jueves, 7 de agosto de 2025

La Audiencia Nacional anula las sanciones del Banco de España a exdirectivos de la CAM por haber prescrito

 MADRID.-  La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado varias sentencias en las que anula las sanciones impuestas por el Banco de España a antiguos altos cargos de la entidad alicantina, entre ellos los exdirectores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós, ambos con condenas penales por hechos relacionados con la quiebra de la Caja, según publica hoy el diario Cinco Días. Las sanciones oscilaban entre los 150.000 y los 500.000 euros.

En estas resoluciones, que aún pueden ser recurridas ante el Tribunal Supremo, los magistrados estiman que las multas administrativas fueron impuestas fuera del plazo legalmente establecido. 

El procedimiento sancionador había sido suspendido temporalmente mientras se resolvían los procesos penales abiertos, pero el supervisor bancario no actuó con la diligencia debida al reactivarlo una vez concluidos estos. 

La Audiencia considera injustificado el retraso y, por tanto, declara prescritas las infracciones.

Los jueces subrayan que no existía ningún impedimento para que el Banco de España conociera el estado procesal de las causas penales, ya que el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), órgano presidido por el subgobernador del propio supervisor, estaba personado en las mismas como parte interesada.

 Esto, según las sentencias, evidencia una falta de diligencia administrativa que ha terminado por invalidar las sanciones.

Con esta decisión, la Audiencia Nacional vuelve a poner en cuestión la gestión administrativa posterior al rescate de la CAM, subrayando las consecuencias de los errores de procedimiento incluso cuando se trata de responsabilidades derivadas de una crisis financiera de gran envergadura.

Estas sanciones, promovidas a instancias del Banco de España, respondían a las conclusiones de una investigación iniciada en enero de 2012, pocos meses después de que el organismo interviniera la entidad y la adjudicara al Banco Sabadell por un euro.

 El expediente sancionador quedó suspendido durante años debido a los procesos penales abiertos contra los exdirectivos en la Audiencia Nacional y en un juzgado de Alicante, lo que obligó a paralizarlo por prejudicialidad penal.

La suspensión se levantó oficialmente el 9 de diciembre de 2020, una vez que el Banco de España tuvo constancia de la sentencia firme dictada por la Audiencia Nacional en la causa principal, centrada en la falsificación de cuentas de la entidad. 

No fue hasta marzo de 2022, dos años después, cuando el Ministerio acordó imponer sanciones por diversas deficiencias en el control interno, la gestión crediticia e inversora, los procedimientos de control de riesgos, el sistema de retribuciones y el cumplimiento de los términos fijados para operaciones de deuda subordinada. 

Ahora, más de 10 años después, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha declarado la prescripción de las infracciones, anulando así las sanciones.

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