MURCIA.- El Boletín Oficial de la Región de Murcia
(BORM) publica este viernes la Orden de la Consejería de Salud por la
que se prohíbe la celebración de velatorios, tanto en instalaciones
públicas como privadas, mientras se mantenga la declaración del estado
de alarma.
La Consejería recuerda que la evolución de la pandemia por el
coronavirus impone la adopción de "medidas extraordinarias" para frenar
el incremento de afectados, entre las que se encuentran la prohibición
de velatorios o visitas.
Además, recomienda la supresión o postergación de los actos de
culto religiosos o ceremonias civiles en relación con el fallecimiento
que supongan agregación de personas, tanto en las instalaciones del
tanatorio como en el lugar de enterramiento o cremación.
Al mismo tiempo, deja en manos de los familiares del fallecido
valorar la posibilidad de retrasar las misas, actos de culto religioso o
ceremonias civiles a fechas en que se haya superado el riesgo de
transmisión de la infección por COVID-19.
En caso de que el tanatorio disponga de dependencias destinadas a
la realización de ceremonias y se decida su celebración, Salud apunta
que éstas se limitarán estrictamente a los familiares directos, con un
máximo de 15 personas.
Asimismo, habrá que guardar una distancia mínima de dos metros y
se evitará dar la paz mediante el estrechamiento de manos, besos o
cualquier otra manifestación de condolencia que implique el contacto
físico.
Tampoco podrán formarse filas de pésame ni permanecer en el
exterior de la dependencia de la ceremonia, y se restringirá la comitiva
para enterramiento o despedida exclusivamente a los familiares más
cercanos.
En las puertas de la dependencia se deberán habilitar dispositivos
para el lavado de manos de todos los asistentes, tanto antes como
después de la celebración del acto, que tendrá "la duración mínima
necesaria e imprescindible", según señala la Orden.
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