MURCIA.- La Federación de Enseñanza de CCOO Región de Murcia
(FECCOO) presentó este jueves dos recursos de alzada contra las
instrucciones de la Consejería de Educación que exigen el consentimiento
de los padres a autorizar las actividades complementarias en los
centros educativos, respondiendo así únicamente a las peticiones de la
extrema derecha en su afán de atacar la libertad de cátedra del
profesorado y menoscabar la educación.
El recurso de alzada destaca que tanto el Decreto 198/2014 de
Educación Primaria como los Decretos 220/2015 y 221/2015 de Educación
Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma
"constituyen normas de carácter superior frente a una Resolución de la
Secretaria General de la Consejería de Educación", estableciéndose
explícitamente la inclusión de las actividades complementarias en la
programación docente, "no legitimando en ambos textos a las familias en
las decisiones con respecto a su implantación".
Ambos decretos subrayan que "las programaciones docentes serán
elaboradas" por los maestros del mismo curso de Primaria y los
departamentos de Secundaria, "teniendo en cuenta el currículo fijado" y
añaden que esa programación deberá contener la relación de actividades
complementarias para ese curso escolar.
"Se consideran actividades complementarias aquellas que utilicen
espacios o recursos diferentes al resto de actividades ordinarias de la
materia, aunque precisen tiempo adicional del horario no lectivo para su
realización", precisan los decretos.
Además, "serán evaluables a efectos académicos y obligatorias, tanto
para los profesores como para los alumnos. No obstante, tendrán carácter
voluntario para los alumnos, aquellas que se realicen fuera del centro o
que precisen aportaciones económicas de las familias, en cuyo caso se
garantizará la atención educativa de los alumnos que no participen en
las mismas", agregan las normativas.
Por tanto, CCOO Enseñanza exige a la Consejería de Educación que la
resolución administrativa impugnada sea declarada nula por vulnerar
normas de rango superior porque, en caso contrario, incurre en una
infracción jurídica.
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