LORCA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia estimó el recurso presentado por cinco vecinos de
la diputación lorquina de La Torrecilla y anuló el plan parcial del
Sector 3-T, así como la resolución que otorgó la condición de
urbanizador a la empresa 'Puertas de Lorca Desarrollos Empresariales,
S.L.'.
La sentencia señala que las pruebas aportadas al proceso judicial acreditaron que este plan parcial fue aprobado sin estar publicadas las normas urbanísticas y las determinaciones aplicables al sector.
"Y no puede acogerse el argumento de las partes demandadas -dice la Sala- de que esa publicación ya se había hecho en dos ocasiones anteriores, pues la ordenación varió de forma considerable".
Y
añade que "si bien es cierto que al plan corresponde localizar los
sistemas generales y demás dotaciones previstas, incluidas las obras de
conexión con las ya existentes, lo que no puede es alterar la superficie
de sistemas generales, que es lo sucedido en el presente caso".
La
sentencia recoge también que este plan parcial fue aprobado por acuerdo
del pleno municipal del Ayuntamiento de Lorca en abril de 2011 y que con anterioridad, en diciembre de 2008, se había suscrito un convenio entre el consistorio y la citada empresa.
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