MURCIA.- El abogado Diego de Ramón, como compareciente en las diligencias previas penales abiertas por el Juzgado de Instrucción nº 8 de Murcia a instancia de la Fiscalía Anticorrupción en relación a un supuesto perjuicio patrimonial al Ayuntamiento de Murcia y varios presuntos delitos derivados de la actuación anterior, ha solicitado como medios indiciarios de investigación judicial varias pruebas para ahondar en el conocimiento de la 'Operación Umbra'.
"1.-Que se re quiera a la Consejería de Economía y Hacienda, en su Dirección General de Tributos, CUANTO DINERO SE HA RECABADO POR LOS IMPUESTOS DERIVADOS DE LAS TRANSMISIONES PRODUCIDAS en los dos millones y medio de metros cuadrados que han adquirido como consecuencia de los seis convenios urbanísticos de Nueva Condomina, objeto de esta instrucción judicial.
¿Qué valoraciones económicas se han dado a dichos terrenos, para ser objeto de base imponible de los impuestos? y ¿Qué funcionarios peritos han dado a esas valoraciones?.y ¿Si aceptaron las tasaciones realizadas por los sujetos pasivos, o les realizaron alguna complementariacon tasaciones propias de la Administración?.
2.-Que se requiera al Ayuntamiento y a la Comunidad Autónoma, en su Consejería de Obras Públicas y Transportes, como así al Consejo de Gobierno de la Comunidad, que aprobaron las modificaciones de planeamiento del Plan General de Ordenación Urbana, para poder recalificar dichos terrenos.
3.-Que se requiera a las entidades financieras que han participado en la financiación de dichos seis convenios urbanísticos, para que describan las tasaciones económicas de dichos terrenos, para acceder a los créditos que recibió de las mismas.
4.-Que se contrasten dichas tasaciones anteriores, con las realizadas por la Intervención General de la Agencia Tributaria que las tasó en 300 millones de euros.
5.-Que se requieran INFORMES:
5.1.- Por el Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales.
5.2.-, de la Agencia Tributaria.
5.3.- y la Sección de Blanqueo de la Policía Nacional.
Dichos informes, deberán rastrear a través de dichas propias Agencias Nacionales españolas y las de colaboración de Agencias Norteamericanas y la Interpol, sobre las sociedades con domicilio fiscal en paraísos fiscales como Islas Caimán, México, Panamá, Luxemburgo, Gibraltar, Suiza, que hayan tenido PARTICIPACION LAS ENTIDADES FINANCIERAS que han dado para la financiación de dichos seis convenios urbanísticos (a nombre de sociedades con participación de dichas entidades financieras, y a nombre de todos los imputados en esta causa, políticos, funcionarios, más los que todavía no están imputados, y han sido cómplices necesarios para la consecución de este fraude fiscal y evasión de capitales.
Y por último, comprobar a TRAVES DE SOCIEDADES DE TASACION HOMOLOGADAS POR EL BANCO DE ESPAÑA, PARA QUE A INSTANCIAS DE LA POLICIA JUDICIAL, INFORMEN SI HAN DEVALUADO DICHAS TASACIONES,CON MOTIVO DE FRAUDE FISCAL DEL PRECIO REAL,QUE ALCANZARIA,UNA VEZ TASADAS INICIALMENTE COMO LOS 2 MILLONES Y MEDIO DE METROS CUADRADOS COMO RUSTICO NO URBANIZABLE Y DESPUES COMO URBANIZABLE, dichas PLUSVALIAS Y VOLUMEN DE EDIFICABILIDAD como precio real, despues de su aprobación.
¿Qué valoraciones económicas se han dado a dichos terrenos, para ser objeto de base imponible de los impuestos? y ¿Qué funcionarios peritos han dado a esas valoraciones?.y ¿Si aceptaron las tasaciones realizadas por los sujetos pasivos, o les realizaron alguna complementariacon tasaciones propias de la Administración?.
2.-Que se requiera al Ayuntamiento y a la Comunidad Autónoma, en su Consejería de Obras Públicas y Transportes, como así al Consejo de Gobierno de la Comunidad, que aprobaron las modificaciones de planeamiento del Plan General de Ordenación Urbana, para poder recalificar dichos terrenos.
3.-Que se requiera a las entidades financieras que han participado en la financiación de dichos seis convenios urbanísticos, para que describan las tasaciones económicas de dichos terrenos, para acceder a los créditos que recibió de las mismas.
4.-Que se contrasten dichas tasaciones anteriores, con las realizadas por la Intervención General de la Agencia Tributaria que las tasó en 300 millones de euros.
5.-Que se requieran INFORMES:
5.1.- Por el Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales.
5.2.-, de la Agencia Tributaria.
5.3.- y la Sección de Blanqueo de la Policía Nacional.
Dichos informes, deberán rastrear a través de dichas propias Agencias Nacionales españolas y las de colaboración de Agencias Norteamericanas y la Interpol, sobre las sociedades con domicilio fiscal en paraísos fiscales como Islas Caimán, México, Panamá, Luxemburgo, Gibraltar, Suiza, que hayan tenido PARTICIPACION LAS ENTIDADES FINANCIERAS que han dado para la financiación de dichos seis convenios urbanísticos (a nombre de sociedades con participación de dichas entidades financieras, y a nombre de todos los imputados en esta causa, políticos, funcionarios, más los que todavía no están imputados, y han sido cómplices necesarios para la consecución de este fraude fiscal y evasión de capitales.
Y por último, comprobar a TRAVES DE SOCIEDADES DE TASACION HOMOLOGADAS POR EL BANCO DE ESPAÑA, PARA QUE A INSTANCIAS DE LA POLICIA JUDICIAL, INFORMEN SI HAN DEVALUADO DICHAS TASACIONES,CON MOTIVO DE FRAUDE FISCAL DEL PRECIO REAL,QUE ALCANZARIA,UNA VEZ TASADAS INICIALMENTE COMO LOS 2 MILLONES Y MEDIO DE METROS CUADRADOS COMO RUSTICO NO URBANIZABLE Y DESPUES COMO URBANIZABLE, dichas PLUSVALIAS Y VOLUMEN DE EDIFICABILIDAD como precio real, despues de su aprobación.
Y SI DESPUES DE SU RECALIFICACION FUERON REALIZADAS TASACIONES POSTERIORES POR LA DIRECCION GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA,PARA RECABAR LOS CORRESPONDIENTES IMPUESTOS DENTRO DEL PLAZO DE LOS CUATRO AÑOS,O SI POR EL CONTRARIO SE DEJARON DE REALIZAR DICHAS COMPROBACIONES".