Prestar dinero por debajo de su coste va a estar prohibido. Y además
perseguido. En las últimas semanas, algunos banqueros se habían quejado
de que la feroz competencia por captar clientes de crédito estaba
conduciendo a algunas conductas temerarias en el sector. Es una pena que
este tipo de disciplina de mercado no se hubiera aplicado hace unos
años, cuando se cultivó la burbuja inmobiliaria, con políticas de
crédito disparatadas mientras el regulador miraba para otro lado.
El Banco de España ha tomado ahora cartas en el asunto y, además de
algunas advertencias verbales, ha puesto en marcha una reforma de la
Circular lanzada hace unos años (es del ejercicio 2004) para modificar
la gestión del riesgo en los créditos al sector privado. Los cambios
afectarán sobre todo a los créditos a pequeñas y medianas empresas y a
los créditos al consumo. Se trata de dar los primeros pasos para adaptar
la normativa española a la europea y, a más corto plazo, salir al paso
de algunas conductas posiblemente temerarias que están desarrollando
algunas de las entidades bancarias españolas embarcadas en políticas
agresivas con las que neutralizar el problema de márgenes que tiene la
banca española. Pero estas políticas decididamente expansivas pueden
crear distorsiones en el mercado, que el regulador parece en esta
ocasión dispuesto a atajar con las leyes en la mano.
La reforma de la Circular mencionada no entrará en vigor hasta el
primero de octubre. Podría haber entrado en funcionamiento a partir de
junio, pero al parecer las presiones de algunos bancos han logrado
convencer al Banco de España para retrasar tres meses la entrada en
vigor de la reforma, con la argumentación de que los sistemas de control
internos exigirán cambios importantes y de alcance en los departamentos
de control de riesgos.
Los cambios más sustanciales están orientados a evitar que los bancos
incurran en riesgos temerarios a la hora de conceder créditos y de que
establezcan dispositivos creíbles y completos de análisis del riesgo
para reducir al mínimo la posibilidad de quedarse sin cobrar la
devolución de un préstamo. Además, se establecen nuevas escalas de
provisiones, es decir, nuevos plazos para amortizar los créditos que
resulten morosos o fallidos. Por lo general, los plazos de amortización
vía provisiones se alargan un poco pero, sobre todo, se incrementa
drásticamente la provisión inicial, el primer escalón, cuando el crédito
entra en fase de probable incumplimiento tras los primeros impagos o
demoras. Aumentando la exigencia de provisiones hasta el 40% del importe
del crédito en una especie de alerta temprana, los bancos se sentirán
presionados a la hora de estudiar con el máximo rigor la calidad de sus
clientes y sus posibilidades reales de devolución del crédito.
Los interrogantes que se abren en el sector a raíz de este golpe de
mano del regulador son, por un lado, si las nuevas medidas encarecerán
el coste del crédito para los clientes, hipótesis bastante probable. Es,
por lo tanto, una mala noticia para la economía en general, ya que
implica un freno potencial a la actividad crediticia. Por el contrario,
puede implicar una mayor garantía de calidad en los balances bancarios,
lo que es en todo caso una fuente de tranquilidad porque corta las alas a
los aventureros que siempre pueden aparecer en el sector. La
experiencia de los años de la crisis inmobiliaria y bancaria dice que
este tipo de riesgos, la de conductas poco sensatas a la hora de
conceder créditos, puede ser elevado, en especial en condiciones de dura
competencia como las actuales.
(*) Periodista y economista
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