MURCIA.- La Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente ha establecido una
agilización para la quema de restos agrícolas para evitar plagas que
permitirán un ahorro de tiempo y dinero a los agricultores y que fija
unas estrictas medidas de precaución para evitar riesgos forestales.
Además, facilitará que los agentes medioambientales realicen más trabajo
de campo para preservar el medio natural. El año pasado se gestionaron
un total de 15.216 informes relacionados con quemas de desechos
vegetales para evitar plagas.
La legislación establece que se deben evitar estas prácticas y que
los restos agrícolas tienen que ser tratados por gestores autorizados
para realizar biomasa u otros usos.
No obstante, la Dirección General de Medio Natural ha resuelto que
quedan informadas favorablemente todas las quemas por motivos de
propagación de plagas, reducir su población, mitigar sus efectos, o
conseguir su erradicación de los organismos nocivos recogidas en la
Orden de 19 de octubre de 2017 de la Consejería de Agua, Agricultura,
Ganadería y Pesca por la que se dictan las medidas fitosanitarias en
caso de acumulación de restos vegetales, publicada en el Boletín Oficial
de la Región de Murcia 244, de 21 octubre de 2017.
En concreto, para agilizar la tarea administrativa, se establece como
preferente la solicitud telefónica o por correo electrónico, lo que
evitará los desplazamientos para realizar las solicitudes de forma
presencial en uno de los 25 puntos de atención de los agentes
medioambientales para obtener el preceptivo informe favorable, que es
obligatorio cuando se realicen en el ámbito de los 400 metros de
terrenos forestales.
El consejero de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, Javier Celdrán,
destacó que "esto supone una importante agilización de las más de 15.000
solicitudes que se realizan anualmente para la quema de restos de podas
y otros residuos vegetales, cuya acumulación pueden producir efectos
nocivos en el medio natural".
La nueva resolución establece que toda persona que pretenda realizar
una quema deberá comunicar a los colindantes y al Centro de Coordinación
Forestal, con un mínimo de 24 horas de antelación, indicando su nombre y
apellidos, DNI, teléfono, municipio, polígono y parcela catastral, el
día o días y la hora en que tendrá lugar la quema. La comunicación con
el Centro de Coordinación Forestal se realizará preferentemente por
correo electrónico (quemas.agricolas@carm.es) o vía telefónica (968 17
75 00), todos los días de la semana y en horario de 16:00 a 20:00 horas.
"Los agricultores podrán gestionar desde su casa u oficina la
comunicación de quema de restos agrícolas, lo que evita los
desplazamientos a los puntos de atención de los agentes medioambientales
y mejora notablemente el trabajo de estos, que podrán dedicar ese
tiempo a tareas de inspección de las comunicaciones, necesarias para
comprobar el cumplimiento de la resolución y garantizar que se realizan
con total garantía desde el punto de vista de la prevención de incendios
forestales. Esto supone ahorro de tiempo, dinero y, sobre todo, una
mejor labor de los agentes medioambientales", explicó Celdrán.
Para informar a los agricultores, durante noviembre se mantendrá el
operativo de martes y jueves de atención presencial en los citados 25
puntos.
Para realizar estas quemas hay que seguir unas estrictas normas que
eviten incendios forestales y que los agentes medioambientales vigilarán
que se cumplan. Así, cada quema deberá contar con un cortafuegos
alrededor, cuya anchura no será inferior a 20 metros, respetando una
distancia mínima de 60 metros respecto al monte más próximo, siempre y
cuando entre ambas distancias no exista continuidad de vegetación
agrícola o herbácea.
Además, no se podrán realizar las quemas después de las 14:00 horas,
ni antes de las 11:00 horas de la mañana; y sólo se podrán realizar de
lunes a jueves -ambos inclusive- y el primer y tercer sábado de cada
mes.
La práctica de la quema, no obstante, queda supeditada a que el
viento esté en calma, con una velocidad no superior a cinco kilómetros
por hora o nivel 1 según la escala Beafourt -el viento inclina
ligeramente la columna de humo, el aire no es perceptible en la cara y
no agita las hojas de los árboles-, y se deberá extinguir y finalizar
inmediatamente la operación si se levanta viento. Además, no se
abandonará la vigilancia de la zona quemada hasta que el fuego esté
completamente acabado y hayan transcurrido doce horas, como mínimo, sin
que se observen llamas o brasas.
La quema es exclusiva para la incineración de restos vegetales
procedentes de la propia explotación agraria. Así, quedan exceptuados
otros tipos de residuos. Además, quedan fuera del ámbito de esta
resolución de la Dirección General de Medio natural las quemas dentro de
la época de peligro (1 de junio al 30 de septiembre, ambos inclusive),
así como el cumplimiento de las ordenanzas municipales y de la
legislación en materia de medio ambiente y salud pública.
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