MADRID.-
Un total de 15 magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo cuestionan en tres votos particulares discrepantes la decisión de esta Sala de nombrar por segunda vez al magistrado Miguel Pasqual del Riquelme como presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia.
El pasado 8 de junio, el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se rompió en dos al avalar la decisión que adoptó el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el 26 de mayo de 2016 de nombrar por segunda vez a Pascual del Riquelme al frente del tribunal superior murciano. El recurso de otra magistrada que aspiraba al puesto fue rechazado por 17 votos, mientras que otros 15 magistrados han mostrado su respaldo a la impugnación.
El
alto tribunal ha dado a conocer la sentencia este jueves, una
resolución que incluye cuatro votos particulares: tres discrepantes, uno
de ellos firmado por 13 magistrados, y un voto concurrente con la
mayoría suscrito por otro magistrado.
En el primero de ellos un total de 13 magistrados defienden que el recurso de la magistrada Pilar Alonso Saura debió ser estimado. Esta juez ocupa 1.160 puestos por encima del escalafón en la Carrera que Pasqual del Riquelme y un sector de la Judicatura le atribuye más méritos que a éste último.
Los
discrepantes consideran que el CGPJ encontró un "refugio seguro" en el
proyecto de actuación presentado ante este órgano por Pasqual del Riquelme,
el candidato varón, "para arrumbar los méritos objetivos" de la
candidata mujer, como su mayor antigüedad en la Carrera Judicial, haber
prestado servicio en órganos colegiados o haber servido en órganos del
orden penal y del orden civil.
Se "laminó" así, según estos magistrados, la preferencia de la mujer en igualdad de méritos declarada
tanto en Ley Orgánica como en el Reglamento que rige la carrera
judicial hasta el punto de que la sentencia dictada por la mayoría "ni
siquiera dedica ninguna consideración al respecto".
El voto más
duro es el suscrito por el magistrado Manuel Vicente Garzón, quien
concluye en su voto que la decisión adoptada por la mayoría es
"especialmente dolorosa", pues el mismo día de la deliberación, a
finales del pasado mes de mayo, se publicaba un informe del Consejo de
Europa en el que expresamente se afirmaba que los nombramientos
judiciales españoles no reúnen los requisitos de objetividad mínimos
exigibles.
Añade este magistrado en su voto de forma irónica que
recientemente se viene observando un incremento de los estudios sobre
las enseñanzas que la Historia del Imperio Romano aporta a la
actualidad, por lo que se pregunta como Cicerón porqué los mecanismos
legales habilitados para evitar resoluciones judiciales que producen
desconcierto en la opinión pública han fracasado.
"Quousque
tandem abutere, ..., patientia nostra? (¿Hasta cuando van a abusar,
.........., de nuestra paciencia?)" se pregunta este magistrado en su
voto particular.
En un tercer voto discrepante, suscrito por el
magistrado José Manuel Bandrés y al que se ha adherido la magistrada
Celsa Pico, recuerda que es inherente al Estado de Derecho que los
tribunales de justicia fiscalicen la actuación de los poderes públicos, y
que dicho control judicial no esta exenta la actuación del CGPJ, como
es en este caso. También plantea este voto su discrepancia por la no
aplicación de la preferencia de la candidata mujer sobre el candidato
varón.
Por su parte, la mayoría de la Sala consideró que "las
detalladas y elaboradas propuestas" contenidas en el programa de
actuación de Pasqual del Riquelme merecían una valoración extraordinariamente positiva frente a las de Alonso Saura, "escasas y genéricas".
El CGPJ había avalado la dilatada experiencia de Pasqual del Riquelme,
acreditada mediante su paso por decanatos, Salas de Gobierno y órganos
técnicos del CGPJ, "superando en variedad de responsabilidades asumidas y
duplicando en duración la trayectoria de Alonso Saura", según justificó
para volver a designarle.
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