CARTAGENA.- El preámbulo de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural
de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, tiene por objeto la
protección, conservación, acrecentamiento, investigación, conocimiento,
difusión y fomento del patrimonio cultural de la Región.
Asimismo,
supone una concreción del artículo 8 del Estatuto de Autonomía, que
recoge que la Comunidad Autónoma protegerá y fomentará las
peculiaridades culturales, así como el acervo de costumbres y
tradiciones populares de la misma, respetando en todo caso las variantes
locales y comarcales.
Esta regulación se establece desde que las competencias relativas al
patrimonio histórico son transferidas a las Comunidades Autónomas, y se
hace con la voluntad de iniciar un proceso que facilite y acerque esta
protección, potenciando la herencia cultural identificada en una
determinada ubicación geográfica próxima. La propia Constitución
española traza esa línea para fomentar el progreso de la cultura, y hace
recaer sobre los poderes públicos el deber de facilitar la
participación de los ciudadanos en la vida cultural.
El presidente y portavoz de MC, Jesús Giménez, ha reseñado, sobre la
doctrina del Tribunal Constitucional relativa a la protección de la
herencia cultural, que ésta "ha evolucionado desde el reconocimiento, en
su sentencia 17/1991, de la existencia de un estatuto peculiar de unos
determinados bienes, patrimonio cultural de todos los españoles, e
incluso de la comunidad internacional, a la más reciente sentencia,
122/2014, que establece un nexo entre los bienes de interés cultural
cerrados a la visita pública y el expolio de los mismos, esto último
competencia exclusiva del Estado español".
Jesús Giménez ha puesto en conexión esta doctrina con la normativa
regional "el destinatario del mandato constitucional de velar por el
patrimonio histórico es directo hacia las administraciones autonómicas
y, en el caso concreto de la CARM, resulta ineludible adaptar la Ley de
Patrimonio Cultural regional a esta doctrina, para alejar y preservar
nuestro legado cultural de la especulación urbanística, el expolio por
acción u omisión y los intereses políticos partidistas, priorizando las
verdaderas necesidades de los Bienes de Interés Cultural
independientemente de su titularidad real".
El portavoz de la formación cartagenerista ha indicado que "en unos
días se cumplirán diez años desde la entrada en vigor de la Ley 4/2007, y
es una necesidad y una obligación ineludible desarrollarla con un
reglamento que ofrezca certezas frente a la indefinición y el abandono
de una importante parte de los bienes culturales de nuestra Comarca, y
también frente al capricho y las servidumbres de los políticos de
turno".
"Una de nuestras grandes preocupaciones es el expolio por omisión,
del que la administración regional es cómplice, de modo querido o no,
con la exiguas medidas de protección o la no apertura al público de
ciertos bienes", ha asegurado Giménez.
El presidente de MC ha señalado que "estos síntomas nos llevan a
solicitar un tratamiento, y ése es necesariamente el reglamento que
desarrolle la Ley, que debe obligar, abandonando el podrá por el deberá,
para que los propietarios, públicos o privados de BIC, tengan que
rehabilitarlos y mantenerlos en un plazo determinado y en las
condiciones que merecen, basándose en criterios objetivos y no en
criterios de oportunidad política; así trabajamos en MC y así debe
trabajarse en la Comunidad".
Jesús Giménez ha finalizado afirmando que "se trata, en primer lugar,
de evitar el expolio y, después, fomentar la visita pública, acrecentar
el valor patrimonial e impulsar al motor de riqueza que para la Comarca
de Cartagena y, por ende, para la Región, supone nuestro patrimonio.
Por eso, las medidas legales deben impulsar y no frenar la
rehabilitación de nuestro patrimonio. Y así lo trasladaremos en breve a
la Asamblea y al Gobierno regional".