MADRID.- Los consumidores estudian reclamar la responsabilidad
patrimonial del Estado para que los afectados por las cláusulas suelo
abusivas puedan recuperar las cantidades abonadas de más después de que
el Tribunal Supremo haya rechazado revisar las sentencias dictadas en
firme.
La presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros
(Asufin), Patricia Suárez, anunció que analizarán desde este miércoles
la posibilidad de que el Estado responda por el perjuicio, un
procedimiento que prevé "largo y complicado" pero que considera "única
vía" para restituir el todo el dinero.
Además, afirma que si bien sabían que la revisión de
sentencias firmes era un procedimiento "prácticamente inviable", todavía
confiaban en que el Tribunal Supremo abriese una vía jurídica a todos
los "pioneros" que demandaron a las entidades con quienes habían
suscrito una hipoteca de tales características.
Sin embargo, el auto del pleno de la sala de lo Civil ha
puesto fin a esta esperanza al considerar que "no es posible" obtener la
revisión de una sentencia por el hecho de que se haya establecido una
jurisprudencia incompatible con posterioridad.
El escrito, del que fue ponente el juez Rafael Sarazá,
expone que el ordenamiento jurídico español preserva la firmeza de los
veredictos frente a posteriores cambios en la doctrina, ya sea del
Tribunal Supremo o del Tribunal Constitucional.
Además, incide en que el veredicto del Tribunal de Justicia
de la Unión Europea (TJUE), que el pasado diciembre reconoció la plena
retroactividad y obligó a la banca a devolver el dinero cobrado de forma
indebida, no señaló que el límite temporal impuesto por el Supremo
fuese contrario al ordenamiento comunitario o vulnerase derecho alguno.
Desde Adicae matizan que el auto conocido este miércoles
sólo afecta a las sentencias dictadas con anterioridad a la resolución
europea y que fueron declaradas firmes con conformidad de las partes,
aunque sólo hubieran recibido devolución desde mayo de 2013.
Un supuesto que "alcanzará a una minoría", afirma la
asociación, para la cual "los intentos de la banca por limitar los
efectos de la sentencia europea y retrasar la justa devolución de las
cláusulas suelo", no podrán apoyarse en la última decisión del Tribunal
Supremo.
La socia fundadora de la plataforma 'voyadefenderte.com',
Rosa Delgado, explica que las demandas de revisión ante el Alto Tribunal
sólo pueden formularse en caso de contar con "documentos decisivos" de
los que no se hubiera dispuesto con anterioridad al dictamen "por
motivos de fuerza mayor".
Sin embargo, como argumenta la sala, en esta ocasión los
recurrentes, clientes del Banco Popular, acompañaban su petición
únicamente de la sentencia del TJUE, una resolución que no existía en
2013 cuando se fijó la anterior doctrina sobre las cláusulas suelo que
no contemplaba la retroactividad.
En este sentido, la letrada sostiene que, aunque pueda
resultar injusto para los particulares que ya tienen una sentencia
firme, la realidad es que "debe primar la seguridad jurídica y el
principio de la cosa juzgada".
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