MURCIA.- El programa de ayuda al alquiler de
vivienda recogido en el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, que
fue aprobado este viernes, establece que las personas que alquilen una
vivienda solas no podrán cobrar más de 1,5 veces el Iprem (806,76 euros
al mes) para recibir la ayuda.
En el caso de que en la vivienda resida más de una persona, se sumará a esta cifra 0,5 veces el Iprem (268,92 euros al mes).
Así,
en un piso en el que convivan dos personas no podrán ganar más de
1.075,68 euros mensuales entre ambos, mientras que si el piso lo
comparten tres personas, la suma de los ingresos de cada uno de ellos no
podrá superar los 1.344,6 euros al mes.
Además,
habrá que tener en cuenta que el alquiler del piso deberá ser igual o
inferior a 600 euros mensuales, cifra que podrá aumentarse hasta los 900
euros en las ciudades con los precios más caros.
Para
beneficiarse de esta ayuda, los arrendatarios deberán justificar que la
vivienda es su residencia habitual y permanente mediante certificado o
volante de empadronamiento.
La
ayuda se concederá a los beneficiarios por un plazo de tres años,
aunque siempre que haya razones que lo justifiquen, las comunidades
autónomas podrán conceder esta ayuda por un plazo inferior.
En
líneas generales, el programa recoge que los requisitos para acceder al
programa de ayudas al alquiler cuando se trata de una unidad familiar
son que el límite de ingresos debe ser de 3 veces el Iprem (1.613,52
euros mensuales).
En el caso de
las viviendas en las que habite una familia numerosa general o personas
con discapacidad la ayuda se entregará si los ingresos no superan 4
veces el Iprem (2.151,3 euros al mes).
Además,
el núcleo de las familias numerosas especiales o con personas con
determinados grados de discapacidad (personas con parálisis cerebral,
con enfermedad mental o con discapacidad del desarrollo con un grado de
discapacidad igual o superior al 33% o personas con discapacidad física o
sensorial, con un grao igual o superior al 65%) no podrá ganar más de 5
veces el Iprem (2.689,2 euros al mes).
El
límite de la ayuda es del 40% del alquiler mensual para las personas de
entre 35 años y 65 años, cifra que se incrementa hasta el 50% en el
caso de los mayores de 65 y de los menores de 35 años.
La
ayuda al alquiler deberá destinarse obligatoriamente al pago de la
renta de la vivienda y no se podrá compatibilizar con percepciones de la
renta básica de emancipación ni con ninguna otra ayuda para el pago del
alquiler de este Plan, según se recoge en el texto publicado en el
Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado sábado.