MURCIA.- La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) ha acordado, en auto notificado este jueves, no admitir la personación del Grupo Parlamentario Vox en la Asamblea Regional de Murcia como parte codemandada en el procedimiento abierto contra el denominado 'pin parental'.
La Sala fundamenta su decisión en "la consolidada doctrina jurisprudencial", que recoge "la falta de personalidad jurídica de los grupos parlamentarios, y, por consiguiente, de capacidad jurídica", según informaron fuentes del TSJMU en un comunicado.
Puntaliza
la resolución que el criterio jurisprudencial si admite esa capacidad
cuando "se trata de la protección de derechos fundamentales relativos a
las funciones de parlamentarios que forman parte del Grupo".
Para
concluir que no es de aplicación en este caso, pues el Grupo
Parlamentario Vox de la Asamblea Regional de Murcia pretende personarse
como parte codemandada.
"En
este caso el Grupo Parlamentario no puede tener esa condición, pues no
ostenta derecho ni interés alguno que pueda verse afectado por una
eventual sentencia estimatoria, y ello por cuanto en las funciones
propias de sus parlamentarios carece de incidencia el pronunciamiento
judicial que recaiga sobre la conformidad o disconformidad a derecho de
las Instrucciones impugnadas", subraya.
Cabe recordar que el TSJMU admitió el pasado 19 de febrero a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional contra el 'pin parental' implantado
en Murcia, después de que su Gobierno regional desatendiera un
requerimiento donde se solicitaba la retirada de esta medida que permite
que los padres impidan la asistencia de sus hijos a actividades
complementarias en los centros educativos.
En
concreto, el recurso del Gobierno impugnaba dos instrucciones a centros
docentes de la Consejería de Educación y Cultura de 29 de agosto de
2019. En ellas, se establecía se diera "conocimiento a las familias" de
"las actividades complementarias de las programaciones docentes que
forman parte de la propuesta curricular" y son impartidas por personal
ajeno al centro educativo, "con objeto de que puedan manifestar su
conformidad o disconformidad con la participación de sus hijos menores
en dichas actividades".
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