YECLA.- La ordenanza reguladora de los caminos rurales y el trabajo de
vigilancia y control del Servicio Municipal de Agricultura y Policía
Local garantizan la conservación del os caminos rurales de Yecla. El Ayuntamiento cuenta desde 2011 con una Ordenanza
Municipal que regula el uso y las medidas de conservación para la red de
caminos rurales del término municipal.Entre esas medidas se encuentra el control del tonelaje de los vehículos que circulan por ellos.
En los últimos días, el Servicio Municipal de Agricultura y la
Policía Local han aplicado una treintena de sanciones a una empresa
agrícola que incumplía la Ordenanza Municipal.
De igual manera, se ha controlado el tonelaje de más de diez camiones,
hasta que los infractores han regularizado su actividad y se ha
restituido el cumplimiento de la Ordenanza Municipal, garantizando la
conservación de la red de caminos rurales.
Se han tomado medidas para minimizar las molestias a los vecinos,
indicando un itinerario alternativo de los camiones y aplicando una
fianza para garantizar la reparación de los posibles daños que esta
actividad pudiera ocasionar en los caminos del término municipal.
Y además, se ha informado a la Guardia Civil para que realice controles
de velocidad.
En la actualidad la ordenanza municipal establece, como norma
general, la prohibición de circular por los caminos rurales todo tipo de
vehículos que sobrepasen las 16 toneladas de peso. Por lo que, quien
tenga la necesidad de circular por los caminos rurales con un vehículo
de mayor peso, deberá contar con la autorización municipal expresa donde
se establezcan las condiciones de acceso.
No obstante, dado que en los últimos años se ha producido una
modernización de la maquinaria agrícola, contando los agricultores
con un mayor número de vehículos que podrían sobrepasar ese tonelaje,
pudiendo con ello complicar las tareas agrícolas de recolección de grano
o la propia vendimia, entre otras.
Desde el Servicio de Agricultura se
está estudiando una posible revisión, de algún punto de esta ordenanza,
que permita evitar, en la medida de lo posible, las molestias a otros
vecinos o usuarios de los caminos rurales, garantizar su conservación y
facilitar las labores agrícolas de los agricultores, principales
usuarios y destinatarios de la red de caminos rurales.
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