MURCIA.- El Pleno del Ayuntamiento de Murcia ha aprobado de forma definitiva en
su reunión del mes de marzo la primera ordenanza de movilidad del
municipio, según informaron fuentes del consistorio en un comunicado.
En el texto "se sientan las bases para la implantación de un sistema
de movilidad sostenible en el que se tendrá en cuenta a todos los
actores implicados: peatones, conductores de vehículos a motor y no
motorizados, así como usuarios de transporte público".
La
ordenanza fue aprobada de forma inicial en el Pleno de octubre y, tras
someterse a exposición pública durante un periodo de un mes y estudiarse
las alegaciones presentadas, el documento ha recibido el visto bueno de
forma definitiva.
Una de las principales novedades de este
texto es la regulación, también por primera vez, del uso de los
vehículos de movilidad personal (VMP), por lo que se establecen las
normas por las que se deberán regir los usuarios de los patinetes en
Murcia.
En este caso, la ordenanza de movilidad establece que
la edad mínima para el uso de patinetes son los 15 años y por debajo de
ese límite sólo podrán usar este tipo de vehículos los menores
acompañados y bajo la supervisión de sus progenitores o tutores legales.
También se prohíbe su uso por aceras y otras zonas peatonales. Los
patinetes deberán circular de forma preferente por los carriles bici
situados en la calzada; los carriles bici marcados sobre las aceras a
velocidad moderada y no excediendo los 10 kilómetros por hora; las
calles de plataforma única con zonas delimitadas a 30 y 20 kilómetros
por hora y demás zonas de coexistencia de diferentes tipos de usuarios;
calzadas de ciclocalles y otras vías de sentido único donde esté
limitada la velocidad de circulación a los 30 kilómetros a la hora; y
los carriles señalizados a 30 kilómetros por hora en calzadas con varios
carriles de circulación y siempre que no incurra en una velocidad
anormalmente reducida.
El uso del casco en los VMP es recomendable, salvo que circulen por
vías interurbanas, en las que el casco será obligatorio. Y también se
establece como recomendación el contar con un seguro de responsabilidad
civil que les dé cobertura en caso de accidente para daños a terceras
personas, daños personales o materiales.
El concejal de
Movilidad, Gestión Económica y Contratación, José Francisco Muñoz, ha
destacado que "esta ordenanza de movilidad constituye uno de los pilares
en los que se apoyará el nuevo modelo de transporte, en el que se
incluye el desarrollo de la red de aparcamientos disuasorios, la
peatonalización y el uso de vehículos de movilidad personal".
El objetivo principal del documento es "preservar el espacio público
para integrar todas las alternativas de movilidad existentes", insiste
el responsable, quien a su vez explica que este sistema de movilidad
abarcará a todos los usuarios.
La ordenanza de movilidad
también recoge la creación de zonas de prioridad residencial, agrupando
en ellas aquellas vías públicas municipales que se encuentren
delimitadas y que tengan continuidad geográfica. Con estas
delimitaciones se busca disminuir la intensidad del tráfico en zonas
históricas, residenciales o sensibles para preservar los niveles de
ruido, gases, humos y partículas contaminantes. Además, se mejora la
movilidad y el acceso de los residentes.
Durante el periodo de exposición pública, el texto inicial de la
ordenanza de movilidad recibió 187 alegaciones, de las que 22 fueron
informadas favorablemente y 8 de forma parcial, mientras que el resto se
desestimaron, ya que muchas de ellas eran simples opiniones o
propuestas que incurrían en contradicciones con la normativa.
Las alegaciones estimadas han sido incluidas en la ordenanza, ya que
mejoran, clarifican o definen mejor la regulación que persigue la misma.
Entre ellas destacan algunas de la DGT (Dirección General de Tráfico),
como la que modifica la definición de peatón como 'las personas que
empujan o arrastran un coche de niño o de una persona con discapacidad o
cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones'.
También se ha incorporado una instrucción de la DGT mediante la cual
todos los vehículos de movilidad personal deberán contar con un
certificado de circulación a partir de enero de 2027 para poder ser
utilizados en la vía pública.
El texto incluye también las
aportaciones de la FROET sobre el tiempo de uso de las zonas de carga y
descarga, que se encontraba limitado a 15 minutos y que ahora será en
función de la señalización de cada zona; y de la Federación de
Asociaciones Murcianas de Personas con Discapacidad Física u Orgánica de
Murcia, por la que se incluye la circulación de sillas de ruedas
eléctricas por carriles bici, siempre que se cumpla lo establecido en la
ordenanza y circulen a una velocidad mínima superior a la mitad de la
establecida para ese carril bici.
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