JUMILLA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la
Región de Murcia (TSJ) desestimó el recurso presentado contra la orden de la Consejería de Agricultura y Agua de la
Comunidad Autónoma de junio de 2011 que acordó el cierre y sellado del
vertedero municipal de Jumilla por un tiempo no inferior a treinta años.
Señala la sentencia que la administración regional ordenó a la
empresa gestora, como entidad que se encargaba de la explotación del vertedero,
el cierre del mismo al haberse detectado varias irregularidades.
En concreto, el acuerdo recogía que durante las visitas de inspección
realizada a las instalaciones se comprobó que se había sobrepasado la
capacidad máxima contemplada en el Declaración de Impacto Ambiental
(DIA) y que recibía residuos sin autorización de otras comunidades
autónomas, como Valencia.
Igualmente se exponía que en una de las zonas del vertedero se
utilizaba un antiguo barranco y que no se registraba el tipo de vertido a
su llegada.
También se tuvo en cuenta para adoptar la medida de cierre que se
seguía manteniendo la actividad en un vaso que no había sido autorizado.
La sentencia del TSJ, que tiene como ponente al magistrado Indalecio
Cassinello, dice que "acreditada por la prueba practicada que la
empresa, como explotadora del vertedero, no cumplió los requisitos
establecidos, resultaba procedente la clausura definitiva de sus
instalaciones".
Y añade que debe asumir la responsabilidad de su mantenimiento "y la
vigilancia, análisis y control de los lixiviados y, en su caso, de los
gases generados".
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