MADRID.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario,
que traspone una Directiva europea y busca incrementar la transparencia
del contrato de hipoteca, según ha explicado el ministro de Economía,
Industria y Competitividad, Luis de Guindos.
En lo relativo a la
trasposición, De Guindos ha asegurado que en la norma se ha optado
siempre por las alternativas más favorables al deudor hipotecario. Así,
se abaratan las comisiones por la amortización anticipada de los
préstamos a tipo variable, hasta anularse a partir de los cinco años de
vigencia de la hipoteca; para los préstamos a tipo fijo, se establece
una comisión máxima, frente a la situación actual en la que se aplican
hasta dos comisiones, una de las cuales no tiene ningún tipo de límite.
Además, se establece el derecho
del consumidor a cambiar un crédito en moneda extranjera a la divisa
nacional o a cualquier otra; se prohíben las ventas vinculadas -que
obligan al consumidor a aceptar una serie de productos financieros como
condición para obtener la hipoteca-, y se regula el régimen jurídico de
los intermediarios de crédito inmobiliario.
El ministro de Economía ha
señalado que el texto no se limita a trasponer la Directiva comunitaria,
sino que también responde a las sentencias judiciales que han puesto de
manifiesto la necesidad de una mayor transparencia en la regulación
hipotecaria.
En este sentido, la norma
facilita la conversión de las hipotecas de tipo variable a fijo, tanto
para las nuevas como para las que ya están en vigor. Las comisiones por
realizar ese cambio se suprimen a partir del tercer año y se rebajan los
gastos de notaría y registro.
Otras novedades son que el
prestamista deberá entregar al cliente documentación detallada sobre la
hipoteca, las cláusulas más "sensibles" y escenarios de evolución de las
cuotas, y que el hipotecado recibirá asesoramiento gratuito del notario
sobre el contenido del contrato durante los siete días previos a la
firma.
La norma también regula el
vencimiento anticipado del crédito, "de tal forma que se evita cualquier
tipo de discrecionalidad a la hora de pactar esta cláusula", según ha
indicado Luis de Guindos. El requisito para que la entidad financiera
pueda iniciar la ejecución del préstamo se amplía a nueve cuotas
mensuales impagadas o a una cuantía que supere el 2% del capital
concedido durante la primera mitad de la vigencia de la hipoteca;
durante la segunda mitad, el porcentaje será del 4% o de doce cuotas
impagadas.
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