MURCIA.- El Ayuntamiento de Murcia recibió por el convenio de Nueva Condomina
más del 23% de aprovechamientos urbanísticos por la construcción de ese
estadio de fútbol para el Real Murcia, cifra muy superior al 10% fijado
por la normativa urbanística.
Este porcentaje fue calculado por los
peritos Rafael Pardo, decano del Colegio Oficial de Arquitectos de la
Región, y su antecesor en el cargo, Antonio García, en respuesta a una
pregunta del abogado Vicente San Martín, defensor de uno de los
acusados, el exalcalde de Murcia, Miguel Ángel Cámara, durante la sesión
del juicio que se desarrolla en el juzgado de lo Penal nº 5 de la
capital desde el pasado día 9.
Los peritos, que en el informe
emitido en su día cifraban ese aprovechamiento en el 14%, han elevado
ese porcentaje nueve puntos en la sexta sesión de la vista oral después
de que el letrado les informara de que la construcción del estadio tuvo
un sobrecoste final de 14 millones de euros. Nueva Condomina, que estaba
presupuestado inicialmente en 31 millones, acabó costando 45.
Antes
de efectuar esos cálculos a instancias de la defensa de Miguel Ángel
Cámara, los dos arquitectos habían expuesto que el convenio suscrito en
2001 por el entonces alcalde de Murcia y Jesús Samper, como promotor y
propietario del club, señalaba que el Ayuntamiento recibiría un estadio
de determinadas características, sin que se precisara su coste.
Los
dos peritos señalaron, asimismo, que, para redactar los informes
solicitados por la autoridad judicial y la Fiscalía, evaluaron todos los
terrenos ubicados al norte de la autovía A-7. Entre ellos, los
comprendidos en el ámbito de aplicación del convenio.
Pardo y García
añadieron que la valoración de las edificabilidad de los terrenos, según
se aplicaran una de las dos alternativas posibles, suponía una
diferencia de 190 millones, pero esta no indica necesariamente un mayor
volumen de negocio para los promotores, porque pueden influir muchas
circunstancias capaces de alterar esa apreciación inicial, aunque
también parece lógico presumir que en principio todos se inclinarían por
elegir la segunda opción.
Precisamente, la aplicación de la
segunda opción en el proyecto de Samper es la que cuestionan las
acusaciones. Mantienen que, al asumir la vía más costosa, el promotor se
beneficiaba de mayor edificabilidad en detrimento de las arcas
municipales, al omitirse la obligación de entregar el 10 % de los
aprovechamientos. Por el contrario, las defensas sostienen que, con el
estadio Nueva Condomina, el Ayuntamiento recibía una cantidad muy
superior a la que habría supuesto ese porcentaje.
A preguntas de
Jaime Peris, letrado del acusado Pedro Morillas, exdirector de Urbanismo
del consistorio murciano, los dos peritos aseguraron que, cuando
elaboraron en 2008 un informe a petición del fiscal, no tuvieron en
cuenta las dos sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso del
Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia porque nadie se las
facilitó.
Esas sentencias son uno de los argumentos de las
defensas para considerar que en contra de lo sostenido por el fiscal y las
acusaciones particulares, los acusados no incurrieron en el delito de
prevaricación administrativa que se les atribuye, ya que, con excepción
de la no exigencia del 10% de los aprovechamientos, esas resoluciones
judiciales avalan la legalidad de la actuación llevada a cabo.
También
intervinieron como peritos los funcionarios autonómicos Margarita
Ros y Juan Manuel Salmerón, autores del informe en el que recogieron las
deficiencias que advirtieron en el plan parcial al contrastarlo con el
Plan General de Ordenación Urbana Municipal.
En su opinión,
«faltaban instrumentos complementarios» que habría sido preciso
incluir, como el referido a los accesos. Los dos funcionarios
autonómicos señalaron, sin embargo, que suelen ser frecuentes las
deficiencias que se advierten en los planes parciales de distintos
municipios que llegan para su tramitación al órgano competente del
Ejecutivo autonómico.
Uno de los tres acusados, al que defienden
José Pardo Geijo y Raúl Pardo-Geijo Ruiz, es el exjefe de Planeamiento
municipal Joaquín Peñalver, para quien el Ministerio Público pide una
condena de ocho años y siete meses de inhabilitación, aunque en la
primera sesión de la vista oral el fiscal adelantó que los hechos que le
atribuye han prescrito.
Para Miguel Ángel Cámara y Pedro Morillas
se reclama que la inhabilitación especial para empleo o cargo público
se eleve a diez años.
El juicio concluye ya con la exposición de los informes del Ministerio Fiscal y de las defensas.
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