional de
Policía.
Todas ellas, según
subraya la resolución, diligencias acordadas en el plazo de seis meses
que para la instrucción ordinaria establece la Ley de Enjuiciamiento
Criminal.
"La diversa e ingente
documental aportada dejaba constancia de la cronología real de los
contratos suscritos entre la parte pública y privada y la aparentada",
resalta la resolución. Y señala los informes de un despacho de abogados
como reveladores del "intento de la parte pública, en connivencia con la
privada de evitar la aplicación de la normativa aplicable a la
contratación pública, fechando contratos, extendiendo actas, según el
plan de actuación previamente concebido".
Las
auditorias de cuentas, las reclamaciones judiciales, las subvenciones,
las aportaciones de capital de los socios y las procedentes del Fondo de
Liquidez Económico o plan de pago a proveedores, entre otros, "eran
indiciarios del quebranto económico para las arcas públicas, del exceso
de autoridad desplegado en el sector público y de la discordancia entre
la información/contabilidad económica facilitada y la reflejada".
Por
último, el auto decreta el archivo provisional de las actuaciones
respecto de tres investigados, socios minoritarios de Hidromanagement,
en un caso, porque no "constaba que el mismo interviniera en los hechos
objeto de enjuiciamiento con capacidad funcional" y por la dimisión o
renuncia a formar parte del consejo de administración, en los otros.
Tras
esta resolución, el Ministerio Fiscal y las demás acusaciones
personadas tienen 30 días, "dada la extensión y complejidad de los
autos", para formular escrito de acusación, solicitando la apertura de
juicio oral o solicitar el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de
que, excepcionalmente, puedan solicitar la práctica de diligencias
complementarias, concluye la parte dispositiva del auto.
El
auto no es firme y contra él cabe recurso de reforma ante el mismo
órgano que lo dictó y subsidiario de apelación ante la Audiencia
Provincial.