CIUDAD REAL.- El Ministerio de Fomento ha dado a
conocer este viernes en el Boletín Oficial del Estado que ha autorizado
al Aeropuerto de Ciudad Real a utilizar el sistema AFIS que regula la
provisión del servicio de información de vuelo en aeródromos prestados
por proveedores civiles.
Esta sistema se emplea en
aquellos aeródromos en el que se dan determinadas condiciones de tráfico
y densidad de vuelos y en los que las condiciones de meteorología y
factores orográficos lo permiten.
La orden firmada por el ministro de Fomento, José Luis
Ábalos, también recoge la designación como nuevo promotor y gestor del
aeropuerto de Ciudad Real a Ciudad Real International Airport, S.L.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea ha considerado adecuado designar
al aeropuerto de Ciudad Real como aeropuerto con servicio AFIS, a
efectos de la provisión de servicios de tránsito aéreo en la
correspondiente zona de espacio aéreo asociada a dicho aeropuerto como
zona de información de vuelo.
No obstante, establece
limitaciones y requisitos operacionales en el espacio aéreo asociado al
aeródromo AFIS que se deberán cumplir, como que toda aeronave que opere
bajo reglas de vuelo visual en el espacio aéreo, asociado a un aeródromo
AFIS deberá estar equipada con un equipo de radio emisor-receptor
operativo para asegurar las comunicaciones aeronáuticas con la
dependencia que presta servicios AFIS y con los tráficos de la zona.
También tendrán la obligatoriedad de presentar plan de vuelo a todas
las aeronaves que vayan a operar en la zona de información de vuelo.
En el caso de las operaciones en el aeropuerto AFIS de Ciudad Real
estarán supeditadas a la firma de una carta de acuerdo con el gestor de
la zona peligrosa 130, en este caso, la torre de control de la base
militar de helicópteros de Almagro.
También se
establecen otras limitaciones y requisitos operacionales como la de
autorizar exclusivamente el tráfico de aeronaves que vuelen de acuerdo a
las reglas de vuelo visual.
En el espacio aéreo asociado al aeropuerto de Ciudad Real no se permitirán operaciones de aeronaves ultraligeras.
Por otro lado, el gestor aeroportuario estará obligado a publicar en
AlP la antelación mínima con que debe presentarse cualquier petición de
operación que exija la activación del AFIS fuera del horario ATS
publicado.
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