MURCIA.- Los tribunales han dado la razón a los médicos que recurrieron la
jubilación forzosa a partir a los 65 años. El Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 8 de Murcia ha dictado la primera
sentencia sobre la jubilación forzosa establecida en el plan de ajuste
que recogía la Ley 5/2012 de la Comunidad, declarando nula la resolución
del director gerente del SMS.
Desde entonces la Comunidad Autónoma denegaba la
prolongación de la vida profesional más allá de los 65 años y acordaba
la jubilación forzosa. Es la primera sentencia favorable a los afectados
tras los recursos presentados por el Sindicato Médico CESM.
El
documento declara el derecho a la prórroga de la ocupación del puesto de
trabajo y los derechos inherentes a ese reconocimiento, así como el
derecho a las diferencias retributivas entre lo que hubiese percibido en
activo y la pensión de jubilación y el reintegro en el puesto de
trabajo.
La sentencia se fundamenta en que la obligatoriedad de
la jubilación y la denegación de prórrogas del plan de ajuste «no
respeta el principio de jerarquía normativa y es contraria al artículo
26 de la Ley 55/2003 y Estatuto Marco de Personal Estatutario.
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